DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO -bol 1

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DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO -bol 1
  1. Definición
    1. Material

      Annotations:

      • Derecho que regula las relaciones de los Estados en tiempo de paz y en tiempo de guerra
      1. Formal

        Annotations:

        • Normas que regulan las relaciones entre los sujetos de la comunidad internacional
      2. Sujetos

        Annotations:

        • LOS ENTES CAPACES DE ADQUIRIR DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES EN EL PLANO INTERNACIONAL, DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS DEL ORDENAMIENTO  JURIDICO INTERNACIONAL:
        1. Subjetividad

          Annotations:

          • -Es la cualidad originaria o derivada que posee  un ente como centro de imputación de derechos y obligaciones, según un orden juridico determinado. -En víspera de la 1 G mundial los Estados eran los únicos considerados sujetos de D Intern. Basados en 2 ppios Soberanía e independencia. Luego del surgimiento de la ONU, la HAYA le reconoce personalidad juridica, pero derivada a ésta organización, siendo el primer antecedentes de subjetiviidad derivada. 
          1. Estados

            Annotations:

            • sujetos primarios y originarios del derecho internacional, porque  reúnen plenamente los requisitos considerados rasgos característicos de la subjetividad internacional. Son los siguientes: 1º). Ser creadores de normas internacionales. 2º). Destinatarios de las normas. 3º). Incurrir en responsabilidad en caso de incumplimiento de sus obligaciones internacionales. 4º). Estar legitimados para presentar una reclamación internacional contra el autor de un hecho ilícito internacional.
            1. Otros Organismos Internacionales

              Annotations:

              • - convención de Viena de 1969 sobre el derecho de los tratados entre Estados -convención de Viena de 1986 sobre el derecho de los tratados entre Estados y Organizaciones internacionales, o entre organizaciones internacionales entre sí-Esto no quiere decir que los diferentes sujetos del derecho internacional tengan todos la misma naturaleza (originaria y derivada), no todos tienen iguales derechos y obligaciones, ni que tengan iguales competencias, porque se dan distintos grados en el alcance de la personalidad jurídica internacional.
              1. Organizaciones internacionales

                Annotations:

                •    son sujetos derivados, porque nacen de un acuerdo entre Estados.   
                1. Otros sujetos de derecho internacional

                  Annotations:

                  •    -Depende del número de paises que integran la organización intenaciónal y - tienen siempre una personalidad limitada y funcional. Depende de los propósitos y funciones tal y como son enunciados ensus tratados constitutivos - Hay personalidad jurídica erga omes o de los que integran el tratado
                  1. Santa Sede

                    Annotations:

                    • La Santa Sede tiene personalidad jurídica propia (como sujeto de Derecho internacional) y es ella la que, en rigor, mantiene relaciones diplomáticas con los demás países del mundo. Como tal, diplomáticamente y en otras esferas, la Santa Sede actúa y habla por toda la Iglesia católica,  presidida por el Papa, con la cual se puede mantener relaciones diplomáticas
                    1. Ciudad Estado del Vaticano

                      Annotations:

                      • Su nacimiento es posterior a la Santa Sede, ya que surgió en el año 1929, a diferencia de la Santa Sede que naciò con el cristianismo. Es un estado sui generi, 44 has..- Su población está compuesta por clérigos.- La ciudadanía que se les da a las personas que allí residen, es contingente.- Conservan su propia nacionalidad.- La persona que ejerce esa soberanía es el PAPA,. A su vez es el jefe de la Iglesia
                      1. Soberana Orden del Malta

                        Annotations:

                        • Orden Religiosa, Católica que ocupa toda la Isla de Malta. Actúa como si fuese un estado soberano.  
                        1. Comunidades Beligerantes

                          Annotations:

                          • Son grupos armados que dentro de un territorio, tienen el control de ese territorio.- Su organización política está bajo el régimen militar, usan un uniforme militar, y el territorio que ocupan está reconocido por el Estado.- Por ej la FARc, no está reconocida en Colombia, pero si en Venezuela.-
                          1. Movimiento de Liberación Nacional

                            Annotations:

                            • Debe adquirir, no solo el reconocimiento Nacional, sino también llegar al Poder.- Ej. Chiapas.- No buscan el reconocimiento territorial, ni separatista solo buscan que se reconozcan los derechos de los pueblos originarios.- (no es MLN) En tanto Yasef Arafat, logró consolidar el Estado Palestino.- Este si es un MLN.-Todos estos nombrados, deben cumplir ciertas condiciones con OBJETIVOS, para ser sujetos de derecho internacional, con capac de adquirir derechos y contraer obligaciones.-
                        2. Sujetos Controvertidos
                          1. Multinacionales

