MIPRES

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JEIMI VIVIANA AVILA
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Resource summary

MIPRES
  1. ¿Qué es?
    1. Es una herramienta tecnológica que permite a los profesionales de la salud reportar la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios
      1. Sirve para:
        1. Facilitar la adaptación a la nueva aplicación por parte de los profesionales, habrá un periodo de transición de tres meses a partir del primero de septiembre del 2016, en el que funcionarán simultáneamente el aplicativo y los comités técnico científicos (CTC).
          1. Incluye
            1. Régimen contributivo
              1. Régimen subsidiado
      2. Objetivos
        1. Facilita el acceso a los servicios y tecnologías que no se encuentran incluidos en el plan de beneficios. Por tanto, el profesional de la salud los prescribe directamente sin necesidad de aprobación por parte del Comité Técnico Científico (CTC).
          1. Es obligación de la EPS informar de manera oportuna, clara y en un tiempo razonable el lugar donde realizará el suministro del servicio o tecnología no incluido en el plan de beneficios que haya sido prescrito por el profesional de la salud.
            1. La EPS debe realizar la entrega oportuna de los medicamentos y servicios prescritos en los tiempos establecidos por la Resolución 3951 de 2016
              1. El ministerio de salud y protección social no interviene en el proceso de prescripción, autoriza o entrega de los servicios y tecnologías no incluidos en el plan de beneficios, razón por la cual no emite autorizaciones. En este sentido, no es dable que las EPS, IPS y operadores soliciten avales o verificaciones del ministerio.
                1. Las IPS deben cumplir los términos en los que se deben efectuar las juntas de profesionales de la salud, que no deben superar los 5 días hábiles siguientes a la solicitud del profesional de la salud. Las juntas únicamente operan cuando se trate de soporte nutricional, servicios complementarios y medicamentos incluidos en los listados UNIRS y el conformado con los reportes de las Sociedades Científicas. En los demás casos no media ninguna aprobación o autorización.
        2. ¿Cómo funciona?
          1. Es un aplicativo en la web propiedad del Ministerio de Salud y Protección Social. Allí deben acceder acceder todos los profesionales de la salud que pretendan prescribir no POS. Cada profesional en su consultorio puede acceder a él y hacer la prescripción en el marco de la consulta médica, siempre y cuando haga parte de la red de prestadores de servicios contratada por la EPS, y que el paciente que esté atendiendo sea del asegurador para el cual presta sus servicios.
            1. ¿Quiénes pueden realizar la prescripción en el aplicativo?
              1. Los médicos, odontólogos, optómetras y nutricionistas (en el ámbito hospitalario) tratantes que se encuentren inscritos en el aplicativo MIPRES del Ministerio y la EPS.
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