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YOSELIN CARINA GUINAC ORDOÑEZ Espanhol 138 flashcards

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Flashcards do conjunto (138)

  1. 1Definición Derecho Procesal del TrabajoConjunto de normas, principios e instituciones que tienen por objeto la resolución de conflictos con ocasión al trabajo, ya sean de carácter individual o de carácter colectivo. Organizando para el efecto la jurisdicción privativa del trabajo y previsión social y regulando los diferentes procesos.
  2. 2DenominacionesA. DERECHO PROCESAL OBRERO o DERECHO PROCESAL INDUSTRIAL
    B. DERECHO PROCESAL SOCIAL
    C. PROCEDIMIENTO LABORAL o PROCEDIMIENTO DE TRABAJO
    D. DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO o DERECHO PROCESAL LABORAL
  3. 3Naturaleza Jurídica:A. es una rama del Derecho Público
    B. es una nueva disciplina jurídica autónoma
  4. 4Características1. Autónomo
    2. Proceso oral con formalidades mínimas
    3. proceso informado por la concentración e inmediación
  5. 5Principios rectores1. IMPULSO PROCESAL DE OFICIO
    2. CONGRUENCIA
    3. INMEDIACION PROCESAL
    4. ORALIDAD
    5. CONCENTRACION PROCESAL
    6. PUBLICIDAD
    7. ECONOMIA PROCESAL
    8. PRECLUSION
    9. IGUALDAD
    10. TUTELAR
    11. SENCILLEZ
    12. PROBIDAD O DE LEALTAD
    13. ADQUISICIÓN
  6. 6A que se refiere: Supletoriedad a los Principios del Derecho Procesal del Trabajo• El artículo 326 CT dice: “En cuanto no contraríen los principios procesales que contiene este código, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del CPCyM y LOJ.
  7. 7Que son las fuentes de derecho de trabajoHechos que dan nacimiento a las normas jurídicas o causas o fenómenos que le dan origen.
  8. 8Fuentes DIRECTAS1. Ley
    2. Sentencia Colectiva
    3. Jurisprudencia
    4. Pacto Colectivo de Condiciones de trabajo
  9. 9Fuentes principales1. El Código de Trabajo.
    2. Leyes de trabajo
  10. 10Fuentes supletorias1. Los principios del Derecho de Trabajo
    2. Equidad , costumbre y los usos locales
    3. Principios y leyes del Derecho Común
  11. 11Jurisdicción privativa del trabajo• Es la facultad de juzgar y ejecutar lo juzgado
    • Puede definirse como la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable la controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes.
  12. 12DEFINICION DE JURISDICCIÓN Y COMPETENCIALa jurisdicción es la potestad de administrar justicia y la competencia fija los límites dentro de los cuales el juez puede ejercer aquella facultad
  13. 13Naturaleza Jurídica de Jurisdicciónes una función estatal de satisfacción de pretensiones ante una controversia o conflicto.
  14. 14Elementos de la jurisdicción1. Notio = jurisdicción, facultad de conocer un litigio;
    2. Vocatio = llamamiento, facultad de hacer comparecer a las partes;
    3. Coertio = Contención, restricción, facultad de castigar o penar;
    4. Iundicium = facultad de dictar sentencia;
    5. Executio = ejecución judicial, mediante auxilio de fuerza pública.
  15. 15CARACTERÍSTICAS DE LA JURISDICCIÓN PRIVATIVA:1. Improrrogable
    2. Indelegable
    3. Exclusividad
  16. 16Organización de los tribunales de trabajo y previsión social1. Juzgados de paz (no + de 3mil)
    2. Catorce Juzgados de Trabajo y Previsión Social
    3. Tribunales de conciliación y arbitraje
    4. Tres Salas de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social
  17. 17Tribunales mixtosA) De conciliación; y B) De arbitraje, presididos por un juez de derecho, quien conoce cuestiones de derecho; dos delegados: uno obrero y un patronal, que conocen conflictos colectivos de carácter económico - social, según su leal saber y entender.
  18. 18ColegiadosSalas de las Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, las que conocen en segunda instancia de los mismos conflictos indicados con anterioridad, integrada por tres jueces de derecho;
  19. 19UnipersonalesJuzgado de Trabajo y Previsión Social, con jueces de derecho unipersonales que conocen de los conflictos individuales y colectivos de carácter jurídico, generalmente a través del procedimiento ordinario.
