ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL SERVICIO
FARMACÈUTICO-DEYANIRA GALINDO
ARTICULO 5
FUNCIONES
DECRETO 780 de 2016
. 1. Administrativa. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar los servicios relacionadoscon los
medicamentos y dispositivos médicos ofrecidos a los pacientes y a la comunidad engeneral, con excepción
de la prescripción y administración de los medicamentos.
2. Promoción. Impulsar estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos
médicos.
3. Prevención. Prever factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos ydispositivos
médicos, así como los problemas relacionados con su uso
4. Suministro. Seleccionar, adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos ydispositivos
médicos. En las funciones de selección y adquisición, la participación del serviciofarmacéutico será de
carácter técnico, sin perjuicio de la decisión de la organización en sentidocontrario
5. Elaboración y adecuación. Realizar preparaciones magistrales y/o adecuacióny ajuste de concentraciones
de dosis de medicamentos oncológicos y demás medicamentos paracumplir con las dosis prescritas,
cumpliendo con las Buenas Prácticas de Elaboración,establecidas en la normatividad para cada actividad y/o
proceso en particular.
6. Atención farmacéutica. Ofrecerla a los pacientes que la requieran.
7. Participación en programas. Tomar parte en la creación y/o desarrollo de programas relacionados con los
medicamentos, especialmente los de farmacovigilancia ,uso de antibióticos y uso adecuado de
medicamentos y dispositivos médicos.
8. Investigación. Realizar o participar en estudios relacionados con medicamentos y dispositivosmédicos,
que conlleven el desarrollo de sus objetivos, especialmente aquellos relacionados conla farmacia clínica
9. Información. Obtener y difundir conocimientos sobre medicamentos y dispositivos médicos,
especialmente, informar y educar a los miembros del grupo de salud, el paciente y la comunidad sobre el
uso adecuado de los mismos.
10. Vigilancia de recursos y verificación de cumplimiento de actividades. Desarrollar y aplicarmecanismos
para asegurar la conservación de los bienes de la organización y del Estado, asícomo el Sistema de Gestión
de la Calidad de los Procesos, Procedimientos y ServiciosOfrecidos.
11. Participación en comités. Formar parte de los Comités de Farmacia y Terapéutica,Infecciones y Bioética
de la institución, entre otros
CAPITULO 3
OBJETIVOS
DECRETO 780 de 2016
1. Promoción. Promover y propiciar estilos de vida saludables y el
uso adecuado demedicamentos y dispositivos médicos.
2. Prevención. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado
de medicamentos ydispositivos médicos, así como los problemas
relacionados con su uso.
3. Suministro. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e
informar a los pacientessobre su uso adecuado
4. Atención farmacéutica. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes
que la requieren,realizando las intervenciones necesarias para el
cumplimiento de la farmacoterapia prescrita porel facultativo.
ARTICULO 7
GRADOS DE COMPLEJIDAD
El servicio farmacéutico será de baja,mediana y alta complejidad.
1. Servicio farmacéutico de baja complejidad. Realizará básicamente
los procesos siguientes
a) Selección de medicamentos y dispositivos médicos;
b) Adquisición de medicamentos y dispositivos médicos;
c) Recepción y almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos
d) Distribución de medicamentos y dispositivos médicos
e) Dispensación de medicamentos
f) Participación en grupos interdisciplinarias;
g) Información y educación al paciente y a la comunidad
sobre el uso adecuado de medicamentosy dispositivos
médicos
2. Servicio farmacéutico de mediana y alta complejidad. Además
de las actividades y/o procesosdel servicio farmacéutico de baja
complejidad, realizará los procesos siguientes:
a) Atención farmacéutica
b) Preparaciones magistrales
c) Mezclas de nutrición parenteral
d) Mezclas y/o adecuación y ajuste de concentraciones de medicamentos oncológicos
e) Adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas
f) Reempaque y/o reenvase de medicamentos dentro del Sistema de Distribución de Medicamentos en
Dosis Unitaria, para pacientes hospitalizados y/o ambulatorios en casosespeciales;
g) Preparaciones extemporáneas
h) Control, dispensación y distribución de radiofármacos
i) Investigación clínica
j) Realización o participación en estudios sobre farmacoepidemiología, uso de antibióticos,farmacia
clínica y cualquier tema relacionado de interés para el paciente, el serviciofarmacéutico, las autoridades
del sector y la comunidad.Parágrafo. En aplicación del principio decomplementariedad, cuando en el
servicio farmacéutico de baja complejidad se realice unproceso del servicio farmacéutico de mediana y
alta complejidad, deberán cumplirse lascondiciones y requisitos exigidos para el proceso de mayor
complejidad.
ARTICULO 6
CLASIFICACIÒN
SERVICIO FARMACÈUTICO
DEPENDIENTE
Es el prestado por una institución
prestadora de serviciosde salud a
pacientes hospitalizados y
ambulatorios. Este servicio puede
ser propio o contratado.
SERVICIO
FARMACÈUTICO
INDEPENDIENTE
Es el que prestan los
establecimientos
farmacéuticosautorizados.
ARTICULO 2
CAMPO DE APLICACIÒN
El Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico y el
Manual de Condiciones Esenciales y
Procedimientos, así como las demás disposiciones
contenidas en la presente resolución, se aplicarán
a toda persona que realice una o más actividades
y/o procesos del servicio farmacéutico;
especialmente, a los prestadores deservicios de
salud, incluyendo a los que operen en cualquiera
de los regímenes de excepción contemplados en
el artículo 279 de la Ley 100 de 1993 y a todo
establecimiento farmacéutico donde se
almacenen, comercialicen, distribuyan o
dispensen medicamentos y dispositivos médicos o
se realice cualquier otra actividad y/o proceso del
servicio farmacéutico.