Fluxograma
Cuarto mapa consti
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Ley Fundamental y orden económico
"Neutralidad político económica" de la Ley Fundamental
La Ley Fundamental no contiene determinación o garantía de modelo económico alguno, sino que encomienda el régimen económico al legislador [...]
La neutralidad político-económica, permite al legislador desarrollar la política económica a su juicio más adecuada, respetando la ley fundamental y los DD. fundamentales
El tribunal Constitucional se ha opuesto a todos los intentos de inferir de la Ley Fundamental una decisión global del constituyente por un determinado sistema económico que vinculará al Estado a un determinado modelo de ordenación
De esta forma
Comprometer al Estado con unas doctrinas económicas específicas y con la garantía o la imposición de las concepciones acerca de la política de ordenación adecuada
Esto implica
A diferencia de la Constitución de Weimar
La Ley Fundamental no contiene normativa explícita alguna respecto de la constitución económica y social, lo que continuamente se aduce en defensa de la tesis de neutralidad
Los debates del Consejo Parlamentario estuvieron presididos por la idea de que solo debian ser recogidos en el texto constitucional los DD. Fundamentales clasicos
La regulación de las cuestiones sociales habría de confiarse al futuro
Mientras que
La ordenación de la economía en teoría y practica
Una economía operativa requiere que las decisiones de los agentes económicos acerca de la producción, inversión, distribución y consumo estén coordinadas
La teoría económica conoce 2 formas básicas de coordinación de la política económica
Economía centralizada
Economía del tráfico
Las decisiones esenciales están centralizadas, generalmente en el Estado.
Un plan global vinculante sustituye o vincula los proyectos económicos individuales
La coordinación de los planes económicos, de las actuaciones de las unidades económicas y del proceso económico global se opera a través de los precios del mercado
Los tipos básicos de coordinación reflejan tipos ideales, a partir de los cuales se configuran y combinan, histórica y actualmente los regímenes económicos concretos
El régimen económico de la República Federal se ha visto condicionado de modo decisivo por las ideas del neoliberalismo para el que una economía de tráfico solo es económica y socialmente aceptable
como
economía de libre competencia
Principios fundamentales de la Constitución económica
La Ley Fundamental garantiza la propiedad privada, incluida la propiedad destinada a la actividad empresarial y su explotación económica
En lo referente a la decisión política fundamental sobre la forma de coordinar la economía, la Ley Fundamental NO es neutral en el sentido de que cupiera reestructurar el orden económico establecido convirtiendolo en uno ajustado al modelo de la economía de gestión o planificación centralizada
Tal vez la Ley Fundamental no contenga en las citadas garantías decisión política básica alguna que haga referencia a la economía
Lo esencial es que el régimen constitucional de DD. Fundamentales reconoce al individuo, como persona jurídica, una determinada participación en los procesos sociales y económicos
Una coordinación centralizada de la economía, ya sea jurídico-administrativa o mediante planificación, requiere todo un instrumentario de acción estatal que es completamente extraño a la Ley
A eso se le añade la estructura federal de la Ley Fundamental
Donde
La Federación posee en el ámbito de la economía una marcada competencia legislativa
La naturaleza mixta del régimen económico real de la República Federal tiene también su fundamento constitucional en la coexistencia
Por otro lado
de
El Estado Social, que comprende la responsabilidad estatal por los equilibrios macroeconómicos
La garantía de la propiedad y de las libertades económicas
Solo de forma implícita se ha llevado a cabo la determinación del marco constitucional de la economía
Se caracteriza por
Una coordinación económica de mercado y una programación autónoma de las empresas privadas
Por tanto
Se da una cierta relación de complementariedad entre la Constitución estatal garantizadora de las libertades y el orden económico
Los fundamentos determinantes del marco económico de competencias son las libertades
Los DD. fundamentales al libre desempeño privado de actividades económicas y a la libre disposición privada sobre bienes económicos, garantizan al individuo el derecho a una conducta no ajustada al mercado, a la consideración también de puntos de vista metaeconómicos
Por otro lado
Bajo las condiciones económicas y el proceso de crecimiento de las entidades económicas dominantes, el individuo en asociación con otros titulares de DD. fundamentales podrá asegurar sus libertades económicas fundamentales
Actualmente
Derecho Comunitario
El régimen económico de la República Federal no está determinado únicamente por el Derecho Nacional, sino así mismo por el Derecho Europeo, en particular por el Tratado de la Comunidad Europea
Este prevé diversas libertades económicas de las que el ciudadano comunitario debe disponer de forma directa
Junto a las expresas garantías de libertades de los Tratados Comunitarios, se ha ido desarrollando un catálogo comunitario de DD. fundamentales
Para la determinación del contenido y alcance en el Derecho Comunitario de los DD. fundamentales, el tribunal de justicia ha recurrido a la Convención Europea de DD.HH y a sus protocolos adicionales
En el Derecho Comunitario la eficacia normativa de los DD. fundamentales se corresponde en buena medida con la que se deriva de la Ley Fundamental
Informações
- Descrição
- Fluxograma sobre Cuarto mapa consti, criado por Laura Garzón em 12-03-2017.
- Criado por
- Laura Garzón
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