Artículo 27

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EL SIGUIENTE RECURSO ES UN MAPA MENTAL DE QUE CONFORMA EL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL Y LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONOS CON LA MISMA
arthur chavez
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Artículo 27
  1. Entre las principales disposiciones del Artículo 27° Constitucional, redactado y aprovado en 1917, destacan los siguientes:
    1. Toda la propiedad que se encuentre en el territorio mexicano será de sus habitantes (Nación) y se podrá desafectar, es decir, se puede cambiar de régimen público a régimen privado.
      1. Se puede expropiar si es de interés general, pero se indemniza
        1. La propiedad privada debe cumplir una función social, no pueden existir tierras que no se aprovechen económicamente.
          1. Todas las riquezas encontradas en el territorio mexicano pertenecen a los mexicanos, en cuanto al mar, se determina que pertenece a la Nación por medio del Derecho Internacional.
            1. La propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible, es decir, no se acaba el derecho porque alguien posea esta propiedad, este no podrá hacerse dueño.
              1. Los mexicanos por nacimiento o naturalización pueden adquirir la propiedad, y los extranjeros siempre y cuando concurra a la Secretaría de Relaciones, pero no podrán adquirir territorios cercanos a las fronteras, ni a las playas. Las sociedades de educación no pueden adquirir más bienes que los necesarios para llevar a cabo su fin.
                1. Los procedimientos para llevar a cabo las acciones de propiedad serán judiciales, y rendida la sentencia ejecutoria no se podrá hacer más.
                  1. Los indígenas gozan de protección de sus tierras, ya sean ejidos o comunitarios.
                    1. No pueden haber latifundios, la máxima extensión de tierra que se puede tener es de 100 hectáreas por individuo. Y si se dedican a cultivos será de 150 hectáreas.
                      1. El Estado fomentará el desarrollo de las actividades agropecuarias con el fin de mejorar la calidad de vida de los campesinos.
                      2. Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con la misma
                        1. Las dependencias y entidades seleccionarán de entre los procedimientos aquél que de acuerdo con la naturaleza de la contratación asegure al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
                          1. Licitación Pública
                            1. La Secretaría de la Función Pública tendrá a su cargo el padrón público de testigos sociales, quienes participarán en todas las etapas de los procedimientos de licitación pública, a los que se refiere esta Ley,
                              1. Los testigos sociales serán seleccionados mediante convocatoria pública, emitida por la Secretaría de la Función Pública
                                1. La Secretaría de la Función Pública, acreditará como testigos sociales a aquéllas personas que cumplan con los siguientes requisitos
                                  1. Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar
                                    1. Cuando se trate de una organización no gubernamental, acreditar que se encuentra constituida conforme a las disposiciones legales aplicables y que no persigue fines de lucro;
                                      1. No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad
                                        1. No ser servidor público en activo en México y/o en el extranjero. Asimismo, no haber sido servidor público Federal o de una Entidad Federativa durante al menos un año previo a la fecha en que se presente su solicitud para ser acreditado
                                          1. No haber sido sancionado como servidor público ya sea Federal, estatal, municipal o por autoridad competente en el extranjero
                                            1. Presentar currículo en el que se acrediten los grados académicos, la especialidad correspondiente, la experiencia laboral y, en su caso, docente, así como los reconocimientos que haya recibido a nivel académico y profesional
                                              1. Asistir a los cursos de capacitación que imparte la Secretaría de la Función Pública sobre esta Ley y Tratados,
                                                1. Presentar manifestación escrita bajo protesta de decir verdad que se abstendrá de participar en contrataciones en las que pudiese existir conflicto de intereses, ya sea porque los licitantes o los servidores públicos que intervienen en las mismas tienen vinculación académica, de negocios o familiar
                                              2. Invitación a cuando menos tres personas
                                                1. Adjudicación directa
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