Excedencias de los funcionarios de carrera (ART. 89, TREBEP)

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Excedencias de los funcionarios de carrera (ART. 89, TREBEP)
  1. Excedencia por razón de violencia de género
    1. A instancia de las FUNCIONARIAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
      1. Para hacer efectiva protección o derecho a asistencia social integral
        1. Sin necesidad de servicios previos en la Admin.
          1. Sin ningún plazo de permanencia en la excedencia
          2. Efectos
            1. RETRIBUCIONES ÍNTEGRAS 2 PRIMEROS MESES + PRESTACIÓN FAMILIAR POR HIJO A CARGO (EN SU CASO)
              1. 6 PRIMEROS MESES RESERVA DEL PUESTO DE TRABAJO
                1. SI ACTUACIONES JUDICIALES LO REQUIEREN, PROLONGACIÓN POR PERÍODOS SUCESIVOS DE TRES MESES, CON MÁX. DE 18 (COMPUTA COMO LOS 6 PRIMEROS MESES)
                  1. COMPUTA PARA CARRERA, ANTIGÜEDAD Y BENEFICIOS EN LA SEG. SOCIAL
              2. Excedencia por cuidado de familiares
                1. A instancia de los funcionarios
                  1. Excedencia única por cada sujeto causante. Si nueva excedencia por sujeto distinto, inicio de nueva excedencia pone fin a la primera
                    1. Si dos funcionarios generan misma excedencia por mismo sujeto causante, Admin. podrá limitar DISFRUTE SIMULTÁNEO por razones del servicio
                    2. Para cuidado de hijo o menor con fines de adopción o acogimiento permanente
                      1. Para cuidado de familiares a su cargo (1º o 2º grado consanguinidad o afinidad), que no puedan valerse por sí mismos (enfermedad, accidente, discapacidad, edad) y no realicen actividad retribuida
                        1. 1º GRADO
                          1. PADRES O SUEGROS
                            1. HIJOS, YERNOS O NUERAS
                            2. 2º GRADO
                              1. ABUELOS
                                1. NIETOS
                                  1. HERMANOS, CUÑADOS O CUÑADAS
                                2. Duración
                                  1. MÁXIMO 3 AÑOS
                                    1. Contados desde nacimiento (MATERNIDAD POR NATURALEZA)
                                      1. Contados desde fecha de resolucíón judicial o administrativa (ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO)
                                        1. Contados desde fecha de comienzo de excedencia (CUIDADO DE FAMILIARES)
                                      2. Efectos
                                        1. NO RETRIBUCIONES
                                          1. TIEMPO EN EXCEDENCIA COMPUTA PARA CARRERA, TRIENIOS, DERECHOS EN SEG. SOCIAL, SOLICITUD DE EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERÉS PARTICULAR Y PARTICIPACIÓN EN CURSOS DE FORMACIÓN DE LA ADMIN.
                                            1. RESERVA DEL PUESTO DE TRABAJO
                                              1. MÍN. DOS PRIMEROS AÑOS: MISMO PUESTO
                                                1. POSTERIORMENTE PUESTO EN MISMA LOCALIDAD, CON MISMA RETRIBUCIÓN
                                            2. Excedencia voluntaria por interés particular
                                              1. A instancia de funcionarios
                                                1. Podrá solicitarse si se han prestado MÍNIMO 5 AÑOS de servicios
                                                  1. Leyes de la función pública en desarrollo del TREBEP podrán establecer: 1) menor período mínimo de servicios y 2) período mínimo de duración de la excedencia
                                                  2. Concesión puede denegarse motivadamente por necesidades de servicio
                                                    1. Se deniega si se instruye expediente disciplinario al funcionario
                                                    2. De oficio
                                                      1. Declaración cuando termine causa de pase a situación distinta de servicio activo y funcionario incumpla la obligación de solicitar reingreso a servicio activo en plazo
                                                      2. Duración
                                                        1. MÍNIMO 2 AÑOS (según RD 365/1995)
                                                        2. Efectos
                                                          1. NO RETRIBUCIONES
                                                            1. TIEMPO EN EXCEDENCIA NO COMPUTABLE A EFECTOS DE CARRERA, ANTIGÜEDAD O DERECHOS EN LA SEG. SOCIAL
                                                          2. Excedencia voluntaria por agrupación familiar
                                                            1. A instancia de funcionarios
                                                              1. No se exige período mínimo de servicios
                                                                1. Podrá solicitarla si cónyuge reside en localidad distinta y desempeña puesto definitivo de FUNCIONARIO DE CARRERA o personal LABORAL FIJO en Admin. Púb., organismo dependiente de ellas, órgano constitucional o de CA, institución UE u organismo internacional
                                                                2. Efectos
                                                                  1. NO RETRIBUCIONES
                                                                    1. TIEMPO EN EXCEDENCIA NO COMPUTABLE A EFECTOS DE CARRERA, ANTIGÜEDAD O DERECHOS EN LA SEG. SOCIAL
                                                                    2. Duración
                                                                      1. MÍNIMO 2 AÑOS (RD 365/1995)
                                                                        1. MÁXIMO 15 AÑOS (RD 365/1995)
                                                                      2. Excedencia por razón de violencia terrorista
                                                                        1. A instancias de FUNCIONARIOS VÍCTIMAS DE TERRORISMO O AMENAZADOS (en términos de art. 5, Ley 29/2011)
                                                                          1. REQUIERE PREVIO RECONOCIMIENTO POR MINISTERIO DEL INTERIOR O SENTENCIA JUDICIAL FIRME
                                                                            1. No requiere período mínimo de prestación de servicios en Admin.
                                                                              1. No se exige permanencia mínima en excedencia
                                                                                1. REGLAMENTO establece condiciones de autorización y mantenimiento de la excedencia mientras sea necesario, para protección y asistencia integral de víctimas de terrorismo o amenazados
                                                                                2. Efectos
                                                                                  1. RETRIBUCIONES ÍNTEGRAS 2 PRIMEROS MESES + PRESTACIÓN FAMILIAR POR HIJO A CARGO (EN SU CASO)
                                                                                    1. 6 PRIMEROS MESES RESERVA DEL PUESTO DE TRABAJO
                                                                                      1. COMPUTA PARA CARRERA, ANTIGÜEDAD Y BENEFICIOS EN LA SEG. SOCIAL
                                                                                        1. PROLONGACIÓN POR PERÍODOS SUCESIVOS DE TRES MESES, CON MÁX. DE 18 (COMPUTA COMO LOS 6 PRIMEROS MESES)
                                                                                    Show full summary Hide full summary

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                                                                                    ASW - T3
                                                                                    Ivana Fraile
                                                                                    Sociales 4ºESO
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