TERMINOS 1

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ulpgc Derecho Constitucional Flashcards on TERMINOS 1, created by Priscila Álvarez Velázquez on 17/01/2016.
Priscila Álvarez Velázquez
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Question Answer
ESTADO (Elementos) Se compone de : territorio, pueblo y poder, y en ocasiones añaden ordenamiento jurídico propio. El territorio comprende: La tierra firme y las aguas interiores,el mar territorial, que de acuerdo con el Derecho Internacional se extiende hasta 12 millas de la linea de costa.
El poder del Estado El poder del estado es SOBERANO, supremo e irresistible. -Dimesion interna: La soberanía se afirma como el poder supremo al que nadie se puede oponer, dentro de su ámbito territorio a las resoluciones emanadas por el Estado. -Dimensión externa: La soberanía se proyecta hacia el exterior en forma de indenpendencia, el poder soberano es radicalmente independiente de todo poder.
Ordenamiento jurídico Estado es (propio) El OJ estatal es supremo y comprende a los restantes órdenes parciales que puedan darse en su ámbito nacional: Estado Regional:entes territoriales... Estado Federal: Federación compuesta varios estados federados de la misma naturaleza. Estado Autonómico: Existe Autonomía de las CCAA.
Estado de DERECHO Características: -Imperio de la Ley -Princ de legalidad en la Administración -Rec efectivo de los derechos y garantías -Rec del principio de división de poderes
Imperio de La Ley (voluntad general del pueblo) -Soberanía popular -Sujeción de todos a la ley -Principio de legalidad
CLASES DE ESTADO -TOTALITARIO: Único orden político y común. -SOCIAL INTERVENCIONISTA: Interviene regulando y modificando relaciones sociales ( alcanzar igualdad) igualdad materia y formal. -LIBERAL: La dividión entre la sociedad y el estado se deja en manos del sistema político. LA ANARQUÍA: El Estado no existiría y desaparecería la coerción política. NO EXISTE, c/u hace lo que le da la gana.
Principio de legalidad de la actuación Administrativa La Adm debe estar sujeta a la Ley en todas sus actuaciones,y dispone de un mecanismo de control. Los Trib controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de su actuación.
Reconocimiento de los Derechos Fundamentales y las Libertades públicas Es uno de los pilares del Constitucionalismo y supone un límite al poder del Estado.Es preciso que esos derechos estén debidamente protegidos y garantizados. Los Derechos Fundamentales se hacen por Ley Orgánica, que requiere la mayoría absoluta del Congreso de los diputados.
Reconocimiento de la división de poderes Sirve para evitar la concentración de todo el poder y es uno de los pilares del constitucionalismo.
España Estado Social Es un Estado comprometido con la promoción del bienestar de la sociedad. -En el preámbulo de la CE: Principio de igualdad formal, Princ de igualdad material. Prima el interés general, se intenta una distribución justa de la riqueza. Los principios rectores de la política social y económica.(protección de la familia, distribución de la renta...)
Estado Unitario y Estado Descentralizado Unitario un solo poder y territorio y descentralizado existe una division de territorio y de poder.(Regiones que tienen cierto poder)
Estado Autonómico Originario de España,Configurado en la CE. Se divide el territorio y tb el poder se organiza . Todas estas entidades Gozan de autonomía.Las autonomías tienen una autorrealización : oparlamento, gobierno, defensor del pueblo o ( diputado dle comun en Canarias) consejo consultivos...
España Estado democrático Los requisitos fundamentales para que un Estado sea democratico son tres: 1. Que el poder politico resida en el pueblo. 2. Que la sociedad sea plural. 3. Que el pueblo participe en el proceso politico del Estado.
Estado de derecho Las caracteristicas fundamentales de un Estado de Derecho son cuatro: 1.Imperio de la Ley. 2.Principio de legalidad de la actuaci6n de la AdministraciOn. 3. Reconocimiento efectivo de un catalog° de Derechos y sus garantias. 4. Reconocimiento del principio de division de poderes.
