DERECHO SUBJETIVO CIVIL COLOMBIANO

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derecho subjetivo civil colombiano
Carolina Montealegre
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DERECHO SUBJETIVO CIVIL COLOMBIANO
  1. CLASIFICACION
    1. RESPECTO DE SU EFICACIA
      1. ABSOLUTOS
        1. Un sujeto pasivo universal
          1. Establece un deber jurídico de respeto en relación con todas las demás personas.
            1. Ej: Derecho de propiedad (Derechos reales)
              1. Puede ser vulnerado por cualquiera.
                1. Se ejercen erga-omnes.
                2. RELATIVOS
                  1. Sujeto pasivo limitado a 1 o + personas
                    1. Crea un deber jurídico de respeto frente a determinada persona.
                      1. Los Derechos de crédito denominados obligaciones o derechos personales.
                        1. Solo puede ser vulnerado por el deudor.
                          1. Solo se puede hacer valer frente a una o varias personas determinadas.
                        2. DERECHO SUBJETIVO PUBLICO Y PRIVADO
                          1. D.S PUBLICO
                            1. - Establecen una relación jurídica de Derecho Público entre los particulares y el Estado. - Plantean relaciones de dependencia, de subordinación.
                              1. El estudio de estos Derechos corresponde al Derecho Constitucional y al Derecho Administrativo.

                                Annotations:

                                • El ejercicio de acciones públicas. De tutela, de cumplimiento, acciones populares y de clase. Arts. 86, 87 y 88 Const. Pol.
                            2. D. PRIVADO

                              Annotations:

                              • Establecen una relación jurídica de Derecho Privado, entre los particulares, quienes están jurídicamente equiparados, es decir, que se trata de relaciones de coordinación. Su estudio corresponde al Derecho Civil
                              1. PATRIMONIALES

                                Annotations:

                                • Se encuentran dentro del patrimonio económico de una persona y sirven para satisfacer necesidades de orden material. Ejemplos: la propiedad y los créditos.
                                1. Dchos reales

                                  Annotations:

                                  • Son los que se ejercen sobre una cosa, sin respecto a determinada persona ej: Ej: El derecho de dominio o propiedad. Art. 69 C.C.
                                  1. Dcho de w intelectual

                                    Annotations:

                                    • Son el producto de la actividad intelectual del hombre ej: literario, artístico, científico
                                    1. Dchos Universales

                                      Annotations:

                                      • El concepto más general de universalidad jurídica es el patrimonio ej: sucesion 
                                    2. Dchos personalisimos

                                      Annotations:

                                      • Son dchos patrimoniales intransferibles e instranmisibles que representan una utilidad economica a su titular. Ej: La facultad de testar
                                      1. Dcho de flia patrimoniales

                                        Annotations:

                                        • Son consecuenciales de los derechos de familia propiamente tales. Patrimoniales porque son apreciables en dinero; de familia, porque emanan de las relaciones de familia. ej: Usufructo legal de los padres sobre bienes del hijo de familia.
                                        1. Dchos personales

                                          Annotations:

                                          • Facultad que tiene un sujeto jurídico determinable, llamado acreedor, para exigir de otro sujeto también determinable, llamado deudor, una prestación determinada avaluable en términos monetarios, prestación que puede ser de dar, hacer o no hacer.
                                        2. EXTRAPATRIMONIALES

                                          Annotations:

                                          • No tienen contenido economico y tiene facultad de exigir una prestacion de hacer o no hacer
                                          1. Dcho de la personalidad

                                            Annotations:

                                            • facultad que tiene toda persona, por el solo hecho de serlo, para exigir de todo el mundo una conducta de dar, de hacer o de no hacer respecto de bienes jurídicos no patrimoniales relacionados con la persona misma. Ejemplos: Derecho a la vida, a la salud, al honor
                                            1. Dcho flia puros

                                              Annotations:

