La Ley

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- Introducción al Derecho Público y a la Teoría del Estado (3. Tema III. Función Legislativa) Mind Map on La Ley, created by Maria Bravo on 23/07/2016.
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La Ley
  1. Concepto: normas jurídicas escritas y codificadas; que establecen una serie de derechos y obligaciones. Estas deben ser cumplidas y respetadas por toda aquella persona que se encuentre dentro de la jurisdicción a la que apliquen.
    1. Origen de las leyes: El proyecto que antecede la ley puede surgir tanto del Congreso Nacional (cámara de diputados o cámara de senadores) como del Poder Ejecutivo o de la iniciativa popular, es decir, del pueblo.
      1. Donde se promulgan las leyes: Para su promulgación deberá contar con la aprobación de: la cámara en la que el proyecto se originó, la cámara restante y del Poder Ejecutivo.
        1. Tipos de leyes
          1. Sentido material: todas las normas dictadas por autoridades capacitadas y autorizadas para hacerlo, sin necesidad de ser emitidas específicamente por el poder legislativo. Por ejemplo: una ordenanza municipal. Ejemplo: LEY DE RÉGIMEN POLÍTICO DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 15 de diciembre de 2000 Gaceta Oficial del Estado Trujillo N° 00027 (Extraordinaria). Artículo 10.- El Secretario o Secretaria General de Gobierno es el órgano de coordinación y ejecución inmediato del Gobernador o Gobernadora conforme a lo dispuesto en la Constitución del Estado Trujillo.
            1. Sentido formal: toda norma sancionada por el poder legislativo de acuerdo a un proceso establecido en la constitución nacional se considera de este tipo. Ejemplo: La CRBV.
              1. Declarativas: alude a aquellas que tienen como fin establecer la definición específica de conceptos e interpretaciones que serán utilizados por el juez a cargo para dictaminar un fallo. Por ejemplo en El CCV, en su Artículo 16.- Todos los individuos de la especie humana son personas naturales.
                1. Prohibitivas: hacen referencia a toda norma que restrinja una conducta humana considerada inapropiada, es decir, las que vetan. Ejemplo: Artículo 47° del CC Venezolano, "No puede contraer validamente matrimonio el que adolece de impotencia manifiesta y permanente".
                  1. Permisivas: sugieren la conformidad del estado con algunas conductas específicas que el individuo lleva a cabo. Ejemplo:
                    1. Constitucionales: estas son el conglomerado de leyes enumeradas en el marco de la constitución nacional de cada país, que establecen principios específicos según los cuales debe manejarse la legislación. Son conocidas como fundamentales ya que son las de mayor jerarquía dentro del sistema. Ejemplo: la CRBV
                      1. Orgánicas: en este caso, las leyes involucradas dentro de esta clasificación, tendrán por finalidad el establecimiento de la conformación, y la determinación de la función de las instituciones estatales. Ejemplos: LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, LEY ORGÁNICA DEL SUFRAGIO Y PARTICIPACIÓN POLÍTICA, LEY ORGÁNICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
                        1. Ordinarias: es la clasificación más general, ya que alude a toda ley derivada de la constitución, que tiene un orden de jerarquía menor y que es proclamada por la entidad estatal correspondiente. Ejemplos: LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA, LEY SOBRE SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS, LEY DE CARRERA JUDICIAL, LEY DEL SEGURO SOCIAL, LEY PENAL DEL AMBIENTE.
                          1. Civiles: son aquellos estatutos que involucran los derechos patrimoniales y de la personalidad, tales como contratos, sucesiones, capacidades; y las relaciones jurídico-familiares. Ejemplo: el matrimonio, la tutela, el parentesco y otros. En el CC Venezolano, Título II. Del Domicilio, artículos del 27 al 36, Título III. Del Parentesco, artículos del 37 al 40, Título IV. Del Matrimonio, artículos 37 al 140.
                            1. Penales: este concepto refiere a un conjunto de normas que adjudican responsabilidades a los sujetos, sancionan infracciones y determinan penas. Ejemplo: En el Código Pena, Artículo 402.- Cualquiera que estando casado validamente, haya contraído otro matrimonio, o que no estándolo, hubiere contraído, a sabiendas, matrimonio con persona casada legítimamente, Será castigado con prisión de dos a cuatro años.
                              1. Comerciales: estas leyes tienen como propósito regular todo tipo de relación existente entre el acto de comercio en sí mismo y quien ejerce el acto, es decir, los denominados comerciantes. Ejemplo: En el Codigo de Comercio, el Artículo 44° Los libros y sus comprobantes deben ser conservados durante diez años, a partir del último asiento de cada libro. La correspondencia recibida y las copias de las cartas remitidas, serán clasificadas y conservadas durante diez años.
                                1. Nacionales: este tipo de leyes tienen por característica principal ser únicamente validas dentro del territorio nacional en el cual han sido sancionadas. Ejemplo:
                                  1. Provinciales: estas son promulgadas por organismos específicos de cada provincia por lo que solo deberán ser cumplidas y tenidas en cuenta dentro de ella. Ejemplo: ORDENANZA SOBRE ZONIFICACIÓN DE LA CIUDAD DE VALERA, 27 AGOSTO DE 1980, ARTICULO 46.- Toda edificación de más de cuatro (4) plantas deberá tener ascensor, de acuerdo a las Normas del MINDUR.
                                    1. Estrictas: también conocidas como rígidas, son aquellas normas específicas y determinantes que no pueden ser evaluadas según cada caso en particular. Ejemplo: LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS, Artículo 542. El funcionario o funcionaria del Trabajo que perciba dinero o cualesquier otro obsequio o dádivas será destituido o destituida, de conformidad con el procedimiento que corresponde según la ley.
                                      1. Flexibles: en oposición a las rígidas, estas dejan lugar a que el juez pueda tomar en cuenta las particularidades correspondientes a cada situación. En el Código Pena, Artículo 402.- Cualquiera que estando casado validamente, haya contraído otro matrimonio, o que no estándolo, hubiere contraído, a sabiendas, matrimonio con persona casada legítimamente, Será castigado con prisión de dos a cuatro años.
                                        1. Tributarias: que establecerán los parámetros que regulan la relación entre el estado y los sujetos contribuyentes. Ejemplo: Código Orgánico Tributario, Artículo 23: Los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuestos por este Código o por normas tributarias.
                                          1. Ambientales: cuyo fin principal será la instauración de normas para la protección del medio ambiente. Ejemplo: LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE, Artículo 8° Se crea el Consejo Nacional del Ambiente adscrito a la Presidencia de la República.
                                            1. Laborales: que refieren a toda norma que regule la relación entre empleado y empleador. Ejemplo:
                                              1. De discapacidad: que constituirán una serie de disposiciones para proteger los derechos de las personas con capacidades diferentes. Ejemplo: En la LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, Artículo 16. Toda persona con discapacidad tiene derecho a asistir a una institución o centro educativo para obtener educación, formación o capacitación. No deben exponerse razones de discapacidad para impedir el ingreso a institutos de educación regular básica, media, diversificada, técnica o superior, formación preprofesional o en disciplinas o técnicas que capaciten para el trabajo. No deben exponerse razones de edad para el ingreso o permanencia de personas con discapacidad en centros o instituciones educativas de cualquier nivel o tipo.
                                                1. De tránsito: que van a instaurar todos aquellos derechos y obligaciones por las cuales deben regirse los conductores y peatones. Ejemplo: LEY DE TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, Artículo 48. Se considera propietario quien figure en el Registro Nacional de Vehículos y Conductores como adquirente, aun cuando lo haya adquirido con reserva de dominio.
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