RERUM NOVARUM BIEN

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RERUM CÁTEDRA ENCÍCLICA
scarleth idrobo
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Question Answer
RERUM NOVARUM
DERECHOS DEL BIEN COMÚN EXPLICACIÓN
Que la fuerza del trabajo del hombre no sea considerada una mercancía De la fuerza del trabajo del hombre no sea considerada una mercancía lo encuentro en las siguientes cuestiones: Cuestión 15.- Tampoco debe imponérseles más trabajo del que puedan soportar sus fuerzas. Cuestión 31.- Liberar a los pobres obreros de la crueldad de los ambiciosos, que abusan de las personas sin moderación, como si fueran cosas para su medro personal.
Reconocer el derecho de los trabajadores a construir sus propias asociaciones (Derecho a la Asociación laboral). Se insta el Estado a reconocer, por ser natural, el derecho de asociación profesional Del Derecho a la Asociación laboral lo encuentro en las siguientes cuestiones: Cuestión 38.- De aquí que nos podamos alentar sanas esperanzas para el futuro, siempre que estas asociaciones se incrementen de continuo y se organicen con prudente moderación. Proteja el Estado estas asociaciones de ciudadanos, unidos con pleno derecho. Cuestión 39.- Elegir libremente aquella organización y leyes que estimen más conducentes al fin que se han propuesto. Además se ha de establecer como ley general y perpetua que las asociaciones de obreros se han de constituir y gobernar para el fin que se proponen.
El Descanso dominical Con respecto al Descanso dominical lo encuentro en las siguientes cuestiones: Cuestión 30.- el descanso aparta al hombre de los trabajos y de los problemas de la vida diaria. Cuestión 31.- cuanto deba ser el intervalo dedicado al descanso, lo determinarán la clase de trabajo, las circunstancias de tiempo y lugar y la condición de los operarios. Hay que tener en cuenta igualmente las épocas del año, pues ocurre con frecuencia que un trabajo fácilmente soportable en una estación es insufrible en otra o no puede realizarse sino con grandes dificultades. Establézcase en general que se de a los obreros todo el reposo necesario para que recuperen las energías consumidas en el trabajo.
La Prohibición del trabajo infantil De la prohibición del trabajo infantil lo encuentro en las siguientes cuestiones: Cuestión 31.- Y en cuanto a los niños, se ha de evitar cuidadosamente y sobre todo que entren en talleres antes de que la edad haya dado el suficiente desarrollo a su cuerpo, a su inteligencia, y a su alma. Puesto que la actividad precoz agosta, como a las hierbas tiernas, las fuerzas que brotan de la infancia, con lo que la constitución de la niñez vendría a destruirse por completo.
La Protección a la mujer trabajadora Con respecto a la mujer trabajadora lo encuentro en la: Cuestión 31.- Hay oficios menos aptos para la mujer, nacida para labores domésticas; labores estas que no solo protegen sobremanera el decoro femenino, sino que responden por naturaleza a la educación de los hijos y a la prosperidad de la familia.
El reconocimiento del justo salario Del reconocimiento del justo salario lo encuentro en la: Cuestión 15.- Cierto que para establecer la medida del salario con justicia hay que considerar muchas razones, pero, generalmente tengan presente los ricos y los patronos que oprimir para su lucro a los necesitados no lo permite ni las leyes divinas ni las humanas. Y defraudar a alguien en el salario debido es un gran crimen.
Igual trabajo, igual remuneración Con referencia al igual trabajo, igual remuneración lo encuentro en la: Cuestión 29.- El trabajo demasiado largo o pesado y la opinión de que el salario es poco dan pie con frecuencia a los obreros para entregarse a la huelga y al ocio voluntario.
La previsión social Con respecto a la previsión social lo encuentro en la: Cuestión 17.- Nadie debe vivir de una manera inconveniente, es un deber socorrer a los indigentes con lo que sobra. Cuestión 26.- Los que gobiernan deberán atender a la defensa de la comunidad y de sus miembros.
El reconocimiento pleno de la propiedad privada por que era un derecho natural, aunque dentro de los límites de la justicia. Con referencia al reconocimiento de la propiedad privada, lo encuentro en la: Cuestión 4.- El poseer algo en privado como propio es un derecho dado al hombre por la naturaleza. Cuestión 8.- La propiedad privada como la más conforme con la naturaleza del hombre y con la pacífica y tranquila convivencia. Cuestión 11.- El principio de que la propiedad privada ha de conservarse inviolable.
Que el Estado tenía la misión de promover el bien público y el privado, confiriéndole, no obstante, un carácter suplementario respecto de la iniciativa privada. Con respecto al bien público y privado lo encuentro en la: Cuestión 35.- El fin establecido para la sociedad civil alcanza a todos, en cuanto que persigue el bien común, del cual es justo que participen todos, por ello dicha sociedad recibe nombre de pública, pues mediante ella se unen los hombres entre sí para constituir un pueblo. En cambio son sociedades privadas, ya que su finalidad inmediata es el bien privado de sus miembros exclusivamente.
Facultad de obrar con libertad De acuerdo a la facultad de obrar con libertad lo encuentro en la: Cuestión 26.- No es justo, según hemos dicho, que ni el individuo ni la familia sean absorbidos por el Estado. Lo justo es dejar obrar con libertad, sin daño del bien común.
Distribución equitativa de las riquezas Con referencia a la distribución equitativa de las riquezas lo encuentro en la: Cuestión 33.- El derecho de propiedad privada debe considerarse inviolable y proveer en la medida de lo posible, a que la mayor parte de la masa obrera tenga algo en propiedad. Con ello se obtendría notables ventajas con respecto a la distribución equitativa de las riquezas.
Emplear el salario al gusto De acuerdo con el derecho de emplear el salario al gusto lo encuentro en la: Cuestión 3.- El obrero presta sus fuerzas o su habilidad a otro, lo hará por esta razón: para conseguir lo necesario para la comida y el vestido.
Igualdad para la familia De acuerdo con el derecho de igualdad para la familia lo encuentro en la: Cuestión 9.- La familia tiene ciertamente derechos iguales que la sociedad civil para elegir y aplicar los medios necesarios en orden a su justa libertad.
Salvación y bienestar a la clase proletaria. Respecto a este derecho lo encuentro en la: Cuestión 24.- La salvación y el bienestar de la clase proletaria han de presentar debidos cuidados, y si tal no se hace, violará la justicia, que manda a dar a cada uno lo que es suyo.
Derecho a poseer bienes privados ajustados al bien común. Con respecto a este derecho lo encuentro en la: Cuestión 33.- El derecho de poseer bienes en privado no ha sido dada por la ley, sino por la naturaleza, y por tanto la autoridad pública no puede abolirlo, sino moderar su uso y compaginarlo con el bien común.
Paridad de percepción entre obreros y patronos Con respecto a la paridad entre obreros y patronos lo encuentro en la: Cuestión 38.- Moderar igualmente, con la justicia las relaciones entre obreros y patronos; de formar y robustecer en unos y otros la conciencia del deber.
Convivencia de las clases. De acuerdo a la convivencia de las clases lo encuentro en la: Cuestión 34.- Finalmente, los mismos patronos y obreros pueden hacer mucho en esta cuestión, esto es, con esas instituciones mediante las cuales atender convenientemente a los necesitados y acercar más una clase a la otra.
GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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