  20. 20Competencia de los juzgados de paz en materia de trabajo1. conocen todos los conflictos de trabajo cuya cuantía no execeda 3mil
    2. conocen conflictos en dónde no hubiese jueces privativos de trabajo
  21. 21Competencia de los juzgados de Trabajo y previsión socialConocen en primera instancia:
    1. conflictos individuales o colectivos de carácter jurídico
    2. Conflictos de carácter económico, una vez se constituyen en tribunales de arbitraje
    3. disolución judicial de las organizaciones sindicales y los conflictos que surjan entre ellos
    4. cuestiones de carácter contencioso con IGSS
    5. Procesos contencioso administrativo
  22. 22Competencia de Tribunales de Conciliación y ArbitrajeMantener un justo equilibrio entre los diversos factores de la producción, amartizando los derehos del capital y del trabajo. Conocen en primera Instancia
  23. 23Competencia de las Salas de la corte de Apelaciones de trabajo y previsión social1. Conocen en 2da. Instancia
    2. Conocen en grado de las resoluciones emitidas por los jueces de Trabajo y previsión social o por los Tribunales de Arbitraje, cuando proceda la apelación o la consulta
  24. 24Integración de los Tribunales de Conciliación y Arbitrajea) Un Juez de Trabajo y Previsión Social, que lo preside.
    b) Un representante titular y 3 suplentes de los trabajadores.
    c) Un representante titular y 3 suplentes de los empleadores.
  25. 25Integración de las salas de corte de apelación de trabajo y previsión socialArt. 301 CT
    por tres magistrados propietarios y tres
    suplentes electos por el Congreso de la República
  26. 26Clases de competenciasa) por razón de la materia
    b) por razón de la cuantía
    c) por razón de grado
    d) por razón del territorio
    e) por razón de turno
  27. 27COMPETENCIA por razón de la materiaque es la naturaleza jurídica del asunto litigioso. Que puede ser civil, mercantil, laboral, penal, constitucional, etc.
  28. 28COMPETENCIA por razón de la cuantíael valor jurídico o económico de la relación u objeto litigioso.
  29. 29COMPETENCIA por razón de la gradoque se refiere a la instancia o grado jurisdiccional, atendida la estructura jerárquica de los sistemas judiciales, en que puede ser conocido un asunto. Puede ser en única, primera o segunda instancia.
  30. 30COMPETENCIA por razón de la territorioel lugar físico donde se encuentran los sujetos u objeto de la controversia o donde se produjo el hecho que motiva el juicio.
  31. 31COMPETENCIA por razón de turnoSe refiere a jueces de la misma competencia a quienes se les fija determinados días para la recepción de las causas nuevas, a fin de hacer una distribución equitativa del trabajo entre los mismos.
  32. 32Clasificación de los conflictos de trabajo1. DERECHO PROCESAL INDIVIDUAL
    2. DERECHO PROCESAL COLECTIVO DE TRABAJO
  33. 33DERECHO PROCESAL INDIVIDUALLos conflictos individuales son siempre pleitos de tipo jurídico (patronos y trabajadores)
  34. 34DERECHO PROCESAL COLECTIVO DE TRABAJOa) los intereses son más abstractos o indeterminados; se encaminan a la obtención de nuevas y obligan a personas individuales y jurídicas ajenas a la controversia
    b) conflictos colectivos de carácter jurídico (se refieren a la interpretación o aplicación del derecho existente)
    c) conflictos colectivos de carácter económico o de interés social (Versan sobre la creación, modificación, suspensión o supresión de las condiciones de prestación de los servicios)
  35. 35Juicio ordinario laboralEs el Juicio de conocimiento para la tramitación y solución judicial de los Conflictos Individuales y Conflictos Colectivos de carácter Económico Jurídico, que surjan entre trabajadores y patronos, así como también, los conflictos contenciosos en materia de Previsión Social, derivados del IGSS; y todos aquellos asuntos de esta materia que carezcan de procedimiento determinado, en el Código de Trabajo.
  36. 36NATURALEZA JURIDICAEl juicio ordinario de trabajo es un típico proceso de cognición, ya que tiende a declarar el derecho previa fase de conocimiento; es publica por cuanto la jurisdicción es una actividad encomendada a los juzgadores por el estado.
