Finanzas públicas

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Finanzas públicas
  1. CONCEPTO E HISTORIA DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
    1. Concepto
      1. Las finanzas públicas estudian todo lo referente a la Hacienda Pública, la captación, administración y aplicación de los recursos financieros del Estado.
        1. Otras finalidades de la ciencia de las finanzas públicas
          1. Evaluar el impacto de la política fiscal en la economía, efecto económico y social del ingreso y el gasto público, conocer la efectividad de las medidas de política económica; investigar las diversas formas de financiamiento para cubrir los gastos.
      2. Historia del estado y las finanzas públicas
        1. Funciones del estado
          1. En general, cada función es de naturaleza política, bajo las directrices de la acción estatal, en las condiciones de su entorno y disponer de soluciones que satisfagan las necesidades de la colectividad.
            1. Dentro de las funciones se encuentran: la captación y asignación de recursos con que el Estado financia su mandato; le corresponde obtener los fondos necesarios para su gestión, sea cual fuere su fuente o su destino. se entiende el derecho para la imposición y la redistribución, el pago de la deuda interna y externa y la suscripción de empréstitos que puedan reducir las pérdidas, etc.
          2. Actividad financiera del estado
            1. El Estado dirige su actividad diaria hacia grandes objetivos tanto sociales como económicos y a la consecución de medios para alcanzarlos; las erogaciones que realiza, la administración y gestión de los recursos patrimoniales, constituyen precisamente la actividad financiera.
              1. Según Flores Zavala, no es un derecho del Estado percibir los impuestos, porque no es potestativo para él hacerlo, es obligatorio. Los postulados financieros del Estado son mandatos obligatorios. En la actividad financiera privada la libertad de elección es la regla; en la estatal, el marco es siempre el interés público, las leyes y los programas trazados previamente.
            2. Evolución teórica de las finanzas públicas
              1. Maquiavelo (el dinero y la espada eran las bases del poder), Francisco de Vitoria (la justicia no puede ser ejercida sino entre la multitud y la amistad, las congregaciones requieren para persistir una fuerza y potestad que gobierne y provea), Locke (justifica la revolución inglesa, erradica el derecho divino de los reyes y el triunfo del parlamento, propiedad privada y esfuerzo individual), Rousseau (la voluntad general puede dirigir las fuerzas del estado de acuerdo con los fines de su institución, que es el bien común; sirve para crear el vínculo social y fundamenta la soberanía como ejercicio de la voluntad general , Mill (el utilitarismo, mayor felicidad general, no del propio agente)
              2. Teorías de las finanzas públicas
                1. Ingresos públicos (recaudación de recursos monetarios), Presupuesto público (cómo asignar recursos adecuados), Crédito público (capacidad de endeudamiento), Gastos públicos (erogaciones monetarias), Haciendas secundatias (gobiernos locales y sus haciendas), Hacienda social (servir y mejorar el entorno económico y social del individuo)
            3. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
              1. Artículo 25.
                1. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza...
                  1. El Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo y los planes estatales y municipales deberán observar dicho principio.
                    1. El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.
                2. Artículo 28.
                  1. El Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo y en las actividades de carácter prioritario donde, de acuerdo con las leyes, participe por sí o con los sectores social y privado.  El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración.
                  2. Artículo 126.
                    1. El Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo y en las actividades de carácter prioritario donde, de acuerdo con las leyes, participe por sí o con los sectores social y privado. El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración.
                    2. Artículo 134.
                      1. Los recursos económicos se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, la Federación y las entidades federativas.
                      2. Artículo 26.
                        1. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
                          1. Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de participación que establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo.
                            1. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.
                      3. LA PLANEACIÓN
                        1. Concepto
                          1. Es una actividad que establece prioridades, se determine qué es lo que se debe alcanzar, cómo se debe alcanzar y qué medios se deben utilizar para obtener esas finalidades que pueden ser a corto, mediano o largo plazo.
