Limitaciones en el interés
privado y en el interés público
1. Limitaciones impuestas por la ley teniendo en
cuenta inmediatamente el interés privado de los
demás particulares propietarios de inmuebles.
2. Limitaciones impuestas por el orden jurídico en
atención al interés público de la colectividad.
Limitaciones
administrativas
Las principales limitaciones
administrativas a la propiedad
privada son: a) Meras restricciones;
b) servidumbre; c) ocupación
temporánea; d) expropiación.
LIMITACIONES LEGALES
las limitaciones que se derivan de la
situación de los lugares; la inmensa
mayoría de las cuales se refieren al
régimen de las aguas
limitaciones por concepto de derecho de
paso, de acueducto y de conductores
eléctricos donde por error de sistemática se
mezclan las limitaciones con verdaderas y
propias servidumbres
limitaciones derivadas de la
medianería que se estudian a
propósito de la indivisión forzosa
limitaciones relativas a la distancia y obras
intermedias que se requieren para ciertas
construcciones, excavaciones, plantaciones y
establecimientos estipulados
limitaciones en materia de luces y
vistas de la propiedad del vecino
limitaciones por razón de desagüe
de los techos
LIMITACIONES QUE TIENEN POR OBJETO LA UTILIDAD PUBLICA
La expropiación por causa de utilidad pública
Agua. Para la defensa del curso de las aguas y
utilización de ríos y canales navegables o flotables
se impone una limitación a los propietarios
ribereños.
Conservación de Bosques. Está prohibida la destrucción de
bosques en tierras sujetas a vinculo forestal e impuestas
muchas limitaciones a terrenos montañosos y forestales
limitaciones sanitarias. El Estado debe
garantizar la salud pública.
Conservación de
caminos y carreteras
Minas. El propietario puede hacer en el
subsuelo las construcciones y
excavaciones
Limitaciones edilicias. La obligación de alinear los
edificios de las calles, el someterse en la edificación
ciertas reglas estéticas
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.