Organización central y territorial JA

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Organización central y territorial de la administración de la Junta de Andalucía
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Organización central y territorial JA
  1. Bajo superior dirección del
    1. CONSEJO DE GOBIERNO
      1. Consejerías y Agencias advas.
        1. Órganos y unidades advas.
          1. Órganos: las unidades advas. con funciones con efectos para terceros o actuación con carácter preceptivo
            1. Órganos que integran la estructura básica de la Admón. de la J.A.
              1. Todos los demás org., se encuentran bajo dependencia o dirección de los otros órganos.
                1. Titular = alto cargo
                  1. Org. Superiores
                    1. la Consejería
                      1. Les corresponden la planificación y superior coordinación de la organización bajo su responsabilidad
                      2. Org. Directivos
                        1. Org. Directivos Centrales
                          1. Viceconsejería
                            1. Secretaría General
                              1. Secretaría Gral. Tecnica
                                1. Dirección General
                                2. Org. Directivos Periféricos
                                  1. Delegación del Gobierno de la J.A.
                                    1. Delegación Provincial de la Consejería
                                      1. en su caso, Delegación Territorial
                                      2. la ejecución y puesta en práctica
                                        1. así como la dirección inmediata de los org. u unidades advas que tengan adscritas
                                        2. el nombramiento del titular tendra efecto desde el día siguiente de aprobación decreto C.G. y el cese desde el mismo día
                                          1. Se garantizará la representación equilibrada en el nombramiento si designa el C.G.
                                            1. hombres y mujeres, al menos en un 40%
                                        3. Nombramiento y separación x DECRETO Consejo Gog.
                                          1. a propuesta Titular Consejería del órgano
                                    2. Unidades advas.: son estructuras funcionales básicas de preparación y gestión de los procedimientos en el ámbito funcional propio de las Consejerías y de las Agencias advas.
                                      1. Se crea, modifican y suprimen por
                                        1. RPT

                                          Annotations:

                                          • relación de puestos de trabajo
                                      2. Órganos Colegiados
                                        1. 3 ó más miembros
                                          1. reunidos en sesión convocada al efecto, deliberan y acuerdan colegiadamente el ejercicio de sus funciones
                                            1. Representación equilibrada de mujeres y hombres (también modificación o renovación)
                                            2. Org, Colegiados de participación adva. o social
                                              1. compuestas por
                                                1. miembros de la Admón. J.A.
                                                  1. representantes de otras AA.PP.
                                                    1. personas u org. en representación de intereses
                                                      1. profesionales expertos
                                              2. x Decreto
                                                1. Creación Servicios administrativos con gestión diferenciada
                                                  1. por razones de especialización funcional,
                                                    1. para la identificación singular del servicio público ante la ciudadanía u otros motivos justificados
                                                      1. Podrán agrupar un conjunto de órganos o unidades de una misma Consejería
                                                        1. Carecerán de personalidad jurídica independiente, en todo caso, adscritos a una Consejería
                                                          1. Denominación, estructura y competencias se definirán en el correspondiente DECRETO DE CREACIÓN de los mismos
                                                      2. Crean, modifican y suprimen los órganos de la admón. J.A.
                                                        1. la norma que la crea
                                                          1. denominación
                                                            1. funciones y competencias que asume, en su caso, de otros órganos y las nuevas que no corresponden a ninguno
                                                            2. En ningún caso se podrán crear órganos u unidades advas sin que el expediente de creación acredite que las funciones y competencias son propias por no coincidir con las de otros órganos o unidades advas.
                                                              1. En los supuestos que coincida, se deberá preveer EXPRESAMENTE la supresión o disminución competencial del órgano o unidad adva. afectada.
                                                                1. La Consejería competente en materia de Admón. Pública comprobará en cada caso el cumplimiento
                                                                  1. La aprobación de la norma de creación deberá ir precedida de la valoración de la repercusión económico-financiera de su ejecución, así como de los informes y demás documentación exigidos en la normativa de aplicación
                                                                    1. Se exceptúa de lo establecido en los apartados anteriores
                                                                      1. la creación de Consejerías
                                                                        1. modificación denominación existentes
                                                                          1. distribución de sus competencias
                                                                            1. o su orden de prelación
                                                                              1. y así como la supresión de las mismas
                                                              Show full summary Hide full summary

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                                                              Laura Romero Garrido
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                                                              Beatriz Insua
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