Cumplimiento de la Sentencia y Suspensión

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Cuadro sobre el cumplimiento de las sentencias en el procedimiento contencioso administrativo
Gommu Gomu
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Cumplimiento de la Sentencia y Suspensión
  1. Art. 57 .- Las autoridades estan obligadas a cumplir las sentencias del TFJFyA conforme a lo siguiente:
    1. I. Sentencia declare la nulidad y se funde en las siguientes causales:
      1. Incompetencia
        1. Vicio de forma
          1. Se puede reponer subsanando el vicio que produjo la nulidad
            1. Autoridad cuenta con 4 meses para reponer el procedimiento y dictar nueva resolucion definitiva
          2. Vicio en el fondo
            1. Autoridad no podra dictar nueva resolucion sobre los mismos hechos
            2. Vicio de procedimiento
              1. Se puede reanudar reponiendo el acto viciado
            3. II. En los casos de condena, la sentencia deberá precisar la forma y los plazos en los que la autoridad cumplirá con la obligación respectiva. En ningún caso el plazo será inferior a un mes
            4. Art. 58.- Vencido el plazo para el cumplimiento de las resoluciones, el Tribunal podra actuar de oficio o a peticion de parte, conforme a lo siguiente:
              1. I. Requerir a la autoridad para que informe dentro de 3 dias sobre el cumplimiento de la sentencia
                1. Concluido el termino decidira si hubo incumplimiento injustificado
                  1. a) Impondra multa
                    1. b) Requerir al superior jerarquico para que la obligue a cumplir
                      1. c) Comisionar a otro funcionario que de cumplimiento a la sentencia
                        1. d) Pondra en conocimiento a la Contraloria Interna sobre los hechos.
                      2. II. A peticion de parte se podra ocurrir en queja
                        1. a) Procede contra:
                          1. Repetir resolucion anulada
                            1. Omitir dar cumplimiento a la sentencia
                              1. Resolusion emitida despues del plazo
                                1. No cumplir la orden de suspension definitiva
                                2. Solo podra hacerse valer por una sola vez
                                  1. b) Por escrito acompañado de la resolucion motivo de la queja, dentro de 15 dias
                                    1. c) Deja sin efecto resolucion que provoco la queja y autoridad tiene 20 dias para dar cumplimiento
                                      1. d) Se suspende el PAE que en su caso existiere
                                      2. III. Incumplimiento de resolucion que conceda la suspension de la ejecucion del acto impugnado o medidas cautelares, procedera la queja hasta antes de dictar sentencia
                                        1. IV. A quien promueva una queja notoriamente improcedente se le impondra una multa
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