Introducción de plantas y animales: Se prohíbe
introducir libremente especies exógenas a los
ecosistemas que se encuentren bajo régimen de
protección.
Exportación de especies amenazadas: se prohíbe
la libre exportación de especies amenazadas y
en peligro de extinción extraídas de la
naturaleza.
Convenio Internacional: el listado de especies de
flora y fauna que van cambiando, debe ser
públicado en el Diario Oficial, según el Convenio
Internacional de Especies Amenazadas, según
decreto 63-79.
Listados de especies amenazadas: el CONAP elaborará
anualmente los listados de especies de fauna y flora silvestre de
Guatemala, amenazadas y en peligro de extinción y deben
publicarse en el Diario Oficial.
Flora y Fauna amenazadas: se considera de
urgencia y necesidad nacional el rescate de las
especies de flora y fauna en peligro de extinción,
de las amenazas y la protección endémicas.
CONSERVACIÓN DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRE
Asentamientos: las personas que se encuentran
asentadas en las áreas protegidas deben cumplir las
normas y condiciones de operación, usos y
zonificación de la unidad.
Impacto Ambiental en rutas: cuando se desea construir en
algún área protegida, ya sea caminos para el transporte
interno del área o uso general, debe hacerse un estudio de
impacto ambiental favorable, que dede ser aprobado por
el CONAP.
Actividades dentro de las áreas Protegidas: Las empresas públicas
privadas que que quieran celebrar alguna actividad en un área
comercial, forestal, turística etc. debe tener un acuerdo con el
CONAP, que es un contrato que establece las condiciones y normas
de operación, determinados por un estudio de impacto ambiental.
Concesiones: el CONAP podrá dar en arrendamiento u
otorgar concesiones de aprovechamiento en las áreas
protegidas bajo su administración.
Planes Maestros y Operativos: Según el SIGAP, este plan se
detalla en planes anuales y operativos según el área
jurídica que la administra. Todos los planes maestros y
operativos deben ser registrados por el CONAP.
COMENTARIO: Como docente, y
estudiante de la Licenciatura en
Educación ambiental es de vital
importancia esta parte de la Ley
de Áreas Protegidas, es
indispensable reconocer que
especies de nuestra fauna y flora
están en peligro de extinción, y
que especies ya desaparecieron,
también que acciones debemos
de tomar y hacer frente a esta
problemática y contribuir con el
cuidado y protección del medio
ambiente.