PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

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TRIBUTARIO
paola andrea salamanca herrera
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paola andrea salamanca herrera
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PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
  1. ¿Qué es el Procedimiento Tributario?
    1. Es contribuyente, responsable o declarante realiza ya sea por intermedios o personalmente para cumplir con la obligación tributaria.
    2. ¿Para qué sirve el Procedimiento Tributario?
      1. Nos permite conocer los derechos y deberes que tiene el declarante o contribuyente, para así mismo cumplir con nuestras obligaciones lo cual tener total claridad que nos afecta una obligación sustantiva física 3. .
      2. ¿Qué es el régimen sancionatorio?
        1. Es la que sanciona una inflación de incumplimiento ambiental
        2. ¿Para qué sirve el régimen sancionatorio?
          1. El que incumple normativo así como el de la obligación derivada de los permisos, autorizaciones y licencias ambientales puede activar el régimen sancionatorio ambiental, la acción civil y la acción penal.
          2. ¿Cuáles son los principios del régimen sancionatorio?
            1. • De lesividad: hace referencia cuando las acciones de un individuo afectan el derecho del otro, presentando una sanción. • No hay sanción sobre sanción: al calcular la sanción se toma como base el valor neto de la sanción sin tener en cuenta los intereses que este produce. • Una sanción no puede ser confiscatoria: es decir que se debe aplicar por el pago que genera la sanción, mas no por hechos diferentes. • De legalidad: se aplicará la sanción de acuerdo a la normatividad vigente. • De favorabilidad: la sanción a aplicar será de acuerdo al municipio o distrito. • De proporcionalidad: corresponderá a la gravedad de la falta cometida. • De gradualidad: sancionar con menor severidad aquellos contribuyentes que han cumplido en su totalidad con sus obligaciones, con el fin de determinar que reducción se le aplicara a la sanción. • De Economía: los procedimientos a realizar se harán en el menor tiempo posible para reducir los gastos. • De Eficacia: el cumplimiento legal de cada procedimie
            2. ¿Por qué, es importante para el contador público conocer las incidencias que tiene por parte del contribuyente no cumplir con el pago de sus impuestos a tiempo?
              1. La evasión de impuestos es una tarea complicada ya que para medirla con mucha precisión resulta, lo que es muy claro es que es muy alta, por lo tanto resulta casi imposible cuantificar, por ende la contratación se centra en el recaudo sobre la renta y el impuesto de IVA en Colombia
              2. 10. ¿Cómo se clasifican las Sanciones de acuerdo con el Estatuto Tributario, de acuerdo si son proferidas por la Administración Tributaria y provocadas por el contribuyente?
                1. Las sanciones tributarias se clasifican según la gravedad o nivel de infracción que son: • Leves: hayamos ocultado datos o no o en el caso de que sea superior a dicha cantidad, pero no exista ningún tipo de ocultación. En este caso, Hacienda nos puede multar con el 50% de la base sancionable. • Graves: si hemos utilizado facturas o justificantes falsos sin que ello suponga el 10% de la sanción o cuando llevemos la contabilidad de manera incorrecta de manera que represente entre el 10% y el 50% de la base sancionable, nos podrán multar con el 50% de dicha base, porcentaje que podría llegar hasta el 100% en según qué circunstancias. • muy graves: en el caso de que hayamos usado medios fraudulentos o las cantidades a las que se refiera la infracción sean superiores al 50% de la base sancionable, nos podrán multar con entre un 100% y un 150% de dicha base. (Vegas, enero 13, 2017) las cuales se multa una cantidad fija o porcentaje del valor de lo defraudado o la suspensión de funcionarios
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