  37. 37CARACTERISTICAS DEL JUICIO ORDINARIO LABORAL1. Es un procedimiento que se actúa por las partes en audiencias sucesivas
    2. Las actuaciones de las partes se asientan en actas (art. 322 CT)
    3. La actuación de las partes debe ser por regla general oral (art 321 CT)
    4. Se protege jurídicamente de manera preferente a la parte económicamente más débil
  38. 38LAS PARTES en un proceso laboral1. JUEZ
    2. ACTOR
    3. DEMANDADO
    4. Inspección general de trabajo de acuerdo a lo establecido en el artículo 280 CT. (CASOS)
  39. 39CAPACIDAD PROCESALla determina por la mayoría de edad, la excepción es que los trabajadores menores de edad que tengan 14 años o más que podrán comparecer por si mismos a demandar ante los tribunales de trabajo, estos deberán comparecer por medio de quien ejerza la patria potestad o tutela
  40. 40REPRESENTACION DE LAS PARTES Y LA ASESOCIA PROFESIONAL• ASESOR JURIDICO
    • ASESORIA OBLIGATORIA: cuando las partes comparezcan ante los tribunales de conciliación y arbitraje
    • MANDATARIO JUDICIAL
  41. 41DEMANDAEs el acto procesal propio del actor por medio del cual expone sus pretensiones ante el juez de trabajo y previsión social y sobre las cuales deberá emplazarse al demando para obligarlo a pronunciarse sobre ellas.
  42. 42CLASES DE DEMANDAa) Demanda escrita
    b) Demanda oral
  43. 43Requisitos de la demanda1. Encabezamiento indicando al juez a quien se dirije
    2. Nombres y apellidos del solicitante, edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, vecindad y lugar donde recibe notificaciones
    3. Relación de los hechos
    4. Nombres y apellidos de la persona o personas a quienes se reclama un derecho
    5. medios de prueba
    6. Peticiones (de forma y de fondo)
    7. Lugar y fecha, cantidad de copias
    8. Firma del demandante y asesor
  44. 44MODIFICACION DE LA DEMANDA Y OPORTUNIDAD PROCESAL PARA AMPLIARLA1. En el momento comprendido entre la citación del demandado y la celebración de la primera audiencia
    2. Dentro de la celebración de la primera audiencia, pero antes de contetarse la demanda
  45. 45MEDIDAS PRECAUTORIAS O CAUTELARES1. Embargo
    2. Embargo con carácter de intervención de la empresa mercantil demandada
    3. La anotación de la demanda
    4. El secuestro de bienes
    5. Arraigo.
  46. 46Formas de notificación1) personalmente.
    2) por los estrados del tribunal:
    3) por el libro de copias.
  47. 47EMPLAZAMIENTOconsiste en otorgar a la parte interesada un plazo para presentarse ante el Tribunal, con el objeto de realizar un acto necesario para él.
  48. 48ACTITUTDES DEL DEMANDADO• CONTESTACION DE LA DEMANDA EN SENTIDOS NEGATIVO
    • LA RECONVENCION
    • REBELDIA
    • CONFESION FICTA
    • ALLANAMIENTO
    * Conciliación
  49. 49ConciliaciónEs la etapa del proceso en la que el juez procura el avenimiento de las partes proponiéndoles formulas ecuánimes de arreglo para evitar tramite del proceso y ponerle fin al mismo mediante la suscripción de un convenio que adquiere carácter de título ejecutivo.
  50. 50Clases de conciliación• Total: Las partes llegan a un acuerdo sobre la totalidad de las pretensiones ejercitadas y al aprobarse por el juzgado termina el proceso.
    • Parcial: las partes llegan a un acuerdo sobre alguna o algunas de las pretensiones hechas vales por los que el proceso terminará únicamente sobre estas pero proseguirá en cuanto a las pretensiones no concluidas. Art- 341 del
  51. 51ExcepcionesDILATORIAS,
    PERENTORIAS Y
    MIXTAS o NACIDAS CON POSTERIORIDAD A LA CONTESTACION DE LA DEMANDA
  52. 52Excepciones que caben en el Procedimiento Ordinario Laboral1) Incompetencia; 2) Litispendencia; 3) Demanda Defectuosa; 4) Falta de Capacidad Legal; 5) Falta de Personalidad; 6) Falta de Personería; 7) Falta de cumplimiento del plazo de la condición a que estuviere sujeta la obligación o el derecho que se hagan valer; 8) Caducidad; 9) Prescripción; 10) Cosa Juzgada; y 11) Transacción.
