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Fluxograma

Modificaciones decreto 1165 de 2019 - 360 de 2021

Daniela Ibañez Espanhol

Conteúdo do fluxograma

  1. Modificaciones

    Decreto 1165 de 2019 - Decreto 360 de 2021

  2. Requisitos y obligaciones del importador o exportador

  3. Se modifican los numerales:

  4. Nªl 1.1

  5. 1.1.Personas jurídicas: Estar domiciliados y/o representados legalmente en el país.

  6. NªL 1.3 del Art. 10

  7. Se adicionan los numerales:

  8. 1.3. Sucursal de sociedad extranjera: estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT) o en el registro que haga sus veces, con la calidad correspondiente.

  9. Nªl 3.7

  10. 3.7. Cuando el importador o exportador actúe directamente, conservar los documentos soporte y los recibos oficiales de pago en bancos, según lo determine la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por un periodo de cinco (5) años a partir de la fecha de presentación y aceptación de la declaración, a disposición de la autoridad aduanera.

  11. 3.7. Cuando el importador o exportador actúe directamente, conservar los documentos soporte y los recibos oficiales de pago en bancos, en documento físico o digitalizado, según lo determine la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por un periodo de cinco (5) años a partir de la fecha de presentación y aceptación de la declaración, a disposición de la autoridad aduanera.

  12. Se autoriza el majeo de documentos electrónicos

  13. Nªl 3.9

  14. 3.9. Aplicar lo dispuesto en la resolución anticipada y/o de ajuste de valor permanente, si la hubiese.

  15. 3.9. Aplicar lo dispuesto en una resolución anticipada y/o de ajuste de valor permanente, cuando actúe directamente.

  16. Obligaciones del exportador autorizado

  17. 4. Obligaciones del exportador autorizado: Además de las obligaciones establecidas en el numeral 3 que le correspondan, como exportador

  18. NªL 6 del Art. 14

  19. 6. Para la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, serán los vigentes en la fecha de llegada de la mercancía.

  20. Liquidación y aplicación de los tributos aduaneros

  21. Decreto 360 de 2021

  22. Decreto 1165 2019

  23. Base gravable.

  24. Se elimina texto del numeral

  25. NªL 3 del Art. 16

  26. Decreto 1165 de 2019

  27. Decreto 360 de 2021

  28. 3. Para el impuesto sobre las ventas en la importación, la base gravable se establecerá a partir del valor en aduana determinado conforme lo establecen las disposiciones que rigen la valoración aduanera, adicionando el valor de los derechos de aduana, conforme con lo previsto en el artículo 459 del Estatuto Tributario y normas que lo reglamenten.

  29. 3. Para el impuesto sobre las ventas -IVA- en la importación, la base gravable se establecerá conforme con lo previsto en el artículo 459 del Estatuto Tributario y normas que lo reglamenten

  30. Documentos soporte de la declaración de importación

  31. Se elimina texto

  32. Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a obtener antes de la presentación y aceptación de la Declaración y a conservar por un período de cinco (5) años contados a partir de dicha fecha, el original de los siguientes documentos que deberá poner a disposición de la autoridad aduanera, cuando esta así lo requiera:

  33. Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a obtener antes de la presentación y aceptación de la declaración, el original de los siguientes documentos en medio físico o electrónico:

  34. Artìculo 177

  35. 9. Declaración de exportación o el documento que acredite la operación de exportación ante la autoridad aduanera del país de procedencia de la mercancía, en los eventos en que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), así lo exija.

  36. 9. Copia de la declaración de exportación o el documento que acredite la operación de exportación, en las modalidades de reimportación en el mismo estado y reimportación por perfeccionamiento pasivo, en los términos establecidos en el presente decreto.

  37. Se modifica:

  38. Se adiciona:

  39. 13. Documentos establecidos expresamente en disposiciones aduaneras o en normas especiales reguladas por otras autoridades, como soportes de la declaración de importación.

  40. Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital.