                            Annotations:

                            • Tienen incidencia en las decisiones que toman las Naciones, donde están asentadas, pero internacionalmente no puede establecer relaciones jurídicas internacionales.- No son sujetos de DEREC Internac. 
                            1. Hombre

                              Annotations:

                              • Los individuos pueden ser sujetos de Derecho Internacional? Si, pero por intermedio de su Estado, sería un sujeto derivado. El sujeto tiene todos los derechos que se conocen. La subjetividad es derivada porque todos esos Derechos que tiene el individuo son derivados del Estado.
                              1. Humanidad

                                Annotations:

                                • También es un concepto abstracto, para hacerlo titular de derechos y obligaciones.- Se relaciona con el Derecho ambiental.
                            2. Capacidad Jca.
                              1. Plena (Estado)
                                1. Limitada (Organiz. Internac.

                                  Annotations:

                                  • Organizaciones internacionales (que son creados por el Estado por intermedio de actos constitutivos). Son creados por el Estado, a través de actos constitutivos, con una función, con una misión.- Son órganos que le permiten efectivizar esa función..- Asi por ej. La ONU, su función es mantener la paz y la seguridad internacional.- Pero para eso se le ha concedido la capacidad de creación de órganos, .- El más importante es el Consejo de Seguridad, que tiene poder de acción, y evocación para asegurar la paz.- Para que ejerzan esas funciones, es necesaria la creación de normas.- 
                                2. Nacimiento
                                  1. De organizaciones Internacionales o de Tratados

                                    Annotations:

                                    •   Por ejem ISRAEL.- Nace en 1948, por reconocimiento de la ONU conformada por 194 estados, mas PALESTINA que es observador.-   
                                    1. Sentencia Jca. (Corte Internacional de Jcia)

                                      Annotations:

                                      • La Corte Internacional de Justicia (CIJ, también llamada Tribunal Internacional de Justicia) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945, en La Haya, Países Bajos siendo la continuadora, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia Internacional. Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados (procedimiento contencioso) y emitir dictámenes u opiniones consultivas para dar respuesta a cualquier cuestión jurídica que le sea planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad, o por las agencias especializadas que hayan sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas(procedimiento consultivo). El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia forma parte integral de dicha Carta, situada en su capítulo XXV. En virtud del artículo 30 del Estatuto, la Corte adoptó el 14 de abril de 1978 un reglamento mediante el cual se determinó la manera de ejercer sus funciones y, en particular, sus reglas de procedimiento. Los idiomas oficiales de la Corte son el francés y el inglés.
                                      1. Desde tiempos inmemorables (Santa Sede)
                                    2. Objeto
                                      1. Nuevos àmbitos emergentes (energía nuclear, contaminaciòn
                                        1. Regulación de relaciones de sujetos de Dº internacional
                                          1. Regulación de nacimiento de nuevos estados y otros sujetos derivados
                                          2. Diferencias con el Dº Interno
                                            1. Organo Legislativo

                                              Annotations:

                                              • No tiene un órgano legislador CENTRALIZADO
                                              1. Organo judicial

                                                Annotations:

                                                • 1.    Carece de un órgano jurisdiccional obligatorio y permanente.- Hay órgano, pero no es obligatorio.- Asi está la CORTE INTERNACIONAL, pero este órgano depende de la voluntad de los estados a someterse.- No solo este Organo resuelve, sino también: LA MEDIACION DIRECTA, LA NEGOCIACION, EL ARBITRAJE, AMIGABLES COMPONEDORES, ARBITRAJE JUDICIAL.-   -organo juzgador obligatorio: el Estado tiene órganos a los que los sujetos deben obligatoriamente acudir para solucionar las controversias.   - El Dº Internacional carece de un tribunal. Internacional único obligatorio y permanente cuando se produce entre Estados una controversia, estos pueden solucionarla mediante una negociación directa, mediación, arbitraje, judicialmente, o bien otorgando imperium a una instancia jurisdiccional determinada (ej: C.I.J). Los sujetos se someten voluntariamente a acatar las decisiones del tribunal. c). ausencia de  vinculo desubordinación 
                                                1. Organo de Coacción

                                                  Annotations:

                                                  • ausencia de  vinculo de subordinación u órgano ejecutivo centralizado: en el derecho interno, los sujetos pueden ser obligados a cumplir las normas por los órganos del Estado. En el Dº Internacional no existe en principio, un órgano superior que pueda obligar compulsivamente al cumplimiento de las normas. Pero puede ocurrir que un órgano supraestatal tenga poder de sanción y coacción, si los estados que lo crearon le transfirieran tal competencia. (ejm: ONU, CONSEJO DE SEGURIDAD DE N.U, ETC).
                                                2. Categorias de normas
                                                  1. Imperativas

