Expresa de manera sintética esta
ansia de dignidad cotidiana en la
vida de todo ser humano, cuando
afirma que todas y todos tendrán
derecho a "un nivel de vida digno
que les asegure, junto con su
familia, la salud y el bienestar,y en
especial la alimentación,el vestido,
la vivienda, la asistencia médica y
los servicios sociales necesarios"
Constitución Española
art.
9.2
Los poderes públicos quedan compelidos a
desarrollar acciones positivas que creen las
condiciones necesarias para que la libertad y la
igualdad del individuo y los grupos en que se integra
sean reales y efectivas,remover los obstáculos que
impidan o dificulten su plenitud y facilitar la
participación de toda la ciudadanía en la vida
política,económicay social.
Disposiciones Generales
objeto
estructurar y regular los
servicios sociales en Galicia
para la construcción del
sistema gallego de bienestar
Garantizar como derecho
reconocible y exigible el
derecho de las personas a los
servicios sociales que les
corresponda en función de la
valoración objetiva de sus
necesidades
Construcción y coordinación do
sistema gallego de bienestar
Sistema Gallego De Servicios Sociales
conjunto coordinado de prestaciones, programas y
equipamientos destinados a garantizar la igualdad de
oportunidades en el acceso a la calidad de vida y a la
participación social de toda la población gallega,
mediante intervenciones que permitan el logro de los
objetivos
Objetivos Del Sistema Gallego De Servicios Sociales
facilitar alternativas, recursos e itinerarios de
integración social as personas que se encuentran en
situación de exclusión social
garantizar la vida independiente y la autonomía
personal de las personas en situación de
dependencia
dar protección y oportunidades sociales y educativas
a menores de edad y a las personas que se encuentre
en desamparo
prevenir las situaciones de dependencia, exclusión,desigualdad o desprotección
proporcionar oportunidades y recursos que garanticen la igualdad entre mujeres y hombres
favorecer la integración das personas imigrantes
garantizar apoyo a las familias
promover y dinamizar la participación comunitaria
aplicar políticas transversales que incidan en la eliminación de
todo tipo de discriminación y exclusión social
sensibilizar, informar y promover valores de solidaridad e integración en la sociedad gallega
promover y garantizar el derecho universal de la ciudadanía gallega al acceso a los servicios sociales
Principios Generales
Universalidad
Prevención
Responsabilidad Pública
Igualdad
Equidad y Equilibrio Territorial
Solidariedad
Acción Integral y Personalizada
Autonomía Personal y Vida Independiente
Participación
Integración y Normalización
Globalización
Descentralización
Coordinación
Economía, Eficacia y Eficiencia
Planificación
Evaluación y Calidad
Titulares Del Derecho De Acceso
descendentes de gallegos residentes fuera de Galicia
personas en situación de emergencia
personas extraxeiras empadronadas en Galicia
todas as personas membros da UE empadronados en Galicia
Derechos De Las Personas
utilizar el siistema de servicios sociales en condiciones de igualdad y sin discriminación
recibir un trato acorde a la dignidad de la persona y al respeto de los derechos y libertades fundamentales
intervención individualizada acorde con sus necesidades específicas
recibir información de manera ágil,comprensible, suficiente y veraz
tener asignada una persona profesional de referencia que actúe como interlocutora
confidencialidad
a acceder a su expediente personal y a obtener copia del mismo
elegir libremente el tipo de medidas o de recursos adecuados para su caso
rechazar la oferta de participación en servicios o programas que les ofrece el sistema
recibir una tarjeta social de carácter personal e intransefible
calidad de los servicios pudiendo presentar sugerencias y reclamaciones
dar instrucciones previas respecto a la asistencia que se les puedan administrar
respecto a los derechos lingüísticos de las personas usuarias
y demás derechos que estén reconocidos en la ley
Deberes De Las Personas
cumplir las normas, requisitos y procedimientos para el acceso al sistema gallego de servicios sociales
comunicar al personal de referencia cualquier cambio significativo
colaborar con el personal encargado de prestarles la atención necesaria
mantener una actitud positiva de colaboración con las personas profesionales de los servicios sociales
