Instituto de Prevención Social Militar (IPSM)

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Régimen especial de Seguridad Social en Nicaragua... Ejercito de Nicaragua
Jennyfer Torrez Urbina
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Jennyfer Torrez Urbina
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Instituto de Prevención Social Militar (IPSM)
  1. Órgano Rector
    1. La Contraloría General de la República (CGR) ejerce los controles que le faculta la ley sobre el ejercicio administrativo y financiero del IPSM. Sin perjuicio de las facultades que le corresponden por la ley a la CGR, el Instituto cuenta con una auditoria bajo la responsabilidad de un Contador Público Autorizado.
    2. Sujeto Protegido
      1. Oficiales, funcionarios, Sub-oficiales, clases, soldados y marineros del Ejército y de sus familiares.
      2. Sujeto Obligado
        1. El ejercito de Nicaragua y sus miembros que están sujetos a los reglamentos internos de la institución castrense
        2. Principios
          1. La seguridad social, la asistencia y mejoramiento social y económico de sus miembros.
          2. Contingencias
            1. Corresponde al IPSM la administración de la seguridad social para la protección integral y medios de subsistencia en casos de invalidez, incapacidad total o parcial, temporal o permanente, vejez, riesgos profesionales, accidentes y enfermedades, extensiva a los beneficiarios.
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