La ley de las XII tablas. En Roma las
leyes eran escritas entablas para
que todo el pueblo las leyera.
Conceptos
"Es la norma jurídica que ha sido creada
por la Asamblea Legislativa, siguiendo un
proceso que da la Constitución". El artículo
121 dice que competencia de la Asamblea
es legislar.
El Código Civil, en el artículo 1 dice: "Es la declaración de la voluntad soberana
que, manifestada en la forma prescrita de la Constitución,manda, permite o prohibe".
Sentidos de ley
Amplio
Ley es toda norma jurídica emanada del
poder público.
Estricto
La ley es la norma jurídica creada por el Poder Legislativo.
Características de ley como fuente de derecho
1. Emanan de autoridades que han sido
elegidas por elección popular
2. Garantiza el principio de división de poderes
3. Evita la arbitrariedad de las autoridades, vía el principio de legalidad
4. Se elabora para evitar la aplicación retroactiva de las normas
5. Previene contra las disposiciones privativas
6. Emana de un proceso deliberativo, público y abierto, superior a otros procedimientos normativos
También son características
Obligatoriedad
Generalidad
Permanencia
Abstracta e imporsonal
La ley se reputa conocida
Procedimiento de formación de leyes
1. Iniciativa de ley: Diputados, Presidente de la República, Corte Suprema de
Justicia en materias específicas, Consejos Municipales en materia de impuestos
municipales y Diputados del Parlamento Centroamericano en materia de integración.
2. Asamblea Legislativa: Aprueba y decreta ley
3. Presidente de la República: Sanciona, promulga y pública la ley; o
veta, o hace observaciones.
Etapas del proceso de formación de ley
1 Iniciativa de ley: Acto en determinados Órganos del Estado sometan a
consideración del Órgano político encargado de la creación de las normas, un proyecto de ley.
2. Discusión: Actos y procedimientos en que los diputados deliberan acerca de la
iniciativa de ley, para determinar si deben o no aprobarlas. El artículo 143 dispone dos
maneras de discusión: General y particular.
3. Sanción: De acuerdo a los artículos del 135 al 138, Una ley al ser discutida pasa al
Presidente de la República quien puede: sancionarla, vetarla o devolverla con obeservaciones.
4. Promulgación: Es el acto por el cual el Poder Ejecutivo aprueba y dispone publicar el proyecto de ley. Según artículo 137 puede
ser: Expresa o tácita.
5. Publicación: Es el acto por el cual una ley ya es aprobada, sancionada y promulgada
y se da a conocer a quienes deben cumplirla. Según el artículo 139 de la Constitución
la ley se publica en el Diario Oficial por un termino de 15 días hábiles.
Una ley se encontrará en vigencia mientras no haya otra que la derogue o la abrogue
Abrogación: Implica la supresión total de un cuerpo normativo
Derogación: Implica la eliminación de algunas partes del mismo
La derogación expresa: Se produce por medio de una disposición derogativa que identifica con precisión el objeto de la derogación
La derogación tácita: Se produce cuando disposiciones jurídicas nuevas entran en contradicción total o parcial con
las normas jurídicas previas
La derogación expresa indeterminada: Esta no señala que norma queda derogada, el artículo 50 del Código Civil establece que podrá ser tácita o expresa