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Quiz

Artículo 47

Anabel Fernandez Cuevas 19 perguntas

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Perguntas do quiz (19)

  1. 11. El empresario podrá suspender el contrato de trabajo por causas [blank_start]económicas[blank_end], [blank_start]técnicas[blank_end], [blank_start]organizativas[blank_end] o de [blank_start]producción[blank_end], con arreglo a lo previsto en este artículo y al procedimiento que se determine [blank_start]reglamentariamente[blank_end].
    1. Aeconómicas
    2. Btécnicas
    3. Corganizativas
    4. Dproducción
    5. Ereglamentariamente
  2. 2Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica [blank_start]negativa[blank_end], en casos tales como la existencia de pérdidas [blank_start]actuales[blank_end] o [blank_start]previstas[blank_end], o la [blank_start]disminución[blank_end] persistente de su nivel de [blank_start]ingresos[blank_end] ordinarios o [blank_start]ventas[blank_end]. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante [blank_start]dos trimestres[blank_end] consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el [blank_start]mismo trimestre del año anterior[blank_end].

    Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los [blank_start]medios[blank_end] o [blank_start]instrumentos[blank_end] de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de [blank_start]los sistemas[blank_end] y [blank_start]métodos[blank_end] de trabajo del personal o en el modo de [blank_start]organizar la producción[blank_end] y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la [blank_start]demanda[blank_end] de los [blank_start]productos[blank_end] o [blank_start]servicios[blank_end] que la empresa pretende [blank_start]colocar en el mercado[blank_end].
    1. Anegativa
    2. Bactuales
    3. Cprevistas
    4. Ddisminución
    5. Eingresos
    6. Fventas
    7. Gdos trimestres
    8. Hmismo trimestre del año anterior
    9. Imedios
    10. Jinstrumentos
    11. Klos sistemas
    12. Lmétodos
    13. Morganizar la producción
    14. Ndemanda
    15. Oproductos
    16. Pservicios
    17. Qcolocar en el mercado
  3. 3El procedimiento, que será aplicable cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa y del número de afectados por la suspensión, se iniciará mediante comunicación a la [blank_start]autoridad laboral[blank_end] competente y la apertura simultánea de un [blank_start]periodo de consultas[blank_end] con los representantes legales de los trabajadores de duración no superior a [blank_start]quince[blank_end] días.
    1. Aautoridad laboral
    2. Bperiodo de consultas
    3. Cquince
  4. 4La consulta se llevará a cabo en una única comisión negociadora, si bien, de existir varios centros de trabajo, quedará circunscrita a los centros [blank_start]afectados por el procedimiento[blank_end]. La comisión negociadora estará integrada por un máximo de [blank_start]trece[blank_end] miembros en representación de [blank_start]cada una de las partes[blank_end].
    1. Aafectados por el procedimiento
    2. Btrece
    3. Ccada una de las partes
  5. 5La intervención como interlocutores ante la dirección de la empresa en el procedimiento de consultas corresponderá a los sujetos indicados en el artículo [blank_start]41.4[blank_end], en el orden y condiciones señalados en el mismo.
    1. A41.4
  6. 6La comisión representativa de los trabajadores deberá quedar constituida con carácter [blank_start]previo[blank_end] a la [blank_start]comunicación[blank_end] empresarial de apertura del periodo de consultas. A estos efectos, la dirección de la empresa deberá comunicar de manera fehaciente a los trabajadores o a sus representantes su intención de [blank_start]iniciar el procedimiento[blank_end]. El plazo máximo para la constitución de la comisión representativa será de [blank_start]siete[blank_end] días desde la fecha de la referida comunicación, salvo que alguno de los centros de trabajo que vaya a estar afectado por el procedimiento no cuente con representantes legales de los trabajadores, en cuyo caso el plazo será de [blank_start]quince[blank_end] días.
    1. Aprevio
    2. Bcomunicación
    3. Ciniciar el procedimiento
    4. Dsiete
    5. Equince
  7. 7Transcurrido el plazo máximo para la constitución de la comisión representativa, la dirección de la empresa podrá comunicar formalmente a los [blank_start]representantes de los trabajadores[blank_end] y a [blank_start]la autoridad laboral[blank_end] el inicio del periodo de consultas. La falta de constitución de la comisión representativa no impedirá el inicio y transcurso del periodo de consultas, y su constitución con posterioridad al inicio del mismo no comportará, en ningún caso, la [blank_start]ampliación de su duración[blank_end].
    1. Arepresentantes de los trabajadores
    2. Bla autoridad laboral
    3. Campliación de su duración
  8. 8 La falta de constitución de la comisión representativa no impedirá el inicio y transcurso del periodo de consultas, y su constitución con posterioridad al inicio del mismo no comportará, aunque podrá solicitar la ampliación de su duración.

    1. AVerdadeiro
    2. BFalso
  9. 9La autoridad laboral dará traslado de la comunicación empresarial a la [blank_start]entidad gestora[blank_end] de las [blank_start]prestaciones por desempleo[blank_end] y recabará [blank_start]informe[blank_end] preceptivo de la [blank_start]Inspección de Trabajo y Seguridad Social[blank_end] sobre los extremos de dicha comunicación y sobre el desarrollo del periodo de consultas. El [blank_start]informe[blank_end] deberá ser evacuado en el improrrogable plazo de [blank_start]quince[blank_end] días desde la notificación a la [blank_start]autoridad laboral[blank_end] de la finalización del periodo de consultas y quedará incorporado al [blank_start]procedimiento[blank_end].
    1. Aentidad gestora
    2. Bprestaciones por desempleo
    3. Cinforme
    4. DInspección de Trabajo y Seguridad Social
    5. Einforme
    6. Fquince
    7. Gautoridad laboral
    8. Hprocedimiento
  10. 10Cuando el periodo de consultas finalice con acuerdo se presumirá que concurren las causas justificativas a que alude el párrafo primero y solo podrá ser impugnado ante la [blank_start]jurisdicción social[blank_end] por la existencia de [blank_start]fraude[blank_end], [blank_start]dolo[blank_end], [blank_start]coacción[blank_end] o [blank_start]abuso[blank_end] de derecho en su conclusión.
    1. Ajurisdicción social
    2. Bfraude
    3. Cdolo
    4. Dcoacción
    5. Eabuso

Informações

Descrição
Suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor.
Idioma
Español
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