  53. 53Interposición de excepcionesLas excepciones que tendrían reserva, para aplicarlas como previas, serían la de Caducidad, Prescripción, Cosa Juzgada y Transacción.
    De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 342 del Código de Trabajo: «Las excepciones perentorias se opondrán con la contestación de la demanda o de la reconvención, PERO LAS NACIDAS CON POSTERIORIDAD y las de PAGO, PRESCRIPCION, COSA JUZGADA y transacción, se podrán interponer en CUALQUIER TIEMPO, mientras no se haya dictado sentencia de segunda instancia
  54. 54Desarrollo de la Primera audiencia FASE 11. El Juzgador ingresará a la sala de audiencia a la hora indicada para su inicio,
    procediendo a Dar por iniciada la audiencia, Indicar el lugar, la fecha, el nombre del Juzgado, la naturaleza de la
    audiencia, y el número del proceso de trámite.
  55. 55Desarrollo de la Primera audiencia FASE 22. Identificación de las partes
    3. Primera invitación a conciliar
    4. Pautas para el desarrollo de la audiencia (ADVERTENCIAS)
    5. Intervención parte actora
    6. Intervención parte demandada
    7. Excepciones dilatorias
    8. Contestación y reconvención
    9. Segunda invitación a conciliar
  56. 56Desarrollo de la Primera audiencia FASE 310. Medios de prueba (Prueba testimonial, Dictamen de expertos, Exhibición de documentos, Confesión judicial, Otros medios de prueba
    11. Cierre de audiencia
  57. 57EL PROCESO DEL JUICIO ORDINARIO LABORALEL PROCESO DEL JUICIO ORDINARIO LABORAL
  58. 58CONCEPTO PRUEBAEs el medio de soporte de lo que se afirma o se niega dentro del proceso
  59. 59MEDIO DE PRUEBAEs lo que permite introducir la prueba al juicio
  60. 60SISTEMAS DE VALORACION DE LA PRUEBA• SANA CRITICA RAZONADA
    • PRUEBA LEGAL O TAZADA
    • LIBRE CONVICCION
    • PRUEBA EN CONCIENCIA
  61. 61CLASIFICACION DE LOS MEDIOS DE PRUEBA1. Confesión judicial
    2. Declaración de testigos
    3. Dictamen de expertos
    4. Reconocimiento judicial
    5. Documentos
    6. Medios científicos de prueba
    7. Presunciones humanas y legales
  62. 62DECLARACION TESTIMONIALLas partes pueden ofrecer hasta 4 testigos sobre cada uno de los hechos que pretendan establecer
    • TACHA DE TERDIGOS: Art. 351C, hace referencia a aquellos testigos que se convierten en inadmisibles porque no son idóneos.
  63. 63CONFESIÓN FICTA O FICTA CONFESSIOes el resultado de tenerse por reconocidos los hechos expuestos por el demandante, a consecuencia de la incomparecencia del demandado a absolver posiciones dentro de la prueba de confesión judicial.
  64. 64SENTENCIAEs el acto procesal que le pone fin al proceso y por medio del cual el juez externa su decisión en relación a los asuntos que fueron sujetos a su conocimiento.
  65. 65Partes de la Sentencia• Encabezamiento;
    • Introducción;
    • Hechos;
    • Parte Considerativa; y,
    • Parte Resolutiva o Declarativa
  66. 66CLASES DE SENTENCIA1. SENTENCIA POR REBELDIA
    2. SENTENCIA POR CONFESION FICTA
    3. SENTENCIA POR CONTESTACION EN SENTIDO AFIRMATIVO DE LA DEMANDA
    4. SENTIENCIA CUMUN O DEFINITIVA
  67. 67ESQUEMA JUICIO ORDINARIO 11. Demanda: art. 332
    • El juez la califica (si tiene algún error manda a subsanar)
    • El juez emite resolución de tramite (señala día y hora apercibiendo a las partes de presentarse con sus pruebas y que en caso de incomparecencia continua el juicio en rebeldía)
    • Puede pedirse las medidas cautelares.
