Juicio de amparo en México

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Mapa mental, elementos generales del Juicio de Amparo en México.
Sergio Antonio Becerra Zepeda
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Erika Hernández Estrada
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Sergio Antonio Becerra Zepeda
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Juicio de amparo en México
  1. Es un medio de control de la constitucionalidad a través del cual los gobernados pueden impugnar los actos de autoridad que estimen violatorios a sus garantías individuales y a sus derechos humanos, con el objeto de que se les restituya en el goce de sus garantías conculcadas
    1. PRINCIPIOS RECTORES
      1. Iniciativa o instancia de parte
        1. Existencia de agravio personal y directo
          1. Definitividad
            1. EXCEPCIÓN: Cuando el acto reclamado importe peligro de privación de la vida, deportación o destierro o cualquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 del Constitución Federal (pena de muerte, mutilación, infamia, marca, azotes, tormento de cualquier especie, etc)
            2. Estricto Derecho
              1. Relatividad
                1. EXCEPCIÓN: Cuando existe listisconsorcio del quejoso con otras personas (si el amparo beneficia al quejoso, también beneficiará a sus litisconsortes)
                2. Prosecución Judicial
                  1. Fundamentado en el Artículo 107 Constitucional y 2° de la Ley de Amparo
                3. SUPLENCIA DE LA QUEJA: Las autoridades que conozcan del juicio de amparo deberán suplir la deficiencia de los conceptos de violación de la demanda, corrigiendo los errores, deficiencias u omisiones, en casos especiales. Por ejemplo: en materia agraria a favor de los ejidatarios, y en materia laboral a favor de los trabajadores.
                  1. PARTES
                    1. Quejoso
                      1. Autoridad(es) Responsable(s)
                        1. Tercero(s) Interesado(s)
                          1. Ministerio Público
                          2. ACTO RECLAMADO
                            1. Es la conducta, activa o pasiva, imputada a la autoridad responsable que el gobernado estima violatoria de sus garantías individuales
                              1. CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS RECLAMADOS
                                1. A su naturaleza
                                  1. A su acreditamiento
                                    1. A su consumación
                                      1. A su temporalidad
                                        1. A la actuación del quejoso
                                          1. A su permanencia o conservación
                                            1. Al momento en que producen sus efectos
                                          2. CONTRA QUE ACTOS ES IMPROCEDENTE
                                            1. Contra actos de la SCJ
                                              1. Contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas
                                                1. Contra leyes o actos que sean materia de otro juicio de amparo que se encuentre pendiente de resolución
                                                  1. Contra leyes o actos que hayan sido materia de ejecutoria en otro juicio de amparo
                                                    1. Contra actos que no afecten los intereses jurídicos del quejoso
                                                      1. Contra las resoluciones o declaraciones de los organismos y autoridades en materia electoral
                                                        1. Contra actos consumados de modo irreparable
                                                        2. LEY QUE RIGE EL JUICIO
                                                          1. La Ley de Amparo, reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales
                                                          2. TIPO
                                                            1. Amparo Indirecto
                                                              1. Es competencia de los Jugados de Distrito y en algunos casos de los Tribunales Unitarios de Circuito.
                                                                1. Procede contra: leyes, actos que no provengan de tribunales judiciales administrativos o del trabajo, actos de dichos tribunales ejecutados fuera de juicio o después de concluido éste, actos en el juicio que tengan sobre las personas o las cosas una ejecución de imposible reparación, actos ejecutados dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas a él, y en los términos de las fracciones II y III del artículo 1º de la Ley de Amparo.
                                                                2. Amparo Directo
                                                                  1. Es competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito y en algunos casos de la SCJ a través de la facultad de atracción.
                                                                    1. Procede contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio.
                                                                  Show full summary Hide full summary

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                                                                  Sergio Antonio Becerra Zepeda
                                                                  5.Contactos electrónicos directos o indirectos
                                                                  miriam garcia sanchez
                                                                  DIBUJO NORMALIZADO
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