Impuesto Sobre las Ventas IVA

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Información resumida sobre el IVA y actualizada con la nueva ley 1819 de 2016
Maleja Prada
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Maleja Prada
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Resource summary

Impuesto Sobre las Ventas IVA
  1. Impuesto de valor agredo - IVA
    1. Gravamen que recae sobre el consumo de bienes y servicios
      1. Bienes
        1. Corporales
          1. Reales - Tangibles
          2. Incorporales
            1. Derechos - Intangibles
            2. Excluidos
              1. No causan impuesto
                1. No tienen relación con el gravamen
                  1. Todos los expuestos en el Art 424 del E.T.
              2. Gravados
                1. Sometidos a gravamen
                2. Exentos
                  1. Marcados a la Tarifa del 0%
                    1. Bienes con tratamiento especial
                      1. Productores y exportadores de bienes exentos tienen derecho a devolución de los impuestos generados en la producción.
                        1. Al contrario de las operaciones excluidas no tienen el mismo derecho
                    2. Servicios
                      1. Actividad, trabajo o labor prestado por una persona natural o jurídica, la cual genera una contraprestación en dinero o especie
                        1. Gravados
                          1. Servicio prestado en el territorio nacional
                          2. Exento
                            1. Gravados a la tarifa del 0%
                            2. Excluido
                              1. No causan el impuesto y la ley así lo califica
                        2. Cambios introducidos con la Ley 1819/2016
                          1. Vigencia a partir del 1/01/2017
                            1. Aumento a la tarifa general
                          2. Base Gravable
                            1. Valor por el cual se aplica la tarifa para poder tener el impuesto respectivo
                              1. Se conforma por el valor total de la operación
                              2. Costos directos
                                1. Productos
                                  1. Mercancías
                                    1. Servicios
                                    2. Costos indirectos
                                      1. Comisiones
                                        1. Descuentos
                                          1. Instalaciones
                                            1. Fletes
                                              1. Acarreos
                                                1. Seguros
                                                  1. Intereses Corrientes / Mora
                                                2. Hechos considerados ventas
                                                  1. Todos los actos que impliquen transferencia del dominio o titulo
                                                    1. Bienes
                                                      1. Muebles
                                                        1. Inmuebles
                                                      2. Retiros de bienes mueble o inmuebles hecho por el responsable para uso de la empresa
                                                        1. Hechos no considerados venta
                                                          1. Donaciones por entidades estatales por mercancías a favor de la nación
                                                            1. Asignación de mercancías decomisadas a favor de la nación
                                                              1. Entrega de mercancía decomisadas a favor de la nación para extinguir deudas
                                                            2. Hechos Generadores del impuesto
                                                              1. Venta de bienes corporales
                                                                1. Muebles
                                                                  1. Inmuebles
                                                                  2. Venta de derechos dentro y fuera del pais
                                                                    1. servicios prestados dentro o fuera del pais
                                                                      1. Importaciones de bienes corporales NO excluidas expresamente
                                                                        1. Ventas de operaciones de juegos de suerte y azar
                                                                          1. Excepto loterías y juegos de suerte y azar operados solo por internet
                                                                        2. Causaciones del impuesto
                                                                          1. En las ventas
                                                                            1. Emisión de factura o documentos equivalente
                                                                              1. Al momento de entrega de lo comprado
                                                                              2. En retiros según Art 421 E.T Hechos generadores
                                                                                1. En la prestación de servicios
                                                                                  1. Emisión de factura
                                                                                    1. A la fecha de terminación del servicio
                                                                                      1. Pago de abono en cuenta
                                                                                      2. En importaciones
                                                                                        1. Al nacionalizar el bien
                                                                                      3. Tarifas
                                                                                        1. Tarifa general
                                                                                          1. 19%
                                                                                            1. 5%
                                                                                          2. Regimen
                                                                                            1. Simplificado
                                                                                              1. Personas naturales, agricultores o ganaderos que realicen operaciones gravadas
                                                                                                1. Con ingresos brutos <3.500 UVT
                                                                                                  1. Máximo un establecimiento de comercio
                                                                                                    1. Movimientos bancarios <3.500 UVT
                                                                                                      1. No serusuario aduanero
                                                                                                      2. Común
                                                                                                        1. Personas Juridicas
                                                                                                          1. 2 o más establecimientos de comercio
                                                                                                            1. Ingresos brutos >3.500 UVT
                                                                                                              1. Movimientos bancarios >3.500 UVT
                                                                                                            2. Retención en la Fuente
                                                                                                              1. Con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre las ventas
                                                                                                                1. Se practica en el momento en que se realice el pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero.
                                                                                                                  1. La retención será equivalente al quince por ciento (15%) del valor del impuesto.
                                                                                                                  2. Presentación y declaración
                                                                                                                    1. Periodo Gravable
                                                                                                                      1. Bimestral
                                                                                                                        1. Grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales
                                                                                                                          1. Ingresos brutos año anterior >=92.000 UVT
                                                                                                                        2. Cuatrimestral
                                                                                                                          1. Personas jurídicas o naturales
                                                                                                                            1. Ingresos brutos año anterior >= 15.000 UVT <92.000 UVT
                                                                                                                          2. Anual
                                                                                                                            1. Personas jurídicas y naturales
                                                                                                                              1. Ingresos brutos año anterior <15.000 UVT
                                                                                                                          3. Formulario autorizado
                                                                                                                            1. Declaración del Impuesto Sobre las Ventas - IVA 300
                                                                                                                            2. Sanciones
                                                                                                                              1. Miníma =10UVT
                                                                                                                                1. Extemporaneidad
                                                                                                                                  1. =5% del impuesto a cargo
                                                                                                                                  2. Extemporaneidad con emplazamiento
                                                                                                                                    1. =10% del impuesto a cargo
                                                                                                                                    2. Por no declarar
                                                                                                                                      1. =10% de ingresos brutos o movimientos bancarios
                                                                                                                                  Show full summary Hide full summary

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                                                                                                                                  nilopc11
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                                                                                                                                  Elia Ximena Lope
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                                                                                                                                  JOSE RAMON RIVERO NEGRIN