  68. 68ESQUEMA JUICIO ORDINARIO 22. Notificación: (art. 327,328 y 329 CT)
    3. Emplazamiento: (art 337) entre la citación y la primera audiencia puede mediar por lo menos 3 días.
    4. Primera audiencia (art.338 CT) • Se verifica la presencia de las partes
    • Se amplía o se ratifica la demanda
    • Se presentan las actitudes del demandado
    • Etapa de conciliación
    • Diligenciamiento de la prueba
  69. 69ESQUEMA JUICIO ORDINARIO 35. Segunda audiencia: (art 346 CT se fija para presentar los medios de prueba que no se hayan presentado, se fijara dentro del término no mayor de 15 días a partir de la primera audiencia
  70. 70ESQUEMA JUICIO ORDINARIO 46. Tercera audiencia (extraordinaria):
    7. Diligencias para mejor proveer (art 357): Se practica dentro del término de 10 días
    8. Sentencia: se dictará dentro de un término no menor de 5 días ni mayor de 10
  71. 71MEDIOS DE IMPUGNACIONRECURSOS: Se interponen ante el mismo órgano jurisdiccional y son resueltos por un superior.
    REMEDIOS: Se interponen y son resueltos por el mismo órgano.
  72. 72CLASIFICACION DE LAS RESOLUCIONES:1. DECRETOS
    2. AUTOS
    3. SENTENCIA
  73. 73RECURSO DE REVOCATORIAProcede contra las resoluciones que no sean definitivas.
     se interpone en el momento de la resolución si la misma se hubiere dictado durante una audiencia o diligencia,
     se interpone dentro de 24 horas, de notificada una resolución, cuando esta hubiere sido dictada por el tribunal sin presencia de las partes.
     Se resolverá dentro de 3 días (art 325 CT)
  74. 74RECURSO DE NULIDAD Se interpondrá dentro del 3er día de conocida la infracción ante el tribunal que haya infringido el procedimiento
     El tribunal le dará tramite inmediatamente mandando oír por 24 horas a la parte.
     El tribunal resolverá dentro de las 24 horas siguientes
     Contra la resolución que resuelva le recurso cabe el recurso de apelación
  75. 75APELACION NULIDAD INTERPOSICION: Dentro de 24 hrs . de su notificación al tribunal que conoció en primera instancia.
     ELEVACION DE EXPEDIENTE: se elevan los autos originales a la Sala de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social
     RESOLUCION: Dentro de los 3 días siguientes a la recepción de los autos en la Sala respectiva, sin audiencia a las partes
  76. 76CONTRA LAS SENTENCIAS O AUTOS QUE PONGAN FIN AL PROCESOACLARACION Y AMPLIACION
  77. 77TRAMITE ACLARACION Y AMPLIACION Se interpondrán dentro de las 24 hrs. De notificado el fallo
     Se resolverán dentro de 3 días (art 325 CT)
  78. 78SEGUNDA INSTANCIA ApelaciónLa única forma en que puede originarse el trámite de la segunda instancia del juicio ordinario laboral solo cuando existe recurso de apelación.
    *Objeto: Revisar lo resuelto por un juez o tribunal de primera instancia.
  79. 79APELACION CON VISTA Se da cuando no ha existido prueba rechazada y protestada en primera instancia Se da cuando no ha existido prueba rechazada y protestada en primera instancia
     INTERPOSICION: dentro del 3 día de notificado el fallo Art. 365 b)
     ELEVACION DE EXPEDIENTE: Se elevan los autos originales a la Sala de Apelaciones de Trabajo y previsión Social.
     AUDIENCIA: POR 48 hrs. A la parte recurrente a efecto de que exprese los motivos de su inconformidad
     VISTA: debe realizarse dentro de los 5 días siguientes a la audiencia
     AUTO PARA MEJOR FALLAR (OPCIONAL): el tribunal de Segunda Instancia, cuando lo estime pertinente podrá hacer uso del auto para mejor fallar dentro de un término que no exceda de 10 días Art. 357
     SENTENCIA: Se dictará 5 días después.
  80. 80APELACION CON PRUEBA Se da cuando si existió prueba rechazada y protestada en primera instancia. INTERPOSICION: dentro del 3 días de notificado del fallo (art 365 b)
     ELEVACION DE EXPEDIENTE: Se elevan los autos originales a la Sala de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social.
     AUDIENCIA: Audiencia por 48 hrs. A la parte recurrente a efecto de que exprese los motivos de su inconformidad
     PRUEBA: sala señala audiencia para la recepción de la prueba denegada y protestada en primera instancia dentro del plazo de 10 días.
