Relaciones laborales

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Relaciones laborales
Aracely Ruiz
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Aracely Ruiz
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Relaciones laborales
  1. Duración de las relaciones laborales.
    1. Jornada de trabajo.
      1. Es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo (Art 58).
        1. Jornada Diurna.
          1. Duración máxima 8 horas (Entre 6:00 a 20:00 horas)
          2. Jornada Nocturna.
            1. Duración máxima 7 horas (Entre 20:00 a 6:00 horas)
            2. Jornada Mixta.
              1. Duración máxima 7:30 horas (Comprende horas de los 2 periodos, no mayores de 3:30 horas cada uno)
            3. Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido Art. 68).
              1. En caso de prolongarse una jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, no podrá exceder de 3 horas diarias, ni de 3 veces por semana.
                1. Ls horas extraordinarias se pagaran un ciento por ciento mas del salario que corresponda a las horas de la jornada (At. 67).
                2. Si el tiempo extraordinario excede de 9 horas a la semana, esto obliga al patrón a pagarle al trabajador el doscientos porciento mas del salario que corresponda a las horas de la jornada (Art 68).
              2. Días de descanso y descanso semanal.
                1. Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario integro (Art 69).
                  1. Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición , el patrón deberá pagar al trabajador independientemente del salario, un salario doble por el servicio prestado
                  2. En los trabajos que requieran una labor continua, los trabajadores y el patrón fijaran de común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los días de descanso semanal.
                    1. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un 25% por lo menos de los días ordinarios de trabajo
                    2. Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.
                    3. Vacaciones.
                      1. Los trabajadores que tengan mas de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaiones pagadas, que en ningún caso podra ser inferior a seis días laborables, y que aumentara en 2 días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Despues del cuatro año, el perido de vacaiones aumentará en dos días por cada cinco de servicios (Art. 76).
                        1. Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada, tendrán derecho a un periodo anual de vacaiones, en proporcion al numero de días de trabajo en elaño.
                        2. Es el período de descanso legalmente reconocido a los trabajadores.
                          1. Las vacaciones deberán concederse dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
                          2. Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración.
                        3. La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.
                          1. Sujeto de las obligaciones.
                            1. Son sujetos obligados a participar utilidades todas las unidades económicas de producción o distribución e bienes o serviciosde acuerdo con la LFT y, en general, todas las persons físicas o morales que tengan trabajadores a sus servicio, sean o no contribuyente del ISR.
                              1. El reparto de utilidades es de mandato Constitucional. En caso de durante ese año fiscal la empresa no presente utilidades, entonces no habrá reparto.
                            2. Porcentaje de la obligación.
                              1. Los trabajadores participan en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
                                1. El porcentaje que cada empresa deberá distribuir entre sus trabajadores es el 10% de sus ingresos gravables;.
                            3. Salario y su protección.
                              1. Concepto
                                1. Es la retribución que debe pagar l patrón al trabajador por su trabajo.
                                  1. Por unidad de tiempo
                                    1. Por unidad de obra
                                      1. Por comisión
                                        1. A precio alzado
                                          1. o de cualquier otra manera
                                        2. Salario mínimo.
                                          1. Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestdos en una jornada de trabajo.
                                            1. Deberá ser suficiente para atisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
                                          2. Aguinaldo
                                            1. Es una gratificación económica para la clase trabajadora en apoyo a los gastos que normalmente se hacen en el mes de Diciembre con motivo de las fiestas de navidad
                                              1. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario por lo menos.
                                                1. Si el trabajador no ha laborado el año completo, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional.
                                              2. Prima vacacional.
                                                1. Los trabajadores tendrán derecho una prima no menor de 25% sobre los salarios que le correspondandurante el periodo de vacaiones.
                                                2. Normas protectoras del salario.
                                                  1. Los trabajadores dispondrán libremente de sus salarios.
                                                    1. El pago no podrá ser embargado, salvo por caso de pensiones alimenticias.
                                                    2. El derecho a percibir el salario es irrenunciable.
                                                      1. El salario se pagara directamente al trabajador..
                                                        1. Se pagara en el lugar donde prese sus servicios.
                                                          1. El pago se efectuara en día laborable.
                                                          2. El salario en efectivo deberá pagarse en moneda de curso legal.
                                                            1. Previo consentimiento del trabajador, podrá pagarse por medio de deposito en cuenta bancaria, tarjeta de debito, transferencia o cualquier otro medio electrónico.
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