Deben registrarse en las cámaras de comercio con jurisdicción en el domicilio principal de la
persona jurídica que se constituye, o en su defecto en las alcaldías.
Recoger en la cámara de comercio el certificado de existencia y representación legal, esto le permitirá
presentarse ante el organismo de vigilancia de acuerdo con el tipo de actividad que desarrolle.
Para el tramite de inscripción en las cámaras de comercio: Inicia con la presentación de los
documentos de la empresa y la verificación de que el nombre seleccionado no exista en la Cámara de
Comercio.
Una vez se verifique que el nombre seleccionado no está registrado, se procede a registrar el nombre.
Una vez radicados los documentos en la Cámara de Comercio, se debe solicitar el formulario de
información tributaria, el cual se debe diligenciar ya que le permite a la Cámara de Comercio hacer
entrega de la información a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de adelantar el
trámite de asignación del número de identificación tributaria (NIT) de la entidad.
Presentar los estatutos sociales y el acta de constitución.
se debe presentar el acta de la asamblea de constitución, para lo cual se debe establecer fecha y lugar
de la Asamblea de Constitución, lo que permitirá crear legalmente la organización.
se realiza la inscripción en el registro único tributario (RUT) de la DIAN; para obtenerlo se debe
diligenciar el formulario de inscripción.
Finalmente, se deben registrar estos documentos a la entidad gubernamental que vaya a ejercer
inspección, control o vigilancia, por medio del envío de copia autenticada del acta de la Asamblea de
Constitución, que incluye los estatutos de la entidad y el certificado de la existencia y representación
legal.
El acta de esta Asamblea se debe presentar en la Cámara de Comercio
Normativa sector solidario
Ley 79/88
El propósito de la presente ley es dotar al sector cooperativo de un marco propicio para su desarrollo
como parte fundamental de la economía nacional, de acuerdo con los siguientes objetivos: 1. Facilitar
la aplicación práctica de la doctrina y los principios del cooperativismo. 2. Promover el desarrollo del
derecho cooperativo como rama especial del ordenamiento jurídico general. 3. Contribuir al
fortalecimiento de la solidaridad y la economía social. 4. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de
la democracia, mediante una activa participación. 5. Fortalecer el apoyo del Gobierno Nacional,
Departamental y Municipal al sector cooperativo. 6. Propiciar la participación del sector cooperativo
en el diseño y ejecución de los planes y programas de desarrollo económico y social. 7. Propendar al
fortalecimiento y consolidación de la integración cooperativa en sus diferentes manifestaciones.
Ley 454/98
Por la cual se determina el
marco conceptual que
regula la economía
solidaria, se transforma el
Departamento
Administrativo Nacional de
Cooperativas en el
Departamento
Administrativo Nacional de
la Economía Solidaria, se
crea la Superintendencia
de la Economía Solidaria, se
crea el Fondo de Garantías
para las Cooperativas
Financieras y de Ahorro y
Crédito, se dictan normas
sobre la actividad
financiera de las entidades
de naturaleza cooperativa y
se expiden otras
disposiciones