Mecanismos de participación ciudadana. Ley 134 de 1994
EL VOTO
El voto es un derecho y un deber
ciudadano.
ART. 258 de la Constituciòn polìtica de
Colombia
EL PLEBISCITO
El plebiscito es uno de los mecanismos de participación que brinda la
Constitución para que los colombianos participen en las decisiones
políticas que los afecta.
ART. 150 NUMERAL
16 de la Constituciòn
Polìtica
REFERENDO
El referendo es uno de los mecanismos de
participación ciudadana Hay referendos
aprobatorios y derogatorios.
"convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace
un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya
vigente." Este mecanimo de participación ciudadana se puede
llevar a cabo en diferentes escalas, puede ser a nivel nacional,
regional, departamental, distrital, municipal o local".
ART 103 de la Constituciòn y en la Ley
134 de 1994.
Referendo derogatorio
Es el sometimiento de un acto legislativo, de una
ley, de una ordenanza, de un acuerdo o de una
resolución local en alguna de sus partes o en su
integridad, a consideración del pueblo para que
éste decida si lo deroga o no.
ART. 377 de la constituciòn
polìtica de Colombia.
Referendo aprobatorio
Es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de una
ley, de una ordenanza, de acuerdo o de una resolución local, de
iniciativa popular que no haya sido adoptado por la
corporación pública correspondiente, a consideración del
pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo rechaza, total o
parcialmente.
ART. 377 de la constituciòn
polìtica de Colombia
CONSULTA POPULAR
Es la institución mediante la cual, una pregunta de carácter
general sobre un asunto de trascendencia nacional,
departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el
Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el
cado, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie
formalmente al respecto. En todos los casos, la decisión del
pueblo es obligatoria.
LEY 134 de 1994 Art. 8
CABILDO ABIERTO
Es la reunión pública de los concejos
distritales, municipales o de las juntas
administradoras locales, en la cual los
habitantes pueden participar directamente
con el fin de discutir asuntos de interés para
la comunidad.
LEY 134 de 1994 Art. 9
INICIATIVA POPULAR
Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar Proyecto de
Acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de Ordenanza ante
las Asambleas Departamentales, de Acuerdo ante los Concejos Municipales o
Distritales y de Resolución ante las Juntas Administradoras Locales, y demás
resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con
las leyes que las reglamentan, según el caso, para que éstos sean debatidos y
posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública
correspondiente.
LEY 134 de 1994 Art. 2, Capìtulos I,II,III Art. entre el 10 y
31 de esa ley.
REVOCATORIA DEL MANDATO
Es un mecanismo de participación ciudadana, con el que cuentan los colombianos para
ejercer el control y garantizar la eficacia en los actos del Estado. La revocatoria del mandato
es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos pueden dar por terminado el
mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.