Derecho Fiscal

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BRENDA PEREZ
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Ishrael Castillo
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BRENDA PEREZ
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Derecho Fiscal
  1. Conjunto de normas que regulan la conducta externa del hombre.
    1. Hans Kensel lo define como
      1. "El derecho es un orden de la conducta humana. Un 'orden' es un conjunto de normas. El derecho no es, como a veces se dice, una norma. Es un conjunto de normas que tienen el tipo de unidad a que nos referimos cuando hablamos de un sistema."
        1. Artículo 1o.- Las personas físicas y las morales, están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este Código se aplicarán en su defecto y sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que México sea parte. Sólo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico.
      2. Elementos de la obligación fiscal
        1. Sujetos de la obligación
          1. El sujeto activo es el derecho y obligación de cobrar todas las contribuciones
            1. Sujeto pasivo de las contribuciones; la obligación nace de la ley.
              1. Su obligación es pagar las contribuciones al fisco.
                1. Artículo 31, Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos
                  1. Fracción IV: obligacion de los mexicanos para la contribución.
                    1. Formas de exigir las obligaciones
                      1. El pago.
                        1. Dacion en pago
                          1. Prescripción
                            1. Confusión
                              1. Condonación
                                1. Compensación
                                  1. PAE: cuando no se pagane en la fecha determinada los tributos a cargo del contribuyente
                        2. Objeto de la obligación
                          1. Ordena y corrige las injusticias sociales que se presentan.
                            1. Artículo 6CFF, Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran.
                              1. Hecho generador del credito fiscal.
                                1. Hecho jurídico
                                  1. Elementos sirvientes
                                    1. La fuente de las contribuciones
                                      1. La unidad fiscal.
                                        1. Base del impuesto
                                          1. cuota del impuesto
                                            1. IVA: GRAVA EL CONSUMO DE BIENES Y SERVICIOS
                                          2. Los principios constitucionales que actúan como garantías normativas
                                            1. El principio de sujeción de todos los poderes del Estado y de los ciudadanos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. (Artículo 9.1. de la CE, reiterado en el artículo 53.1 de la CE.)
                                              1. El principio de legalidad, que aparece consagrado, por vez primera, en los artículos 4, 5 y 6 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.
                                                1. Proporcionalidad, equidad obligatoriedad, legalidad y vinculación al gasto público.
                                        2. Artículo 8 CFF: Para los efectos fiscales se entenderá por México, país y territorio nacional, lo que conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos integra el territorio nacional y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial.
                                          1. Artículo 10.- Se considera domicilio fiscal: Cuando los contribuyentes no hayan designado un domicilio fiscal estando obligados a ello, o hubieran designado como domicilio fiscal un lugar distinto al que les corresponda de acuerdo con lo dispuesto en este mismo precepto o cuando hayan manifestado un domicilio ficticio, las autoridades fiscales podrán practicar diligencias en cualquier lugar en el que realicen sus actividades
                                            1. Contribución de mejoras: son las establecidas en la ley a cargo de las personas fisicas y morales y benefician de manera directa por obras públicas
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