Decreto 111 de 1996 ESTATUTO ORGANICO DEL PRESUPUESTO
Presupuesto de los
establecimientos
publicos
Empresas industriales del
estado
sociedades de economia
mixta
Principios
presupuestales
Anualidad
Unidad de
caja
Hmeostasis
Programación
Integral
Inembargabilidad
Universalidad
Especializacion
coherencia
macroeconomica
Planificación
CONFIS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público el director del Departamento Administrativo
de Planeación Nacional, el consejero económico de la Presidencia de la República , los
viceministros de Hacienda, los directores generales de presupuesto nacional, crédito
público, impuestos y aduanas, y del tesoro (ARTICULO 25 )
FUNCIONES
1. Aprobar, modificar y evaluar el plan financiero del sector público 2. Analizar y
conceptuar las implicaciones fiscales del plan operativo anual de inversiones. 3.
Determinar las metas financieras para la elaboración del programa anual mensualizado
de caja del sector público. 4.Aprobar y modificar, mediante resolución, los presupuestos
de ingresos y gastos de las empresas industriales y comerciales del Estado y las
sociedades de economía mixta /ARTICULO26)
Empresas industriales y
comerciales del Estado
Sociedades de economía
mixta
Le son aplicables los principios
presupuestales contenidos en la ley
orgánica del presupuesto con excepción del
de inembargabilidad. Los excedentes
financieros de las empresas industriales y
comerciales del Estado del orden nacional
no societarias, son de propiedad de la
Nación
Responsabilidades
fiscales
a) Los ordenadores de gastos y cualquier otro
funcionario que contraiga a nombre de los
órganos oficiales obligaciones no autorizadas
en la ley
b) Los funcionarios de los órganos que
contabilicen obligaciones contraídas
contra expresa prohibición o emitan
giros para el pago de las mismas;
c) El ordenador de gastos que solicite
la constitución de reservas para el
pago de obligaciones contraídas
d) Los pagadores y el auditor fiscal que
efectúen y autoricen pagos, cuando con
ellos se violen los preceptos consagrados
en el presente estatuto y en las demás
normas que regulan la materia
Entidades territoriaes
Ajustarán las normas sobre programación,
elaboración, aprobación, y ejecución de sus
presupuestos a las normas previstas en la
ley orgánica del presupuesto