Alternativa de financiamiento a corto plazo que
consiste en un contrato mediante el cual una
empresa traspasa en exclusiva y a título oneroso
mediante cesión el servicio de cobranza futuro
de sus créditos a una entidad financiera (factor),
que a cambio obtiene una contraprestación en
servicios y/o dinero
El factor
Es una organización comercial que
presta servicios financieros, de crédito,
de encaje y de contabilidad a
fabricantes y distribuidores de
mercancías
la empresa
Débito al aumento
del efectivo
La parte que gana la empresa al
recuperar la cuenta por cobra
Débito al gasto por
comisiones
Es el porcentaje que se le debe dar a
la entidad que realiza el factoring
Crédito a la cuenta
por cobrar
Es la disminución de dicha cuenta que se
logra al realizar el contrato de factoring
El cliente
Ventajas
No se tiene que ocupar
del cobro de las cuentas
Cuando la empresa recibe un adelanto,
no tiene que hacer ningún pago
Una vez que el factor cobra la cuenta o vence su
obligación de pago, simplemente retiene el dinero
Simplifica la planeación del
flujo de caja de la empresa
Asegura un patrón
conocido de flujos de caja
Se puede eliminar el departamento de
créditos, de cobros y gastos administrativos.
Convertir las cuentas
por cobrar en efectivo
Desventajas
Inconveniente y costoso cuando las facturas
son numerosas y pequeñas en cuantía
Debilidad financiera y del negocio al afectar
negocios futuros por el activo altamente liquido
Compra de las cuentas por cobrar depende de
su plazo, monto y posibilidad de recuperación
LEASING
Es un contrato de arriendo de bienes muebles e inmuebles donde
una empresa especializada hace la adquisición de estos bienes a
su nombre para luego dejarla en arriendo a un tercero, durante
un plazo de tiempo determinado contractualmente. El
arrendatario a cambio está obligado a pagar una cantidad
periódica
Arrendatario
Financiero
Compra de activos fijos generadores
de renta, nuevo o usado
Operativo
Arrendamiento de activos fijos
generadores de renta, usados o nuevos
Arrendador
Al finalizar el contrato
Ejercer la opción de compra
del bien por el valor residual
No ejercer la opción de compra
y por lo tanto devolver el bien
Prorrogar el contrato de arrendamiento con
el arrendatario en cuotas periódicas menores
Leaseback
Caso en el que una empresa requiere financiamiento, y
debe vender un bien a la empresa de “leasing” o banco, la
cual se lo arrendara a través de una operación de leasing
Ventajas
Acondicionamiento permanente
No más historial financiero
Disminución de impuestos corporativos
Reducción de costos de administración
Desventajas
Mayor costo financiero de la deuda
con relación al crédito bancario
COLABORACIÓN EMPRESARIAL
Consorcios y uniones temporales
Figuras en virtud de las cuales, varias persona naturales o
jurídicas unen sus esfuerzos, conocimientos, capacidades técnicas y
científicas para la gestión de intereses comunes recíprocos.
Ejecución de uno o varios proyectos, donde cada uno de los
asociados conservan su independencia y asumen un grado de
responsabilidad al cumplir con las obligaciones contractuales
Consorcio
Las partes unen sus esfuerzos y recursos para la celebración y
ejecución de contratos y responden solidariamente por todas
las obligaciones que asuma el consorcio
Unión temporal
un acuerdo entre partes que unen sus esfuerzos y
recursos para la celebración y ejecución de contratos,
lo que hace que la existencia de la figura sea
temporal (mientras dure el contrato)
Estatuto tributario: Art. 18, 368, 437
Operaciones conjuntas
implica el uso de activos y otros recursos de los partícipes, destinados a realizar una actividad
comercial o empresarial
Activos conjuntos
colaboración mediante el cual, cada uno de los partícipes tiene derechos sobre los bienes adquiridos
en común y, a menudo, tienen la propiedad conjunta
Empresas conjuntas
Es cuando la asociación se realiza a través de la constitución de un ente económico independiente de
los partícipes, en cuyo caso éstos ejercen un control conjunto, por lo cual, no tienen derechos sobre
os activos individuales, ni sobre las obligaciones originadas por gastos del negocio. En su lugar, cada
participe tiene derecho a una parte de los resultados de las actividades
Cuentas en participación
Cód. Comercio: Art. 507, 509, 514
Es un contrato por el cual dos o más personas que tienen la calidad de
comerciantes toman interés en una o varias operaciones mercantiles
determinadas, que deberá ejecutar uno de ellos en su solo nombre y bajo su
crédito personal, con cargo de rendir cuenta y dividir con sus partícipes las
ganancias o pérdidas en la proporción convenida
Administración delegada
Cód. Civil: Art. 2142, 2199
Es aquel que se ejecuta por cuenta y riesgo de la persona
natural o jurídica que contrata la obra y en el cual, el
contratista es un delegado o representante de aquélla