  41. Se adiciona

  42. Parágrafo 1

  43. 1. También podrán declararse bajo la modalidad temporal para perfeccionamiento activo, las aeronaves y embarcaciones marítimas o fluviales que ingresen al territorio aduanero nacional para ser objeto de reparación o acondicionamiento.

  44. Parágrafo 2

  45. 2. Las partes o repuestos necesarios para la reparación o acondicionamiento de los bienes de capital, as í como los insumos, productos intermedios, repuestos, accesorios, partes y piezas materialmente incorporados en las embarcaciones reparadas o acondicionadas, incluyendo aquellas mercancías que son absorbidas por las mismas, podrán ser importados bajo esta modalidad

  46. Importación temporal para procesamiento industrial.

  47. Se modifica

  48. Inciso 9

  49. Inciso 13

  50. Artículo 233

  51. 2 Parágrafos

  52. Es la modalidad bajo la cual se importan temporalmente materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de industrias reconocidas como Usuarios Altamente Exportadores y autorizadas para el efecto por la autoridad aduanera, y con base en la cual su disposición quedará restringida.

    Los Usuarios Altamente Exportadores autorizados para utilizar esta modalidad, deberán presentar la Declaración de Importación indicando la modalidad para procesamiento industrial y sin el pago de tributos aduaneros.

  53. Es la modalidad bajo la cual se importan temporalmente materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de los Operadores Económicos Autorizados tipo importador o tipo exportador y de los beneficiarios de la condición de usuario aduanero con trámite simplificado, con base en la cual su disposición quedará restringida.

    Los importadores y exportadores citados, para utilizar esta modalidad, deberán presentar la declaración de importación indicando la modalidad para procesamiento industrial y sin el pago de tributos aduaneros.

  54. Decreto 1165 de 2019

  55. Decreto 360 de 2021

  56. Decreto 1165 de 2019

  57. Decreto 360 de 2021

  58. Artículo 244

  59. La obligación aduanera en la importación

  60. Se realizan modificaciones al Decreto 1165 de 2019, para crear nueva calidad aduanera e implementar ajustes que propenden por la facilitación aduanera

  61. 1.1. Personas jurídicas. Estar domiciliados y/o representados legalmente en el país y estar inscritos en el Registro Único Tributario (RUT) o en el registro que haga sus veces, con la calidad correspondiente.

  62. NªL 0.4

  63. ¿Qué es?

  64. Nace con los trámites aduaneros que deben cumplirse de manera previa a la llegada de la mercancía al territorio aduanero nacional.

  65. Funciones principales

  66. Suministro de información y/o documentación anticipada.

  67. Trámites aduaneros y requisitos que deben cumplirse al arribo de las mercancías.

  68. Presentación de la mercancía a la autoridad y declaración aduanera.

  69. Pago de los tributos aduaneros causados por la importación y de los intereses.

  70. Obligación de obtener y conservar los documentos que soportan la operación y presentarlos cuando se requieran.

  71. Llevar los sistemas de control de inventarios en forma automatizada, que mantengan en todo momento el registro actualizado de los datos de control de las mercancías de comercio exterior, mismos que deberán estar a disposición de la autoridad aduanera.

  72. Función principal

  73. Aquellos que gravan las operaciones de importación de bienes

  74. Función principal

  75. Es el valor sobre el cual se debe liquidar un impuesto, en este caso, el impuesto a las ventas.

  76. ¿Qué es?

  77. Registro o licencia de importación, factura comercial, documento de transporte, certificado de origen, registro sanitario o de otra índole, lista de empaque, poder o mandato y declaración andina

  78. ¿Cuáles son?

  79. Es la modalidad que permite la importación temporal de bienes de capital, así como de sus partes y repuestos, con suspensión de tributos aduaneros

  80. ¿Qué es?

  81. Es la modalidad bajo la cual se importan temporalmente materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de industrias reconocidas

  82. ¿Qué es?

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Se realizan modificaciones al Decreto 1165 de 2019, para crear nueva calidad aduanera e implementar ajustes que propenden por la facilitación aduanera
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Daniela Ibañez
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