participar de manera activa en su proceso de mejora
destinar las prestaciones recibidas al fin para el que fueron concedidas
contribuir a la financiación del coste de los servicios con arreglo a la normativa
vigente
observar los reglamentos de régimen interior y normas de funcionamiento cuando utilicen las
instalaciones de un centro
De La Estructura Del
Sistema
Estructura Básica De Los Servicios
sociales
según dos niveles
servicios sociales
comunitarios
servicios sociales
comunitarios básicos
funciones:
el estudio y diagnóstico social de la comunidad
la elaboración de un plan
acorde con las necesidades
detectadas en el
diagnóstico
la identificación de la población
vulnerables y la detección precoz
de situaciones de riesgo
la atención de las situaciones
individuales
la gestión de las prestaciones
económicas y el seguimiento de
los proyectos
la gestión del servicio de
ayuda en el hogar
la información, orientación
y asesoramiento a toda la
población
fomentar la participación de
la ciudadanía mediante
estrategias socioeducativas
y la cooperación social
servicios sociales
comunitarios específicos
funciones:
programas y actividades
para prevenir la exclusión y
facilitar su inserción social
la atención directa de
colectivos con riesgo de
exclusión en centros de
carácter no residencial o
residencial temporal
la gestión de
quipamientos
comunitarios para
población con
necesidades específicas
servicios sociales especializados
funciones:
valorar,diagnosticar e
intervenir ante
situaciones de alta
especialización técnica
gestionar centros y
programas especializados
promover medidas de
reinserción y desarrollar
medidas de rehabilitación
social
prestar colaboración y
asesoramiento técnico a
los servicios sociales
comunitarios
Órganos Consultivos y De Participación
Consejo Gallego De Bienestar Social
es el órgano superior consultivo y de participación del sistema
gallego de servicios sociales y está adscrito al departamento
de la Xunta de Galicia
estará compuesto por
representantes de
La Xunta de Galicia
las organizaciones empresariales
las entidades locales
las entidades prestadoras de los SS.SS
las asociaciones de personas
usuarias de SS.SS
las universidades gallegas
los colegios profesionales
relacionados con los SS.SS
Funciones:
evaluar las políticas de SS.SS
Informar los proyectos de planificación y
programación y la normativa en materia de SS.SS
emitir dictámenes en el campo de los SS.SS
conocer de la gestión de los SS.SS
fomentar la participación de la sociedad y de las
administraciones públicas
el seguimiento estadístico
la evolución global de los resultados
elaborar y modificar su reglamento de régimen interior
cualquier otra que le pueda ser reglamentariamente atribuida
Del Observatorio Gallego de Servicios
su objetivo es establecer un sistema de
información permanente sobre la situación de
los SS.SS de Galicia
Mesa Gallega de SS.SS
es el órgano específico de participación
institucional de los agentes sociales para el diseño
de las políticas públicas en el ámbito de los SS.SS
Participación ciudadana y de las personas usuarias de
SS.SS
las administraciones públicas
garantizarán la participación
ciudadana en el sistema gallego de
SS.SS mediante sistemas de
consulta y debates abiertos a la
ciudadanía
Competencias de las administraciones públicas
Competencias de la Xunta de Galicia:
el establecimiento del marco normativo en materia de SS.SS
la planificación y programación general de los SS.SS
el registro Único de Entidades Prestadoras de SS.SS
la autorización y creación de los centros
generales y específicos
la formación e investigación de los SS.SS
el asesoramiento y asistencia técnica a
las entidades que participen en los SS.SS
El diseño, creación, gestión y coordinación de
un sistema de información estadístico de los
SS.SS
la supervisión y evaluación de
la calidad en la prestación de
los SS.SS
la creación,mantenimiento y
gestión de los SS.SS
especializados
la valoración técnica de las
situaciones que determinen
derecho a los servicios y
prestaciones
la concesión de las
prestaciones destinadas a
personas físicas
la gestión de subvenciones y otras
ayudas pública que conceda a
centros y a entidades prestadoras
de SS.SS
el ejercicio de las potestades
inspectora y sancionadora
cualquier otra que se le
atribuya por la normativa
vigente