Consiste en la admisión de los
cargos o imputación formulada
en su contra por el imputado.
Presupuestos para que
tenga valor probatorio
Debidamente
corroborada
Prestada
libremente
Estando en un
estado normal en
sus facultades
psíquicas
Presentada ante el Juez
o Fiscal en presencia de
su abogado defensor
Efecto
Disminución prudencialmente de la
pena hasta en una tercera parte
por debajo del mínimo legal
A excepción
flagrancia
irrelevancia de la admisión de los
cargos en atención a los
elementos probatorios
incorporados en el proceso
El Testimonio
Personas que presenciaron los hechos
investigados; de modo que aportan datos
importantes sobre la forma, circunstancias
y los instrumentos utilizados
Requisitos
Debe ser una
persona física
Debe ser capaz, idónea
y tener aptitud física
Excepto el inhábil por razones
naturales o el impedido por la Ley
Debe ser extraño al proceso
y a los resultados del mismo
Debe tener conocimiento
de los hechos en forma
directa o indirecta
Características
Oralidad
El testigo responde el
interrogatorio oralmente y esta
declaración se transcribe en un acta
Inmediación
El testigo manifiesta o relata las
percepciones sensoriales recibidas de
acontecimientos que ha percibido
Objetividad y
Determinación
Debe ser objetivo,
destinado a probar el
hecho concreto
Retrospectividad
Se refiere siempre a
un hecho pasado, lo
reconstruye
La Pericia
El perito es una persona
versada en una rama del saber
humano que auxilia al Juez en
la elaboración de dictámenes
Informe Pericial
Es el resultado de la
deliberación entre los
peritos sobre el objeto que
fue materia del examen
Consta de
tres partes
El estudio o examen
del objeto de la pericia
El análisis
Conclusiones
Se puede realizar observaciones
en un plazo de cinco días, luego
de la comunicación a las partes
Algunos
alcances
El Juez competente, y, durante la
Investigación Preparatoria, el Fiscal
o el Juez en los casos de prueba
anticipada, nombrará un perito
El perito puede ser
subrogado si
demuestra negligencia
Los peritos pueden ser
examinados en el juzgamiento
para una mejor explicación sobre
las comprobaciones efectuadas
El Careo
Confrontación entre
imputados, el imputado con
los testigos y con el agraviado
Excepto el imputado y la víctima
menor de catorce años de edad,
salvo que quien lo represente o su
defensa lo solicite expresamente
Exigencias
Que exista dos declaraciones
contradictorias o discordantes
Que estas declaraciones revistan
importancia para el esclarecimiento
de los hechos investigados
Debe realizarse en forma
inmediata a la declaración
contradicctoria
La Prueba
Documental
Es toda representación objetiva
de un pensamiento, la que puede
ser material o literal
Clasificación
Por su finalidad
Documentos
de finalidad
Contienen la declaración de
voluntad, hecha expresamente
para acreditar un hecho
Documentos de
eventualidad
No tienen la finalidad de
acreditar un hecho pero lo
acreditan
Tradicional
Documentos Públicos
Provienen de un funcionario
público en ejercicio de sus
funciones o un notario público
Documentos Privados
Provienen de un particular
y son reconocidos por
quien los suscribió
Documentos
manuscritos, impresos, fotocopias, fax,
disquetes, películas, fotografías, radiografías,
representaciones gráficas, dibujos, grabaciones
magnetofónicas y medios que contienen registro
de sucesos, imágenes, voces; y, otros similares
Los Otros Medios
de Prueba
El Reconocimiento
Se comprueba en el
proceso la identidad de
una persona o una cosa
Individualiza
Persona
Se realiza una descripción
de la persona en presencia
de su abogado defensor
Cosa
De la voz, sonidos y todo
objeto susceptible de
percepción sensorial
La inspección judicial y
la reconstrucción
La primera busca apreciar dónde
se cometió el delito y la segunda
cómo se cometió el delito
Diligencia
Inspección judicial
Observación
Toma en cuenta todo lo que
percibe con la vista u otro sentido,
examina el escenario y los vestigios
Descripción
Se escribe el acta con el
detalle de todo lo percibido
Reconstrucción
La reproducción
de los hechos
El acta final debe constar con
fidelidad lo que ha sido materia
de observación judicial
Pruebas especiales
Levantamiento
de cadáver
Identificación
Establecer de forma fehaciente
a quien corresponde el cadáver
Reconocimiento
Constatación del aspecto
exterior que presenta el cadáver
Necropsia
Examen del cadáver
para determinar las
causas de la muerte
Lo requiere toda muerte
ocasionada por causas no naturales
Protocolo
Examen interno
Dsecripción de lo que se
constate dentro del cadáver
Examen externo
Datos personales,
lesiones externas, ropa
que llevaba puesta
Conclusion
Sobre la causa de muerte y
el medio utilizado para
ocacionarla
Embalsamamiento
del cadáver
Cuando se trate de homicidio
doloso o muerte sospechosa de
criminalidad, el Fiscal, previo
informe médico, puede autorizarlo
La incineración sólo podrá ser
autorizada por el Juez después de
expedida sentencia firme
Examen
de víseras
Si existen indicios de envenenamiento, el perito
examinará las vísceras y las materias
sospechosas que se encuentran en el cadáver o
en otra parte y las remitirán en envases
aparentes, cerrados y lacrados, al laboratorio
especializado correspondiente
Lesiones y
agresión sexual
El perito determine el arma o
instrumento que la haya ocasionado,
y si dejaron o no deformaciones y
señales permanentes en el rostro,
puesto en peligro la vida, causado
enfermedad incurable o la pérdida de
un miembro u órgano y otra.
Para agresión sexual, el
examen médico será
practicado exclusivamente
por el médico encargado del
servicio con la asistencia
Caso de aborto
Se hará comprobar la preexistencia del
embarazo, los signos demostrativos de
la interrupción del mismo, las causas
que lo determinaron, los probables
autores y las circunstancias que sirvan
para la determinación del carácter y
gravedad del hecho
Preexsistencia
y valorización
En los delitos contra
el patrimonio
La valorización de las cosas o
bienes o la determinación del
importe del perjuicio o daños
sufridos, cuando corresponda,
se hará pericialmente