                            1. La planeación es una técnica de actuación de magnitud global sobre la actividad económica por parte del poder público del Estado.
                          2. Fundamento jurídico
                            1. Artículo 26 de la Constitución Política: se organizará un sistema de planeación de desarrollo económico en el que participen los sectores de la sociedad, mediante la elaboración de un plan obligatorio para la APF; ésta podrá celebrar convenios con las entidades federativas y los particulares.
                            2. Etapas del proceso de planeación
                              1. Formulación, discusión y aprobación, ejecución, control y evaluación.
                              2. Historia de la planeación
                                1. Modernamente, la planeación surge en 1926, como una actividad importante del estado a partir de la experiencia de la Unión Soviética con sus planes quinquenales. Al desaparecer la Unión Soviética en 1989 y caer los regímenes socialistas, también desapareció la planificación central. La planeación continúo en la URSS hasta su desaparición como Estado en 1990.
                                  1. 1. Planeación imperativa o compulsiva.
                                    1. Por mucho tiempo, hablar de planeación económica fue un sinónimo de socialismo, como un sistema económico contrario a la economía de libre mercado. Este sistema se realizó a través de una dirección central de la economía, antítesis de la libertad económica y política, y tuvo un carácter mítico como palanca para la transformación radical de todo un sistema político y social.
                                    2. 2. Planeación indicativa o flexible.
                                      1. La praxis planificadora occidental creó su propio modelo llamado planificación indicativa, de origen francés, que responde a la filosofía de búsqueda de un punto medio que concilie el respeto a la libertad y a la iniciativa individual con una orientación común del desarrollo.
                                  2. Principios en que se basa
                                    1. 1) Soberanía, independencia y autodeterminación política, económica y cultural; 2) Régimen democrático, republicano, federal y representativo, la democracia como sistema de vida; 3) La igualdad de derechos.
                                      1. 4) Garantías individuales 5) Pacto federal y municipio libre. 6) Equilibrio de los factores de la producción.
                                      2. Principios de la planificación
                                        1. Racionalidad, previsión, universalidad, unidad, continuidad, inherencia
                                        2. 4 tipos de programas contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo
                                          1. Regionales
                                            1. Regionales.- Se referirá a las regiones que se consideren prioritarias y estratégicas y cuya extensión territorial rebase el ámbito jurisdiccional de una entidad federativa;
                                            2. Sectoriales
                                              1. Especificarán los objetivos, las prioridades y las políticas que regirán el desempeño del sector administrativo de que se trate; a) Agropecuario; b) Educativo; c) Laboral; d) De seguridad social; e) De asentamientos humanos; f) De administración de Justicia; g) De procuración de justicia; h) Seguridad pública; i) De gasto público, comercio exterior, j) Tributario, entre otros.
                                              2. Especiales
                                                1. Especiales.- Deberán contraerse a las prioridades del desarrollo integral del país fiados en el plan, o a las actividades relacionadas con dos o más dependencias coordinadas de sector.
                                                2. Institucionales
                                                  1. Institucionales.- Los elaboran las entidades paraestatales.
                                                3. Sistema Nacional de Planeación
                                                  1. Mediante este sistema se llevan a cabo las acciones relacionadas con el plan en lo concerniente a su preparación, formulación, instrumentación, control, actualización y evaluación.
                                                    1. Artículo 12 de la Ley de Planeación, los aspectos de la planeación nacional del desarrollo que correspondan a las dependencias y entidades de la APF se llevarán a cabo mediante el SNP.
                                                      1. Artículo 20, en el ámbito del SNP, tendrá lugar la participación y consulta de los diversos grupos sociales y será coordinado por la Secretaría de Hacienda.