     AUTO PARA MEJOR FALLAR (OPCIONAL): el tribunal de Segunda Instancia, cuando lo estime pertinente podrá hacer uso del auto para mejor fallar dentro de un término que no exceda de 10 días Art. 357
     SENTENCIA: Se dictará en un plazo no menos de 5 ni mayor de 10 días.
  81. 81RECURSOS CONTRA LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA(Art 373 CT): Contra las sentencias de segunda instancia no caben más recursos que los de aclaración y ampliación.
  82. 82EFECTOS DE LA SENTENCIA EN SEGUNDA INSTANCIA(Art 372) confirmar, revocar, enmendar o modificar, parcial o totalmente la sentencia de primera instancia.
  83. 83PROCESO EJECUTIVO LABORALEs aquella actividad jurisdiccional por medio de la cual coactivamente se obliga al deudor a cumplir con una obligación contando con los requisitos de un título de ejecución una acción ejecutiva y un patrimonio ejecutable.
  84. 84ACCION EJECUTIVAFacultad de poder acudir ante los órganos jurisdiccionales para hacer valer sus pretensiones o derechos reconocidos Por la ley ante la existencia de un título ejecutivo.
  85. 85TITULO EJECUTIVODocumento al cual la ley le atribuye la suficiencia necesaria para exigir el cumplimiento forzado de una obligación que consta en el.
  86. 86PATRIMONIO EJECUTABLELa existencia real de un patrimonio ejecutable se convierte en uno de los presupuestos indispensables para toda ejecución porque con dicho patrimonio se puede cubrir el monto de lo adeudado.
  87. 87PROCEDIMIENTO DEL PROCESO EJECUTIVO LABORAL 11. El juez de oficio y dentro del plazo de 3 días de notificada la ejecutoria o de aceptada la obligación practicara la liquidación
    2. Notificación a las partes de la liquidación: se le notifica al ejecutado el pazo de 3 días para que haga efectivo el pago (contra la liquidación no cabrá más recurso que el de RECTIFICACION, que procede cuando tenga un error de cálculo, dicho recurso debe interponerse dentro de 24 hrs de notificada la liquidación, se resuelve inmediatamente.
  88. 88PROCEDIMIENTO DEL PROCESO EJECUTIVO LABORAL 23. Si no paga el ejecutado el juez emite mandamiento de ejecución solicitando: (orden de pago, medidas cautelares, nombrar depositarios, requerimiento de pago, nombramiento de Ministro ejecutor.
    4. Ministro ejecutor requiere el pago al ejecutado. (paga: termina el proceso tiene 3 días para pagar. No paga, se ordena el embargo.
    5. Tasación o valoración de los bienes
  89. 89PROCEDIMIENTO DEL PROCESO EJECUTIVO LABORAL 36. Orden de remate: El remate se deberá efectuar en un plazo que no exceda de 10 días sin necesidad de que se hagan previamente publicaciones.
    7. Remate: se adjudica el bien al mejor postor y si no hay portores al ejecutante
    8. Entrega de bienes rematados: a) el juez ordenará al depositario o a quien los posea su inmediata entrega, b) si los bienes están sujetos a registro se fijará de oficio al obligado un término no mayor de 5 días para que entregue la escritura traslativa de dominio bajo apercibimiento de hacerlo el juez en su rebeldía.
  90. 90Definición de faltas de trabajo y previsión socialSon faltas de trabajo y previsión social todas las infracciones o violaciones por ocasión u omisión que se cometan contra las normas prohibitivas o preceptivas contenidas en las disposiciones del Código de Trabajo, de sus reglamentos, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por Guatemala, los pactos o convenios colectivos de trabajo vigentes en la empresa y demás normas laborales, que sean susceptibles de ser sancionadas con multa. Art. 269 CT.
