CONSOLIDACION DE ESTADOS FINANCIEROS

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CONSOLIDACION DE ESTADOS FINANCIEROS
  1. ESTA REGULADA POR LA NIF B-8
    1. SU OBJETIVO ES : Establecer las normas generales para la elaboración y presentación de los estados financieros consolidados y combinados; así como, para las revelaciones que acompañan a dichos estados financieros. Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todo tipo de entidades que emitan estados financieros.
      1. DEFINICIONES:
        1. Estados Financieros Consolidados Son aquéllos estados financieros que presentan la situación financiera, la utilidad o pérdida neta, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo consolidados de una entidad económica conformada por la entidad controladora y sus subsidiarias
          1. Control es el poder de decidir unilateralmente las políticas financieras y operativas de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus actividades
            1. Participación Controladora Es la porción del capital contable de una entidad que pertenece, directa o indirectamente, a la controladora Participación No controladora es la porción del capital contable de una subsidiaria que pertenece a otros dueños distintos a la controladora;
              1. Controladora Es aquélla entidad que tiene inversiones permanentes en otra entidad denominada subsidiaria
                1. Estados financieros No consolidados Son aquéllos estados financieros presentados por una entidad controladora, en los cuales, su inversión en subsidiarias no es consolidada sino valuada con el método de participación; Los estados financieros de una entidad que no tenga participación en negocios conjuntos, no se consideran estados financieros no consolidados;
                  1. Subsidiaria Es en una entidad sobre la cual la tenedora ejerce, directa o indirectamente a través de subsidiarias, control; la subsidiaria puede ser o no una entidad con propósito específico (EPE)1 y tener una forma jurídica similar o diferente a la de la entidad tenedora; por ejemplo, puede ser una sociedad anónima, una sociedad civil, un fideicomiso, una asociación, etc.;
                    1. Estados financieros combinados Son aquéllos estados financieros que presentan en conjunto, la situación financiera, la utilidad o pérdida neta, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo de entidades afiliadas que pertenecen a los mismos dueños
                      1. Afiliadas Son aquéllas entidades que tienen dueños o accionistas comunes.
      2. REGLAS PARA CONSOLIDAR:
        1. 1. Deben incluirse las subsidiarias de las cuales se tengan el control de las acciones con derecho a voto.
          1. 2. Deben eliminarse todas las transacciones efectuadas entre las compañías consolidadas, como los conceptos por cobrar y por pagar, ya que desde el punto de vista de la integración del grupo, no representa derechos u obligaciones de entidades ajenas al grupo.
            1. Deben eliminarse las ganancias no realizadas resultantes de las transacciones entre el grupo incluidas entre el inventario y activos fijos. Si los inventarios adquiridos de una compañía del grupo aún se encuentran en inventario, deben valuarse al costo de producción o de adquisición de la compañía vendedora, más gastos de transporte o de fabricación de la compradora, en el caso de haberse procesado. Es decir,
              1. 3. Deben eliminarse las inversiones de la compañía tenedora de las acciones de sus subsidiarias (o asociadas, en caso de la consolidación de éstas) contra sus activos y pasivos que se reciben y suma en la consolidación. La inversión en acciones debe ser eliminada contra el valor contable que las acciones que la emisora tenía en la fecha de compra de las acciones. Si existen distintas fechas de compras, la eliminación de la inversión debe efectuarse por etapas, tomando en cuenta el valor contable de las acciones en cada una de las fechas de compra.
                1. 4. En los casos en que la tenedora no sea propietaria de la totalidad de la subsidiaria, o cuando se trate de una asociada que se consolide, la proporción que corresponda al interés minoritario o mayoritario debe tratarse separadamente de los pasivos y del capital contable de la tenedora.
                  1. 5. Para que los estados financieros consolidados presenten una situación financiera y resultados uniformes, como si se tratará de una sola compañía, la tenedora y sus subsidiarias o asociadas consolidadas deben aplicar las Normas de Información Financiera uniformemente cuando las circunstancias sean similares.
                    1. 6. Los estados financieros de las subsidiarias deberán ser preparados a una misma fecha o con una diferencia que no exceda tres meses de la fecha de los estados consolidados.
        2. REGLAS PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL ESTADO DE RESULTADOS
          1. 1. Deben consolidarse estados que se refieran al mismo periodo. Si se consolida el estado de resultados de una afiliada o una asociada que difiera del resto del grupo, debe indicarse este hecho en el estado. Para que el estado consolidado produzca información efectiva, se requiere que el periodo que cubran los varios estados que se consolidan termine en la misma fecha de los estados consolidados.
            1. 2. En el caso de compra de una subsidiaria o asociada adquirida por la tenedora en el curso de periodo de operaciones, es necesario que las cifras de resultados de tal subsidiaria o asociada se determinen a partir de la fecha de la compra de acciones, de tal manera que sus operaciones hasta antes de la adquisición de sus acciones no formen parte del estado consolidado. En esta forma se pueden precisar los resultados efectivos del grupo y de la gestión de su administración. Por el contrario, en el caso de que ocurra la venta de una asociada o afiliada dentro del periodo, se deben incluir únicamente los resultados de operación hasta la fecha de venta.
              1. 3. Todas las transacciones entre las afiliadas y las asociadas que se consolidan y que afectan resultados entre ellas, deben eliminarse en la consolidación para que las cifras resultantes muestren operaciones únicamente con entidades ajenas al grupo.
                1. 4. La participación de los accionistas minoritarios en el estado de resultados consolido deberá mostrarse como una deducción, inmediatamente antes de la utilidad o pérdida neta.
          2. NOTAS
            1. Las notas, como presentación de las prácticas contables y revelación de la empresa, son parte integral de todos y cada uno de los estados financieros.
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