                                                  2. LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS
                                                    1. Definición de Presupuesto de Egresos
                                                      1. Definición
                                                        1. Es el documento jurídico contable y de política económica aprobado por el Congreso del Estado a iniciativa del titular del Poder Ejecutivo donde e consignan las estimaciones de gasto a ejercer por el gobierno del Estado durante el ejercicio fiscal correspondiente, en equilibrio con la Ley de Ingresos.
                                                        2. Peso macroeconómico
                                                          1. En el crecimiento, el empleo, la inflación y la estabilidad.
                                                            1. Las políticas de ingreso y de asignación del gasto público son elementos clave de la política económica: tienen impactos definitivos en el crecimiento de la economía y en el desarrollo social; son además impactos de largo alcance.
                                                          2. Ley de Ingresos
                                                            1. Definición
                                                              1. Ordenamiento jurídico propuesto por el poder Ejecutivo y aprobado por el poder Legislativo que contiene los conceptos bajo los cuales se podrán captar los recursos financieros que permitan cubrir los gastos de la federación durante un ejercicio fiscal.
                                                              2. Fechas de elaboración
                                                                1. Tiene vigencia de un año y debe presentarse ante el Congreso de la Unión a más tardar el 8 de septiembre de cada año. La ley de ingresos será aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre.
                                                                2. Principios que se observan en la elaboración
                                                                  1. a) Precio de la mezcla del petróleo, b) estimaciones de las fuentes de ingresos, c) ajuste de programas y proyectos vigentes, acciones tendientes al logro de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo
                                                              3. EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y EL GASTO PÚBLICO
                                                                1. Proceso presupuestario
                                                                  1. Proceso
                                                                    1. Formulación y programación (8 de septiembre, Ejecutivo entrega al Legislativo), discusión y aprobación (15 de noviembre, Congreso revisa, 20 días naturales, Ejecutivo apela), ejecución (1 de enero al 31 de diciembre), control y auditoría (30 de abril del año siguiente, ejecutivo entrega la cuenta pública a la Auditoría Superior de la Federación; 20 de febrero, ASF envía al Congreso para que este revise; 30 de septiembre, Congreso dictamina).
                                                                    2. Rendición de cuentas
                                                                      1. DAR CUENTA DE LOS RESULTADOS + CORREGIR DEFICIENCIAS + FISCALIZACIÓN
                                                                      2. Control y auditoría
                                                                        1. Artículo 73 constitucional, fracción XXIV. Para expedir las leyes que regulen la organización y facultades de la Auditoría Superior de la Federación y las demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales; así como para expedir la ley general que establezca las bases de coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción a que se refiere el artículo 113 de esta Constitución;
                                                                        2. Fundamento jurídico
                                                                          1. Formulación y programación: CPEUM, art. 74. Facultad exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar el presupuesto de egresos.
                                                                          2. Principios constitucionales
                                                                            1. Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
                                                                          3. Gasto público
                                                                            1. Control de las finanzas públicas
                                                                              1. Es un sistema de reglas, procedimientos y operaciones que regulan las actividades y responsabilidades de la administración pública.
                                                                              2. Evaluación de las finanzas públicas
                                                                                1. Es un ejercicio que reconoce las capacidades acreditadas y localiza las fallas y errores que deben eliminarse.
                                                                                  1. La evaluación es el análisis sistemático y objetivo de los programas, con el fin de determinar la pertinencia y el logro de sus objetivos y metas, así como su eficiencia, eficacia, calidad, resultados, impacto y sostenibilidad. Con la finalidad de que las evaluaciones sean verdaderamente objetivas y utilizadas en la mejora de los programas, éstas son realizadas por evaluadores externos expertos en la materia.
                                                                                2. Objetivo del control y evaluación de las finanzas públicas
                                                                                  1. Ordenar, racionalizar y mejorar la administración pública.
                                                                                  2. Definición
                                                                                    1. Es un instrumento jurídico que contiene la aplicación de los recursos públicos del estado para el cumplimiento de las metas y objetivos del gobierno.
