Interpretación articulo 5º inciso primero constitución

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Mario Quezada Espinoza
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inciso primero articulo 5º: Por soberanía se debe entender como el Poder político máximo o supremo en un determinado Estado. Puede ser entendida en dos dimensiones: La soberanía autonomía> "corresponde al poder que se ejerce en un Estado determinado." Soberanía independencia>"Alude a una posición de igualdad frente a otros Estados Soberanos." El articulo 5º no define soberanía, solo nos dice quien es el titular de esta y quien puede ejercerla y de que modo.
Respecto a su titularidad: La Constitución dispone que la soberanía reside esencialmente en la nación y que su ejercicio corresponde al pueblo. Recordad: Nación es un conjunto de personas que tienen características comunes. ¿porque esta diferenciación? El rey dejo de ser soberano y el poder recayó en el pueblo, pero se advierte que al ser el "pueblo" un concepto dinámico y compuesto, ya que depende de la suma de ciudadanos, no era adecuado entregarle la soberanía que tenia que tener rasgos de unidad y permanencia.
Entonces se busca la necesidad de radicar la soberanía en una entidad diferente, independiente de los individuos que ocasionalmente la formen, que posea las características de unidad y permanencia. entonces el verdadero titular de la soberanía es la nación. Entendida entonces la nación como una unión de carácter abstracto y permanente de todos los miembros de una sociedad política, es decir tanto las generaciones pasadas como las presentes y futuras. La intención entonces fue quitarle el Poder a los ciudadanos y depositarlo en La Nación con características de poder absoluto, imprescriptible e ilimitado.
Esclareciendo el fundamento de que porque "el poder o soberanía reside en la nación" entendida este como un ente "abstracto" es imposible asumir que dicho ente abstracto, carente de voluntad y dinamismo puede efectivamente ejercerla. Entonces en las discusiones de la comisión de Estudios de la nueva constitución, establecer que el ejercicio de la soberanía le corresponde al pueblo.
El pueblo: es entendido como el conjunto de ciudadanos o sujetos que poseen facultades electorales, quienes logran unir sus voluntades a traves de mecanismos constitucionales para adoptar las decisiones que exige el ejercicio del poder "Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse al ejercicio de la soberanía" El pueblo a su vez, ejercerá el poder de las siguientes formas: A) el ejercicio directo de la soberanía. 1-Por plebiscitos, consisten en consultas publicas realizadas a los ciudadanos sobre asuntos específicos.
En nuestra Constitución contempla solo dos casos para llamar a plebiscitos: >Durante la tramitación de las Reformas constitucionales, en caso de discrepancia congreso vs presidente >En caso de plebiscitos comunales, regulados en el art 118. 2- Por elecciones periódicas: Se elige el presidente, diputado, senadores, alcaldes y los concejales.
B) El ejercicio indirecto de la Soberanía: opera mediante la actuación de los órganos del Estado, algunos de ellos compuestos funcionarios elegidos directamente por la ciudadanía o bien designados por funcionarios previamente elegidos por la ciudadanía como las autoridades del poder judicial. entonces en conclusión, la democracia Chilena no es totalmente directa ya que no todas las decisiones las adopta directamente el pueblo, tampoco es totalmente representativa ya que no todas las decisiones las toman las autoridades. es una democracia mixta.
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