RIESGOS DE TRABAJO

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RIESGOS TRABAJO IMSS
Julio Domínguez
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Julio Domínguez
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RIESGOS DE TRABAJO
  1. ¿que son?
    1. Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo, art. 473 de la LFT.
    2. SEGURO DE RT IMSS
      1. ¿para que sirven?
        1. Protege al trabajador en caso de que sufra algún accidente o enfermedad; a los beneficiarios del asegurado si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la muerte; y a las empresas al relevarlas del cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley Federal del Trabajo sobre la Responsabilidad por esta clase de riesgos.
          1. ¿en que casos?
            1. En los relacionados con el ejercicio del trabajo, o aquel que pudiera ocurrir al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa.
        2. PRESTACIONES
          1. EN DINERO
            1. AL ASEGURADO
              1. Subsidio por incapacidad temporal para el trabajo
                1. FUENTES DE INFORMACIÓN
                  1. http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/informes/20132014/07_Cap03.pdf http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_120615.pdf http://tesis.uson.mx/digital/tesis/docs/12609/capitulo1.pdf
                2. Indemnización Global
                  1. Pensión por incapacidad permanente parcial.
                    1. Pensión por incapacidad permanente total
                    2. AL BENEFICIARIO
                      1. Pensión. Artículo 64, fracciones II,III,IV,V y VI; 65 y 66 Ayudas para gastos de funeral. Artículo 64, fracción I
                    3. EN ESPECIE
                      1. Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, Servicio de hospitalización, Aparatos de Prótesis y ortopedia, Rehabilitación, Servicios de carácter preventivo
                  2. CLASIFICACIÓN
                    1. ACCIDENTE EN TRABAJO ACCIDENTE EN TRAYECTO ENFERMEDAD DE TRABAJO O PROFESIONAL
                      1. ¿que es un accidente de trabajo?
                        1. Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo.
                        2. ¿que es una enfermedad de trabajo?
                          1. Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
                      2. CONSECUENCIAS
                        1. I. Incapacidad temporal; pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo
                          1. II. Incapacidad permanente parcial; es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.
                            1. III. Incapacidad permanente total; es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.
                              1. IV. La muerte.
                              2. INDEMNIZACIÓN
                                1. Por Incapacidad temporal. Consistirá en el pago íntegro del salario que deje de percibir mientras subsista la imposibilidad de trabajar.
                                  1. Por incapacidad permanente parcial. Consistirá en el pago del tanto por ciento que fija la tabla de valuación de incapacidades, calculado sobre el importe que debería pagarse si la incapacidad hubiese sido permanente total.
                                    1. Incapacidad permanente total. Consistirá en una cantidad equivalente al importe de mil noventa y cinco días de salario.
                                      1. Por la muerte del trabajador comprenderá:
                                        1. I. Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios; y
                                          1. II. La cantidad equivalente al importe de cinco mil días de salario, sin deducir la indemnización que percibió el trabajador durante el tiempo en que estuvo sometido al régimen de incapacidad temporal.
                                            1. ELABORÓ: JULIO CESAR DOMÍNGUEZ HIDALGO
                                        2. DERECHOS
                                          1. I. Asistencia médica y quirúrgica; II. Rehabilitación; III. Hospitalización, cuando el caso lo requiera; IV. Medicamentos y material de curación; V. Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios; y VI. Indemnización
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