AUDIENCIA NACIONAL

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A2 Justicia Mind Map on AUDIENCIA NACIONAL, created by Diana Fernández Ruiz on 17/02/2020.
Diana Fernández Ruiz
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AUDIENCIA NACIONAL
  1. AN
    1. Con SEDE en la villa de Madrid, Tiene jurisdicción en toda España
      1. Se COMPRONDRÁ de su Pte, los Ptes de sala y los Mag que determine la ley para cada una de sus salas y secciones
        1. El Pte de la AN, tendrá consideración de Pte de sala del TS, es el Pte nato de todas sus salas.
          1. Estará INTEGRADA por las sig salas; De apelación, De los penal, De lo C-A, De lo social. En el caso de que el nº de asuntos lo aconseje podrán crearse 2 o + secciones dentro de una sala
          2. SALA DE APELACIÓN
            1. 1º RECURSOS de esta clase que establezca la ley contra las resoluciones de las sala de los Penal de la AN.
              1. Cuando la diferencia en le VOLUMEN DE TRABAJO lo aconseje los Mag de esta sala, con el acuerdo favorable de la sala de Gob a propuesta del Pret del Tribunal, podrán ser adscritos por el CGPJ, total o parcialmente y sin que ello signifique incremento retributivo alguno a otra sala de diferente orden
                1. Para la ADSCRIPCIÓN se valorarán la antigüedad en el escalafón, la especialidad o experiencia de los Mag, a ser posible sus preferencias
              2. SALA DE LO PENAL
                1. 1º Del ENJUICIAMIENTO de las causas, salvo que corresponda en 1º instancia a los J. Centrales de lo Penal
                  1. a) Delitos contra el TITULAR DE LA CORONA, su consorte, su sucesor, Altos Organismos de la Nación y forma de Gob
                    1. b) FALSIFICACIÓN DE MONEDA, y fabricación de tarjetas de crédito y débito falsas y cheques de viajeros falsos, siempre que sean cometidos por organizadores o grupos criminales
                      1. c) Defraudaciones y maquinaciones para ALTERAR EL PRECIO de las cosas que se produzcan o puedan producir grave repercusión en la economía nacional o perjuicio en una generalidad de personas en le territorio de + de una Audiencia
                        1. d) TRÁFICO DE DROGAS o estupefacientes, fraudes alimentarios y de sustancias farmacéuticas o medicinales siempre que sean cometidos por bandas o grupos organizados y produzcan efectos en lugares pertenecientes a distintas Audiencias
                          1. e) Delitos cometidos FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL cuando conforme a las leyes o a los tratados corresponda su enjuiciamiento a los Trib españoles
                            1. En todo caso, la sala de lo penal extenderá su competencia al conocimiento de los DELITOS CONEXOS con todos los anteriormente señalados
                            2. 2º De los procedimiento penales INICIADOS EN EL EXTRANJERO, de la ejecución de las sentencias dictadas por Trib extranjeros y del cumplimiento de pena de prisión impuesta por Trib extranjeros cuando en virtud de Tratados Internacional corresponda a España la continuación del procd penal, la ejecución o el cumplimiento, salvo en aquellos casos en que la LOPJ atribuya alguna de estas competencias a otro órgano jurisdiccional penal
                              1. 3º De las cuestiones de CESIÓN DE JURISDICCIÓN en materia penal derivadas del cumplimiento de tratados Internacionales en los que España sea parte
                                1. 4º De los recursos respecto a los INSTRUMENTOS DE RECONOCIMIENTO mutuo de resoluciones penales de la UE que les atribuye la ley y la resolución de los procd judiciales de extradicción pasiva sea cual fuere el lugar de residencia o en que hubiese tenido lugar la detención del afectado por el procd
                                  1. 5º De los RECURSOS establecidos en la ley contra las sentencias y otras resoluciones de los J. Centrales de Instrucción y del J. Central de Menores
                                    1. 6º De los RECURSOS contra resoluciones dictadas por los J. Centrales de Vigilancia Penitenciaria de conformidad con lo previsto en la disposición adicional 5ª
                                      1. 7º De los procd de DECOMISO AUTÓNOMICO por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes
                                      2. SALA DE LO C-A
                                        1. 1º En única instancia, de los RECURSOS C-A contra disposiciones y actos de los Ministros y SE que la ley no atribuya a J. Centrales de lo C-A
                                          1. 2º En única instancia, de los RECURSOS C-A contra los actos dictados por la comisión de vigilancia de Actividades de Financiación Terrorista y prórroga de plazos.
                                            1. 3º De los RECURSOS DEVOLUTIVOS que la ley establezca contra resoluciones de los J. Centrales de lo C-A
                                              1. 4º De los RECURSOS no atribuidos a los TSJ en relación a los convenios entre Adm Públicas y a las resoluciones del Trib econó Adm Central
                                                1. 5º De las CUESTIONES DE COMPETENCIAS que se puedan plantear entre los J. Centrales de lo C-A y de aquellos otro recursos excepcionalmente le atribuya la ley
                                                  1. 6º Solicitud de autorización para la declaración prevista en la Disp Adicional 5º LOPD-DDG formulada por la Agencia Española de PD
                                                  2. SALA DE LO SOCIAL
                                                    1. 1º De los procesos especiales de IMPUGNACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS cuyo ámbito territorial de aplicación sea superior al territorio de una CA
                                                      1. 2º De los procesos sobre CONFLICTOS COLECTIVOS cuya resolución haya de surtir efecto en un ámbito territorialmente superior al de una CA
                                                      2. OTRAS COMPETENCIAS
                                                        1. Conocerá además cada una de las salas de la AN de las RECUSACIONES que se interpusieren contra los Mag que las compongan
                                                          1. Los Mag Recusados no formaran parte de la sala
                                                            1. Una sala formada por el Pte de la AN, Ptes de las salas y el Mag + antiguo y el + moderno de cada una de las salas. Conocerá de los incidentes de recusación del Pte, Ptes de la sala o + de 2 Mag de una sala
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