  91. 91Reglas que rigen el procedimiento sancionador• Las acciones prescriben en 6 meses
    • Graduación de la sanción: Elementos a considerar (circunstancias económicas, medios de subsistencia del sancionado los antecedentes y condiciones personales de este, el mal causado o exposición al peligro
    • Solidaridad de representantes
    • Sanción no exime obligaciones contractuales
    • Subsanación irregularidades
  92. 92Procedimiento 11. El Delegado Departamental de la Inspección General de Trabajo, debe determinar la sanción administrativa aplicable
    2. Cuando el inspector compruebe la existencia de una supuesta infracción a las normas de trabajo y previsión social, incluyendo la obstrucción a la labor de inspección, levantará acta circunstanciada de prevención
  93. 93Procedimiento 2En caso de incumplimiento o inasistencia a la citación, el Inspector de Trabajo redactará acta circunstanciada de infracción, con la que iniciará el expediente administrativo sancionatorio, que deberá ser trasladado, dentro de los tres días siguientes, al Delegado Departamental de la Inspección General de Trabajo, para que revise el expediente y emita la respectiva resolución. Art. 271 Bis CT.
  94. 94Procedimiento 3En caso de incumplimiento o inasistencia a la citación, el Inspector de Trabajo redactará acta circunstanciada de infracción, con la que iniciará el expediente administrativo sancionatorio, que deberá ser trasladado, dentro de los tres días siguientes, al Delegado Departamental de la Inspección General de Trabajo, para que revise el expediente y emita la respectiva resolución. Art. 271 Bis CT.
  95. 95Procedimiento 4Presentada el acta de infracción por el Inspector de trabajo, el Delegado Departamental de la Inspección General de Trabajo emitirá la resolución dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Art. 271 Bis CT.
  96. 96Procedimiento 5Una vez notificada la resolución que impone la sanción, el infractor tendrá cinco días para hacer el pago correspondiente en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, salvo que haya interpuesto recurso de revocatoria regulado en el artículo 275 del presente Código. Art. 272 CT.
  97. 97Procedimiento 6Si al momento del pago, el infractor manifiesta que corrigió la falta por la que fue sancionado, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social exonerará el cincuenta por ciento (50%) del monto de la multa, previa verificación de cumplimiento. Art. 272 CT.
    Si el infractor paga la multa pero no demuestra haber corregido la conducta por la que se aplicó la sanción, la Inspección General de Trabajo iniciará el proceso de ejecución de resolución conforme el artículo 426 del presente Código para obligar al infractor a subsanar la falta. Art. 272 CT.
  98. 98Procedimiento 7Si el infractor no paga la multa y no demuestra haber corregido la conducta por la que se le aplicó la sanción, o no cumple con la resolución y no interpone recurso de revocatoria, la Inspección General de Trabajo iniciará el proceso de ejecución de la resolución bajo el artículo 426 del presente Código para obligar al infractor a pagar la multa y subsanar la conducta con el objeto de que se cumpla la ley. Art. 272 CT.
  99. 99Recurso de revocatoriaque deberá interponerse por escrito ante la dependencia administrativa del Ministerio mencionado, dentro del término de cuarenta y ocho horas de notificada la resolución, debiendo el despacho respectivo elevar inmediatamente las actuaciones al Ministerio de Trabajo y Previsión Social. El Ministerio debe resolver dentro del improrrogable término de ocho días, revocando, confirmando o modificando la resolución recurrida. El plazo respectivo se empieza a contar desde el día siguiente al en que se reciban las actuaciones; y
  100. 100Recurso de reposiciónsi se tratare de resoluciones originarias del Ministerio. Dicho recurso se substanciará y resolverá dentro de los mismos términos indicados en el inciso anterior. Art. 275 CT
  101. 101Proceso contencioso administrativo de trabajo y previsión socialLa demanda en el proceso contencioso administrativo de Trabajo y Previsión Social deberá contener los mismos requisitos establecidos en el artículo 332 de este Código. Art. 415 CT.
  102. 102Impugnación de la sentencia del proceso contencioso administrativoContra la sentencia procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de tres (3) días. El Juez elevará los autos a la Sala de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social que corresponda, en un plazo de dos (2) días. Art. 418 CT
    Recibidos los autos, el Tribunal de alzada, otorgará audiencia por cuarenta y ocho horas a las partes para expresar agravios y deberá resolver el recurso de apelación en los cinco (5) días siguientes, debiendo confirmar, revocar o modificar la sentencia de primera instancia. Art. 418 CT
  103. 103DERECHO PROCESAL COLECTIVO DE TRABAJOConjunto de normas principio o instituciones que regulan el conocimiento y resolución de los conflictos de carácter económico social; originado de las controversias surgidas con ocasión del trabajo entre las formas de organización de trabajadores y patronos
  104. 104• CONFLICTOS COLECTIVOS DE CARÁCTER JURIDICOVersan sobre el cumplimiento de una norma vigente. La esencia de este tipo de conflicto radica en la violación o incumplimiento de alguna norma ya sea legal o contractual, pero de cumplimiento forzosa. Los conflictos de carácter jurídico tanto individuales como colectivos no son objeto de procedimiento especial para su sustanciación, sino que conoce de ellos un juzgado de trabajo y se sigue el procedimiento ordinario.
