SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

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DESCRIPCION DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
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vanessa correa
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SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
  1. conjunto de entidades, normas y procedimientos dispuestos por el gobierno nacional a todo ciudadano con el fin de garantizar asistencia social, laboral, mediante políticas publicas.
    1. QUIENES LO COMPONEN
      1. El estado: ente de coordinación, dirección y control.
        1. Prestadores de servicios sociales:
          1. Los Usuarios
            1. COMO ESTA INTEGRADO
              1. sistema general de pensiones
                1. fondo público
                  1. fondo rpivado
                    1. aporte 16%
                      1. trabajador 4%
                        1. empleador 12%
                      2. sistema general de seguridad social en salud
                        1. EPS - IPS
                          1. SUBSIDIADO
                            1. Pertenece toda persona sin la capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización al sistema general de seguridad social en salud tanto de las áreas rulares como urbanas este aspecto lo trata el artículo 211 de la ley 100/1993
                            2. CONTRIBUTIVO
                              1. Debe afiliarse toda persona vinculada de forma laboral a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, pensionados y jubilados, trabajadores independientes con capacidad de pago, población que debe regirse a las normatividad de que trata el capítulo i del título III de la ley 100/1993
                              2. afiliación al recién nacido
                                1. los recién nacidos tienen derecho a la afiliación automática a la Entidad Promotora de Salud a la que se encuentre afiliada su madre- independientemente del régimen al que esta pertenezca, para lo cual, bastará únicamente el certificado de nacido vivo. La afiliación garantizará la atención que requiera el recién nacido en la red prestadora de salud adscrita de la EPS
                              3. aporte 12%
                                1. empleador 8,5%
                                  1. trabajador 4%
                                2. sistema genral de riesgos profeionales
                                  1. aseguradoras
                                  2. servicios sociales complemntarios
                                    1. ESTRUCTURA DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
                                      1. C.N.S.S.S.=DIRIGE EL SISTEMA
                                        1. SUPERINTENDENCIA DE SALUD
                                          1. ASEGURADORA:AFILIA,RECAUDA,ADMINISTRA Y CONTRATA
                                            1. PRESTADORA:OFERTA SERVICIOS
                                            2. MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL:NORMA CONTROLA Y REGULA
                                              1. FOSYGA:SOLIDARIDAD,PROTECCION,CATASTROFICAS Y COMPENSACION.
                                          2. OBJETIVOS
                                            1. Garantizar las prestaciones económicas y de salud a quienes tienen una relación laboral o capacidad económica suficiente para afiliarse al sistema.
                                              1. Garantizar la cobertura de la población (campesinos, indígenas, trabajadores, independientes, hombres, mujeres) al sistema, que garantice el principio constitucional de solidaridad, para el otorgamiento de las prestaciones sociales de forma integral.
                                                1. Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios en los términos de la ley proporcionando al ciudadano mayores garantías
                                              2. DEFINICIÓN
                                                1. Disposiciones legales
                                                  1. exoneración aportes parafiscales
                                                    1. "Las sociedades, y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE, están exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Las personas naturales empleadoras están exoneradas de la obligación de pago de los aportes parafiscales al Sena y al ICBF por los empleados que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes".
                                                    2. exoneración aporte salud
                                                      1. "A partir del 1 de enero de 2014, los contribuyentes señalados en los incisos anteriores que cumplan las condiciones de este artículo, estarán exonerados de las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud de que trata el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Lo anterior no será aplicable a las personas naturales que empleen menos de dos (2) trabajadores, las cuales seguirán obligadas a efectuar las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud de que trata este inciso."
                                                      2. cotizaciones
                                                        1. Según el decreto 1703 de 2002, todo trabajador dependiente, o independiente debe afiliarse al Sistema de Seguridad Social. Si los ingresos de una persona independiente, son menores o iguales a un salario mínimo sólo está obligado a cotizar salud, bajo el tipo de cotizante 42 (cotizante solo salud, articulo 2 ley 1250 de 2008). Existe el cotizante independiente tipo tres (3), si una persona percibe de un salario mínimo en adelante, deberá cotizar salud y pensión.
                                                        2. cuota moderadora
                                                          1. Son los aportes en dinero que tienen por objeto regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso, promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por las EPS. Esta cuota debe ser pagada por los cotizantes y beneficiarios. de acuerdo al nivel de ingresos y la atención inicial por urgencias con es cobrada esta cuota
                                                        3. PRESENTADO POR: JHON JAIRO ARCINIEGAS - ASOD 2
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