                                                    Annotations:

                                                    • son definidas por el art. 53 de la Convención  de Viena de 1969 sobre el derecho de los tratados: “una norma imperativa de D I general es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que solo puede ser modificada por una norma ulterior de D General que tenga el mismo carácter”. Hay muy pocas normas imperativas. Ejm: normas sobre la igualdad soberana de los Estados. NO TODA NORMA GRAL ES IMPERATIVA.-  PERO TODA NORMA IMPERATIVA DEBE SER GRAL.- 
                                                    1. Dispositivas

                                                      Annotations:

                                                      • sobre estas normas se admite el " acuerdo en contrario” es decir, excluir su aplicación o modificar su contenido. El objetivo de estas normas es proteger el interés individual de los estados. Son la gran mayoría de las normas.- Toda norma dispositiva puede ser derogada.- Sería  procedimental, por ej., la cantidad de miembros , agregar funciones- son disposiciones nada más que no modifican esencialmente la norma.- 
                                                    2. Normas Internacionales
                                                      1. articulo 53 del la convención de Viena de 1969 -sobre el derecho de los tratados

                                                        Annotations:

                                                        • Por su parte, en el artículo 53 de la Convención de Viena de 23 de mayo de 1969 sobre el Derecho de los Tratados, al mismo tiempo que declara la nulidad de cualquier tratado contrario a una norma imperativa, se codifica por vez primera la noción de ius cogens desde la perspectiva de la relación entre el Estado y la norma misma. Incluso en el artículo 64 del mismo cuerpo legal se vuelve a reafirmar el carácter supremo del derecho imperativo con respecto a la norma convencional. Si bien, en la norma convencional no se expresa un catálogo de normas de ius cogens, sino que esta determinación se deja a la práctica y a la jurisprudencia internacional. Artículo 53.  Es nulo todo tratado que, en el momento de su celebración, esté en oposición con una norma imperativa de derecho internacional general. Para los efectos de la presente Convención, una norma imperativa de derecho internacional general es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que sólo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter. Artículo 64.Si surge una nueva norma imperativa de derecho internacional general, todo tratado existente que esté en oposición con esa norma se convertirá en nulo y terminará. El Comité de Derechos Humanos afirma expresamente que son normas de ius cogens (en inglés peremptory norms) la prohibición de la tortura y de la privación arbitraria de la vida (Observación general nº 24), así como el derecho a unas garantías procesales mínimas, en especial el derecho a la presunción de inocencia (Observación general nº 29)
                                                        1. Artículo 38 de Corte Internacional de Justicia

                                                          Annotations:

                                                          • Artículo 38 1. La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar: a. las convenciones internacionales, sean generales o particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes; b. la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho; c. los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas; d. las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 59. 2. La presente disposición no restringe la facultad de la Corte para decidir un litigio ex aequo et bono, si las partes así lo convinieren.Artículo 59La decisión de la Corte no es obligatoria sino para las partes en litigio y respecto del caso que ha sido decidido.
                                                        2. OBLIGATORIEDAD. FUNDAMENTO DE VALIDEZ DE LA NORMA INTERNACIONAL. TEORIAS
                                                          1. TEORIAS SUBJETIVISTAS: -De la voluntad de los estados
                                                            1. DE LA AUTOLIMITACION DE LA VOLUNTAD -Jellinek- El Estado se obliga o se desobliga por su poder soberano
                                                              1. DE LA VOLUNTAD COMUN -Triepel- Se necesita de la voluntad de varios estados. Se exterioriza por los tratados o la costumbre
                                                                1. TEORIA SOVIETICA CONTEMPORANEA -TUKIN- Tiene su fundamento en la COORDINACION DE VOLUNTADES. SUMAR VOLUNTADES Y COORDINAR INTERESES
                                                                2. TEORIAS OBJETIVISTAS: -Fuera de la voluntad de los estados
                                                                  1. POSITIVISMO ITALIANO -Anziolotti- Pacta sunt servanda - Los pactos derivan de la razón, que a su vez deriva de ley divina
                                                                    1. NORMATIVA - Kelsen- Los E crean normas a través de tratados. Los tratados crean organismos y estos a su vez normas
                                                                      1. TEORIAS SOCIOLOGICAS. Se fundam en la Solidaridad Social. El D.Interno. regula conductas de los sujetos del D interno. El internacinal de sujetos internacionales. Orden Social y biológico, a partir de análisis sociológico y no jurídico
                                                                        1. TEORIAS DEL D NATURAL
                                                                          1. D NATURAL CLASICO: De Ley natural o divina surgen el DIP
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