Imperio de la Ley La ley es la expresión de la voluntad general del pueblo; soberanía popular, sujeción de todos a la ley y principio de legalidad.
La autonomía es un poder limitado La autonomía se incardina en la unidad de España y tiene dos limites fundamentales: 1.Hay competencias que son exclusivas del Estado. 2.La unidad del Estado se articula sobre los principios de solidaridad entre las Comunidades Autonomas la igualdad entre Comunidades Autonomas, la igualdad de derechos y obligaciones de los ciudadanos y la unidad económica de Espana.
Estatutos de Autonomía Definidos como las normas institucionales basicas de cada Comunidad Autonoma. Hay un contenido minimo que cada Estatuto de Autonomia. -Por un lado, es la norma institucional basica de cada Comunidad Autonoma, por lo tanto es una norma autonómica. -Por otro, y teniendo en cuenta que su aprobaci6n se hace mediante ley organica, es una norma estatal, aunque no una ley organica cualquiera pues la reforma no se hace como la de cualquier ley orgánica.
El diputado del Común (Canarias) El Diputado del Común es el alto comisionado del Parlamento de Canarias para la defensa de los Derechos Fundamentales y las Libertades Públicas y supervisara las actividades de las Administraciones. 2. Sera elegido por mayoria de tres quintas partes de los miembros del Parlamento de Canarias. 3. El Diputado del Común coordinara sus funciones con las del Defensor del Pueblo. 4. Una Ley del Parlamento de Canarias regulare su organizaciOn y funcionamiento.
Audiencia de cuentas (Canarias) "La Audiencia de Cuentas, dependiente del Parlamento de Canarias, realizara las funciones de fiscalizacion externa de la gestion económica, financiera y contable del sector publico de la Comunidad Aut6noma y demas entes publicos de Canarias, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Tribunal de Cuentas de acuerdo con la Constitución.
ANTECEDENTES CONSTITUCIÓN La Constitucion espafiola de 1978 surge como resultado de un proceso de reforma politica que permitio pasar de un sistema autoritario a un sistema constitucional. Tras la muerte de Francisco Franco el 20 de noviembre de 1975 y el ascenso al trono de Juan Carlos I como Rey de Espafta, cabia la siguiente alternativa: o romper con la legalidad desde dentro o romper desde fuera. Finalmente se rompi6 desde dentro, es decir, hubo un cambio de regimen utilizando las propias normas vigentes de la dictadura.
ANTECEDENTES DE CE II Adolfo Suarez, que en julio de 1976 fue nombrado Presidente del Gobierno, en sustitucion de Carlos Arias Navarro, envi6 a las Cortes un Proyecto de Ley para la Reforma Politica. Una vez aprobada la ley por las Cortes, y de acuerdo con lo estipulado en la aun legislacion vigente, se sometió a referendum.
Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas que la integraban representantes de casi todo el esprectro político (PADRES DE LA CONSTITUCIÓN) Estaban Herrero y Rodriguez de Minen (UCD), Perez-Llorca (UCD), Cisneros (UCD), Peces-Barba (PSOE), Miguel Roca (nacionalista catalan), Sole Tura (PCE) y Fraga Iribarne (AP)
Algunas características de la CE 1. Es poco original, pues se bas6 en otros textos constitucionales, 2. Es LARGA 169 articulos. 3. Es imprecisa, ya que es ambigua, tiene insuficiencias y principios contrapuestos. Por ejemplo, prohibe la discriminacion por razor' de sexo (SUCESION CORONA...) 4. Es superrigida, dado que es dificil de reformar. 5. Es adecuada, pues se corresponde con la realidad de Espana... forma de gobierno, titularidad de la monarquia, la cuestion religiosa, el regionalismo, entre otros. 6. Es potencialmente transformadora. 7. Está inacabada.
Característica fundamentaL CE Su dimension ideologica, por cuanto que preve un orden politico que tiene como finalidad especifica la garantia y la proteccion de la libertad y porque se configura como un sistema de valores.
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