                                              • Facultad que tienen los dchos de un sujeto para exigir de su familia una conducta de hacer o no hacer las cuales tienen un caracter moral y social ej: fidelidad, obligacion de los padres de criar a sus hijos.
                                      2. CONCEPTO

                                        Annotations:

                                        • Entiéndese por Derecho Objetivo el conjunto de normas jurídicas que forman el ordenamiento vigente, y por Derecho Subjetivo, las facultades que dichas normas conceden y garantizan a los individuos sometidos a ellas.
                                        1. ASPECTOS
                                          1. INTERNO O ACTIVO
                                            1. El titular

                                              Annotations:

                                              • El sujeto al cual se atribuye por el ordenamiento jurídico.
                                              1. El ejercicio

                                                Annotations:

                                                • mediante la exteriorización de un poder de voluntad o señorío del querer (iniciativa privada) o voluntad reflexiva
                                                1. La funcion

                                                  Annotations:

                                                  • a satisfacción de necesidades de las personas o de sus intereses.
                                                2. EXTERNO O PASIVO
                                                  1. Al lado del aspecto interno de los derechos subjetivos como poderes degoce, aparece un aspecto externo, el cual es el deber jurídico

                                                    Annotations:

                                                    • Relación jurídica Derecho - Deber Crédito - Obligación Derecho subjetivo - Deber jurídico (conducta ajena) 
                                                3. NACIMIENTO
                                                  1. Se da nacimiento a derechos subjetivos en los siguientes casos
                                                    1. - Hechos jurídicos ej - crédito -
                                                      1. - Adquisición de los derechos: De la propiedad y derechos reales ej: ocupación, accesión , tradición, prescripción adquisitiva, partición de derechos universales, adjudicación de baldíos,
                                                        1. - Adquisición derivativa y originaria de derechos: cesión de créditos, usufructo – transmisión o sucesión.
                                                          1. - Derechos aparentes: principio de la adquisición fundada en la buena fe
                                                            1. -- Transmisión de dchos: sucesión universal o singular
                                                          2. EXTINCION

                                                            Annotations:

                                                            • La extinción de un derecho consiste en la destrucción o consunción de un derecho que no existe para su titular ni puede existir para otra persona 
                                                            1. Se extinguen respectivamente así
                                                              1. - Los dchos de personalidad – con la muerte
                                                                1. - Dchos Familiares –con divorcio, muerte, mayoría de edad de los hijos, emancipación
                                                                  1. Derecho real
                                                                    1. absoluto

                                                                      Annotations:

                                                                      • (cuando el dcho cesa definitivamente
                                                                      1. relativo

                                                                        Annotations:

                                                                        • cuando se extingue para determinada persona pero otra pasa a ejercerlo
                                                                      2. - Dchos personales u obligaciones – cumplimiento del pago, novación, transacción, remisión, compensación, confusión, perdida de la cosa que se debe, declaración de nulidad, prescripción, condición resolutoria
                                                                        1. - Dchos universales –partición, adjudicación del patrimonio herencial, sociedad conyugal y sociedad patrimonial
                                                                          1. - Dchos inmateriales: tiene como causales de extinción las mismas que rigen la extinción de los dchos reales.
                                                                        2. MODIFICACION
                                                                          1. SUBJETIVA
                                                                            1. La modificación subjetiva opera cuando cambia el titular del derecho. Lo anterior ocurre en caso de transferencia del derecho (por acto entre vivos) y de transmisión (sucesión por causa de muerte).
                                                                            2. OBJETIVA
                                                                              1. CUANTITATIVA

                                                                                Annotations:

                                                                                • Es cuantitativa cuando el objeto del derecho aumenta o disminuye
                                                                                1. CUALITATIVA

                                                                                  Annotations:

                                                                                  • cuando varía la naturaleza del derecho o su objeto (en este último caso se denomina subrogación real).
                                                                              Show full summary Hide full summary

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                                                                              Andrea León
                                                                              Atributos a la Personalidad (Jurídica)
                                                                              David Lopez
                                                                              Bienes Muebles e Inmuebles
                                                                              Aless .Guanipa