                                                                                    2. Fases del gasto público
                                                                                      1. Planeación, programación, presupuestación, ejercicio y control, seguimiento, evaluación, rendición de cuentas.
                                                                                      2. Principios del ejercicio presupuestario
                                                                                        1. Eficiencia, eficacia, economía, transparencia, honradez. Austeridad, rendición de cuentas, difusión de la información financiera, perspectiva territorial y de género. Evaluación del desempeño.
                                                                                    3. LAS FINANZAS PÚBLICAS EN EL ESTADO Y EL MUNICIPIO
                                                                                      1. Proceso presupuestario municipal
                                                                                        1. Tratándose de las iniciativas de Ley de Ingresos de los Ayuntamientos del Estado, el plazo para su aprobación definitiva por parte del Congreso será también el 31 de diciembre del año anterior al ejercicio fiscal de que se trate y si ello no ocurre, en lo conducente se seguirán las reglas previstas los párrafos anteriores. Deberá incluir la estimación de los ingresos que tendrá por los diferentes conceptos aplicables durante el siguiente ejercicio fiscal.
                                                                                        2. Facultades del titular del ejecutivo local en el proceso presupuestario
                                                                                          1. Constitución Política de Tamaulipas: ARTICULO 91.- VII.- Presentar al Congreso la Iniciativa de Ley de Ingresos del Estado, el proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado, así como remitir trimestralmente las cuentas de recaudación y aplicación de los fondos públicos del Estado, en los términos que dispone esta Constitución;  XX.- Ejercer la superior inspección de la Hacienda Pública del Estado y velar por su recaudación, custodia, administración e inversión
                                                                                          2. Sistema de planeación Estatal
                                                                                            1. Constitución Política de Tamaulipas:Artículo 4.- El titular del Ejecutivo organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo económico, social, político, administrativo y cultural del Estado. La planeación será democrática. :
                                                                                              1. Las dependencias y entidades de la administración pública estatal y los municipios, formarán parte del Sistema, por conducto de las unidades administrativas que tengan asignadas las funciones de planeación dentro de las mismas.
                                                                                              2. Plan de desarrollo
                                                                                                1. Habrá un Plan Estatal de Desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la administración pública estatal. Mediante la participación de los diversos sectores sociales, recogerá las aspiraciones y las demandas de la sociedad, para incorporarlas a los planes y programas de desarrollo
                                                                                                2. Órganos en materia de deuda pública
                                                                                                  1. El Congreso del Estado, el Ejecutivo del Estado, los Ayuntamientos, la Secretaría de Finanzas del Estado y el Comité Técnico de Financiamiento, cuyas funciones quedan señaladas en esta ley.
                                                                                                  2. Proceso presupuestario estatal
                                                                                                    1. El Congreso del Estado deberá deliberar y votar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Estado, a más tardar, el 31 de diciembre del año anterior al que deban regir, disponiéndose la convocatoria a la sesión extraordinaria que deberá celebrarse para cumplir ese objetivo si no se hubieren expedido esos ordenamientos o alguno de ellos antes de clausurar el segundo periodo de sesiones, una vez abierto el receso correspondiente.
                                                                                                    2. Leyes de ingreso de los municipios
                                                                                                      1. Constitución Política de Tamaulipas: Artículo 4.- La Ley de Ingresos de cada municipio deberá sujetarse a las disposiciones fiscales estatales, a la presente ley y a lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones en las que se haga referencia al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Los municipios deberán suspender el cobro de cualquier contribución contenida en sus Leyes de Ingresos cuando sean contrarias a las disposiciones que rigen el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, mientras subsista la adhesión del Estado a dicho sistema.
                                                                                                        1. El municipio obtiene recursos de los: impuestos, derechos, productos, participaciones, aprovechamientos, accesorios, financiamientos, aportaciones.
                                                                                                    Show full summary Hide full summary

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                                                                                                    Finanzas Públicas
                                                                                                    Carolina Cossio