se pueden definir como el vínculo jurídico por el cual las partes deudora y
acreedora quedan ligadas, ya que la parte deudora debe cumplir con una
prestación objeto de la obligación. Sirven para satisfacer el interés del
acreedor mediante la obtención de bienes o servicios debido al
cumplimiento del deudor de la prestación debida.
Por tanto, los sujetos de la
obligación son el acreedor (puede
exigir una conducta determinada
por parte del deudor) y el deudor
(debe cumplir con la conducta
prevista en el origen de la
obligación).
El objeto de la obligación es
la prestación prometida, es
decir, aquéllo a lo que el
deudor está obligado y el
acreedor tiene derecho de
exigir. Cumple con los
requisitos de posibilidad,
licitud, determinación y
patrimonialidad.
El vínculo jurídico es el nexo que une a cada
uno de los sujetos que forman parte de la
relación obligatoria y puede tener un
contenido personal o patrimonial.
Las fuentes de obligaciones son
las obligaciones "ex lege", los
contratos, los cuasicontratos, la
responsabilidad civil nacida del
delito y la responsabilidad
extracontractual.
En atención al Objeto de la Obligación
En la definición de obligación, hemos dicho que tiene un
elemento objetivo, esto es la contraprestación, que
puede consistir en dar, hacer o no hacer algo, de acuerdo
a ello, las obligaciones pueden ser positivas o negativas.