* SISTEMA DE JUSTICIA PENAL

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NUEVO PROCEDIMIENTO DE JUICIOS ORALES
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* SISTEMA DE JUSTICIA PENAL
  1. PROTEGER LOS DERECHO HUMANOS DE LOS INCULPADOS
    1. Presunción de inocencia mientras no se declare la responsabilidad del imputado mediante sentencia.
      1. Sólo la autoridad judicial, a solicitud del Ministerio Público, podrá expedir órdenes de cateo, y en ningún caso se concede facultad al Ministerio Público para realizar cateos son orden del juez.
        1. En nigún caso se podrán intervenir aquellas comunicaciones que sostengan el detenido con su defensor, ni aquellas que violen el deber de confidencialidad que establezca la a ley.
          1. Se fortalece la garantía de defensa , para establecer que sólo podrá realizarse a través de un experto en derecho como lo es un abogado.
            1. Las sentencias que pongan fin a los procedimientos orales deberán ser explicadas por el juez en audiencia pública.
            2. ARRAIGO.
              1. II.- El arraigo sólo podrá decretarlo un juez y sólo en caso de delitos de delincuencia organizada, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de bienes o personas; o cuando exista riesgo de que el inculpado se sustraiga de la acción de la justicia.
                1. Quién es investigado puede tratar de escapar, poner en peligro a la víctima, a la sociedad y a la investigación. Ello hace necesario arraigar a las personas que se presuman hayan participado.
                  1. III. No puede exceder de 40 días, prorrogable por otro término igual, si el Ministerio Público acredita que subsisten las causas que le dieron origen. La constitución prevé que se puede detener a una persona hasta 48 horas, y hasta 96 si se trata de delincuencia organizada.
                  2. DOTAR AL CONGRESO DE LA UNIÓN DE FACULTADES EXCLUSIVAS PARA LEGISLAR SOBE DELINCUENCIA ORGANIZADA
                    1. III. En caso de delincuencia organizada se establecerán centros especiales de prisión preventiva y de ejecución de sentencias, por lo que los reos no podrán gozar del beneficio de compurgar su pena en el centro más cercano a su comunidad.
                      1. II.-Dado que la delincuencia organizada se presenta a lo largo y ancho del país, le resulta sencillo operar en una entidad, huir a otra y planear sus acciones en otra más. Por tal motivo la reforma prevé que sólo corresponde al Congreso y de la de Senadores, hacer leyes que regulen este tema.
                        1. I.- Si cada estado de la república emite normas para perseguir a la delincuencia organizada, corremos el riesgo de que estas normas sean contradictoria y pero aún que nos anulen los efectos de los otras.
                        2. APLICAR BIENES DE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA A FAVOR DEL ESTADO.
                          1. Con la reforma realizada, el juez podrá resolver que los bienes económicos que hayan sido producto de la delincuencia organizada, estén a nombre de quien estén , pasen a propiedad del Estado
                            1. El juez cuidara que no afecten los bienes de personas que actuaron de buena fe.
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