La constitución

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Cristina Ruiz Sánchez
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Cristina Ruiz Sánchez
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LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. ÍNDICE: Definición de la constitución. La muerte de Francisco Franco. La transición democrática. La reforma de la constitución. Los padres de la constitución. Aprobada por Las Cortes en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado celebradas el 31 de octubre de 1978. Ratificada por el pueblo español en referéndum de 6 de diciembre de 1978.Sancionada por S.M. el Rey ante Las Cortes el 27 de diciembre de 1978.

1. Definición de constitución. La Constitución Nacional es el conjunto de normas jurídicas escritas que organizan y regulan la vida política del país, reglamentando la organización y ejercicio del poder, estableciendo y asegurando el respeto y ejercicio de los derechos y garantías fundamentales de todos y cada uno de los habitantes de la República, y en virtud de la cual se orienta nuestra nación.

2. Muerte de Francisco Franco. Francisco Paulino Hermenegildo Teódulo Franco Bahamonde. Murió en Madrid (España) el 20 de noviembre de 1975, a los 82 años, a causa de las complicaciones provocadas por su edad avanzada. Nació el 4 de diciembre de 1892 en Ferrol (Galicia, España). Franco sufrió los efectos del Parkinson desde 1969, y empeoró notablemente tras un enfriamiento en 1975. Una hemorragia interna provocó su traslado al Hospital de la Paz. Después de una operación, el 14 de Octubre de 1975, entró en coma. Fue mantenido con vida de manera artificial, según ciertos autores, con la intención de esperar a que el príncipe Juan Carlos aceptara el 30 de Octubre las funciones de Jefe de Estado. A pesar de su enfermedad, Franco firmó las últimas sentencias de muerte de ocho activistas de ETA y FRAP, y autorizó la retirada del Sáhara español que luego sería anexionado por Marruecos.

3. Transición democrática. La Transición democrática (1975-1978) es el período transcurrido entre la muerte de Franco y la aprobación de la Constitución de 1978. Fueron tres años de profundas reformas hasta lograr la democracia plena, gracias a la labor de los responsables políticos del momento, pero sobre todo al pueblo español que demandaba la necesidad de profundos cambios políticos y sociales. En este proceso de cambio hay que señalar las figuras del rey Don Juan Carlos I y de Adolfo Suárez, que pusieron todo su empeño en la restauración de la democracia en España y son dos figuras claves en este proceso de democratización. El fin del régimen (1975-1978) Tras la muerte del general Franco, el 20 de noviembre de 1975, los acontecimientos se sucedieron de un modo muy distinto del que imaginaron quienes pretendían la continuación del franquismo sin Franco. Tiene lugar un proceso de transición política que conllevó el desmantelamiento de la dictadura franquista y la instauración de un sistema democrático que quedó plasmado en la Constitución de 1978. Fue una etapa difícil puesto que al problema político se unía la tremenda crisis económica de ámbito internacional, originada por la crisis del petróleo, y que se traducirá en huelgas y manifestaciones reclamando soluciones.

4. La reforma de la constitución. La reforma de la Constitución española es el procedimiento por el que se modifica el texto constitucional siguiendo los trámites establecidos por la propia Constitución a tal efecto. El Título X de la Constitución española de 1978 (166–169) está dedicado a regular dos procedimientos distintos de reforma. Ambos tienen carácter rígido, siendo diferentes y más complejos que el procedimiento legislativo ordinario. La rigidez constitucional no es sino una forma de garantizar la supremacía de la Constitución.El procedimiento de reforma constitucional contemplado en el artículo 167 puede calificarse como el procedimiento ordinario de reforma, mientras que el regulado en el artículo 168, previsto para las reformas de más relevancia y que se caracteriza por su mayor complejidad y dificultad, puede calificarse por ello como un procedimiento agravado.La existencia de estos dos procedimientos de reforma evidencia que la Constitución ha optado por agravar el procedimiento de reforma para poder modificar determinados aspectos esenciales del sistema antes que excluir algunas cuestiones o preceptos de la posibilidad de reforma. Esta opción suele responder a la convicción de que imponer límites materiales a la reforma, esto es, excluir toda posibilidad de reforma de ciertos contenidos constitucionales, no es una barrera eficaz para impedir cambios políticos, que suele ser la pretensión, un tanto ingenua, de tales cláusulas de intangibilidad.

5. Los padres de la constitución.Grabiel Cisneros LabordaPerteneciente a Unión de Centro Democrático (UCD), en el momento de redacción de la Constitución, era diputado por el anterior partido y Director General de Asistencia y Servicios Sociales en los Ministerios de Interior y Sanidad, cargos que mantuvo hasta 1979. En 1989 cambió de formación, paso a ser diputado por Zaragoza como miembro del Partido Popular, donde ocupó un sillón en el Congreso como miembro de su Comité Ejecutivo Nacional. Desde 2004 era tercer vicepresidente del Congreso. Falleció el 27 de julio de 2007 tras una grave enfermedad. Manuel Fraga Iribarne Diputado por Alianza Popular (AP) en aquel momento, partido del cual era miembro fundador. Fue ministro de Información y Turismo durante el franquismo, embajador en Londres, vicepresidente del gobierno para asuntos del Interior y ministro de Gobernación durante la Transición, líder de la oposición de 1982 a 1989, eurodiputado, presidente fundador del Partido Popular, y presidente de la Junta de Galicia desde 1990 hasta 2005, momento en que pasó a ocupar un escaño en el Senado hasta que, en septiembre de 2011, se retiró de la política activa. Falleció el 15 de enero de 2012 debido a una afección respiratoria. Miguel Herrero Rodríguez de Miñón Diputado de Unión de Centro Democrático (UCD) en el momento de redactarse la Carta Magna este madrileño era de Unión de Centro Democrático, es de destacar su presencia en la vida académica ya sea como colaborador de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o como miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. En la actualidad es miembro permanente del Consejo de Estado. Gregorio Peces-Barba Martínez Durante la redacción de la Constitución diputado del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), ocupó cargos de importancia a lo largo de su carrera como el de presidente del Congreso de los Diputados o el de secretario general del Instituto de Derechos Humanos. Desde 1990 hasta 2007 fue rector de la Universidad Carlos III, y alto comisionado para el Apoyo a las Víctimas del Terrorismo desde 2004 a 2006. Catedrático de Filosofía del Derecho, era miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. Falleció el 24 de julio de 2012. José Pedro Pérez-Llorca Rodrigo Cuando ayudó a redactar la Constitución era diputado por Madrid de Unión de Centro Democrático (UCD). Tras las elecciones de 1979 se convirtió en ministro de la Presidencia, dejando la vida política en 1982 al decidir centrarse en su profesión, abogado. Miquel Roca i Junyent Participó en la redacción del texto constitucional como diputado por Barcelona por parte de Minoría Catalana. Tras dejar la política en un segundo plano, se centró en su propio despacho de abogados, donde ocupa la presidencia del Consejo de Administración. Jordi Solé Tura Diputado del Partit Socialista Unificat de Catalunya (PSUC), partido catalán federado con el Partido Comunista de España (PCE), en el momento de redacción de la Constitución. En 1989 dejó su anterior partido para unirse al PSC; fue ministro de Cultura entre 1991 y 1993, y senador por el Grupo Socialista y por la Entesa Catalana de Progrés durante la legislatura 2000-2004. Falleció el 4 de diciembre de 2009.

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