El objeto de esta Leyes contribuir a la
formación de ciudadanos activos que
aporten a la construcción de una
sociedad democrática, participativa,
pluralista e intercultural, en
concordancia con el mandato
constitucional y la Ley General de
Educación -Ley 115 de 1994- mediante la
creación del sistema nacional de
convivencia escolar y formación para
los derechos humanos, la educación
para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar, que
promueva y fortalezca la formación
ciudadana y el ejercicio de los
ARTICULO 2: EN ESTE MARCO SE ENTIENDE
POR:
COMPETENCIAS CIUDADANAS
es una de las competencias basicas que se
definen como el conjunto de conocimientos y
de habilidades cognitivas, emocionales y
comunicativas que, articulados entre sí,
hacen posible que el ciudadano actúe de
manera constructiva en una sociedad
democrática
Acoso escolar o bullying:
Conducta negativa, intencional metódica y
sistemática de agresión, intimidación, humillación,
ridiculización, difamación, coacción, aislamiento
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o
cualquier forma de maltrato psicológico, verbal,
físico o por medios electrónicos contra un niño,
niña o adolescente,
Ciberbullying o ciberacoso escolar~
forma de intimidación con uso
deliberado de tecnologías de
información (Internet, redes
sociales virtuales, telefonía
móvil y video juegos online)
para ejercer maltrato
psicológico y continuado. CAPIT
ARTICULO 4 : OBJECTIVO DEL SISTEMA
Son objetivos del sistema nacional de
convivencia escolar y formación para los
derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de
la violencia escolar
1) Fomentar, fortalecer y articular
acciones de diferentes instancias
del Estado para la convivencia
escolar, la construcción de
ciudadanía y la educación para el
ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y
reproductivos de los niños, niñas
2) Garantizar la protección
integral de los niños, niñas y
adolescentes en los espacios
educativos, a través de la puesta
en marcha y el seguimiento de la
ruta de atención integral para la
convivencia escolar, teniendo en
cuenta los contextos sociales y
culturales particulares.
3) Fomentar y fortalecer la educación en y
para la paz, las competencias ciudadanas, el
desarrollo de la identidad, la participación, la
responsabilidad democrática, la valoración de
las diferencias y el cumplimiento de la ley, para
la formación de sujetos activos de derechos.
ARTICULO 5: PRINCIPIOS DEL SISTEMA
Son principios del sistema nacional de convivencia
escolar y formación para los derechos humanos, la
educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar:
Participación._En virtud de este
principio las entidades y
establecimientos educativos deben
garantizar su participación activa para
la coordinación y armonización de
acciones, en el ejercicio de sus
respectivas funciones, que permitan el
cumplimiento de los fines del Sistema
Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos
educativos, la sociedad y el Estado son
corresponsables de la formación ciudadana, la
promoción de la convivencia escolar, la educación para
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos de los niños,
Autonomía:_Los individuos, entidades
territoriales e instituciones educativas son
autónomos en concordancia con la
Constitución Política y dentro de los límites
fijados por las leyes, normas y disposiciones
Diversidad: El Sistema se fundamenta
en el reconocimiento, respeto y
valoración de la dignidad propia y
ajena, sin discriminación por razones
de género, orientación o identidad
sexual, etnia o condición física, social
o cultural.
Integralidad: La filosofía del sistema será
integral, y estará orientada hacia la promoción
de la educación para la autorregulación del
individuo, de la educación para la sanción
social y de la educación en el respeto a la I
Constitución y las leyes.
ARTICULO 6 : ESTRUCTURA DEL SISTEMA
El sistema nacional de convivencia
escolar y formación para los derechos
humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación
de la violencia escolar, tendrá una
estructura constituida por instancias en
tres niveles: Nacional, Territorial y
Escolar, liderados por el sector educativo:
ARTICULO 3 CREACION
Créase el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para los derechos
humanos, la educación para la sexualidad y
la prevención y mitigación de la violencia
escolar, cuyos objetivos serán cumplidos a
través de la promoción, orientación y
coordinación de estrategias, programas y
actividades, en el marco de la
corresponsabilidad de los individuos, las
instituciones educativas, la familia, la
sociedad y el Estado.