  105. 105• CONFLICTOS COLECTIVOS DE CARÁCTER ECONOMICO-SOCIALConflictos que surgen con motivo de divergencia de orden económico y/o social que se suceden entre las partes de la relación laboral y desemboca en la pretensión de una de ellas (la trabajadora) de mejorar las condiciones de prestación de trabajo.
  106. 106• Clasificación de conflictos colectivosa) Conflictos obrero patronales
    b) Conflictos interpersonales
    c) Conflictos intersindicales o intergremiales
  107. 107FORMAS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS COLECTIVOS DE CARÁCTER ECONOMICO-SOCIAL:a) ARREGLO DIRECTO art.374 CT
    b) VIA DIRECTA art.51 CT
    c) CONCILACION art. 377 CT
    d) ARBITRAJE art. 57 CT
  108. 108• ARREGLO DIRECTOProcedimiento por medio del cual patronos y trabajadores tratan de resolver sus diferencias con la sola intervención de ellos o de amigables componedores. Sirve para negociar convenios colectivos o contratos colectivos. Los consejos o comités AD HOC son los que se encargan de plantear a los patronos o a los representantes de estos sus quejas o solicitudes este debe estar compuesto por no más de 3 miembros
  109. 109PROCESO ARREGLO DIRECTO1. Los trabajadores presentan verbalmente o por escrito sus quejas o solicitudes
    2. El patrono o su representante no puede negarse a recibirlas a la mayor brevedad posible
    3. Si las negociaciones conducen a un arreglo se levantará acta de lo acordado
    o En caso de que no haya arreglo se procede a la conciliación.
    4. se enviará copia autentica a la inspección general de trabajo dentro de las 24hrs siguientes a su firma.
  110. 110• AVISO A LOS CONSEJOS O COMITES AD HOC (Art 376 CT)cada vez a que se forme uno de los consejo o comités AD HOC sus miembros lo informaran a la inspección general de trabajo, mediante una nota que suscribirán y enviaran dentro de los 5 dias siguientes a su nombramiento.
  111. 111VIA DIRECTA (Art 51 CT):es aquella en la cual los sujetos personales de un conflicto colectivo someten a discusión la misma con el objeto de llenar a un arreglo común el cual satisfaga ambas pretensiones y a cuya negociación puede intervenir una autoridad administrativa o uno o más amigables componedores haciendo constar al arreglo al que lleguen las partes en conflicto en un pacto colectivo de condiciones de trabajo.
  112. 112PROCEDIMEINTO VIA DIRECTA1. Se realiza un proyecto de pacto colectivo y se hará llegar a la otra parte de la negociación a la autoridad administrativa de trabajo
    2. Hay acuerdo: se extiende el pacto colectivo en 3 ejemplares de los cuales uno se envía al ministerio de trabajo y previsión social
    3. No hay acuerdo: si transcurridos 30 días después de presentada la solicitud, la solicitud no ha llegado a un acuerdo se procede a la conciliación
  113. 113CONCILIACIONEs una etapa obligatoria en el proceso laboral cuyo objetivo es evitar la Litis entre las partes y que lleguen a un acuerdo. El conciliador no tiene interés en el asunto y solo da formas ecuánimes de solución.
  114. 114OBJETO DE LA CONCILIACIONBuscar mediante la intervención de la intervención del tribunal de conciliación, con un advenimiento entre las partes involucradas, en el conflicto para intentar que estas adopten las recomendaciones propuestas por aquel tribunal y con base en ellas se suscriba un convenio que permita terminar con el tramite del proceso.
  115. 115Duración de ConciliaciónNo dura más
    de 15 días
    381
  116. 116CARACTERES DE LA CONCILIACION :a) Inicia con la presentación de la demanda colectiva
    b) Tramite es controlado por un tribunal de orden pluripersonal llamado “tribunal de conciliación “
    c) No se admite la interposición de recursos excepciones y recusaciones
    d) Las decisiones del tribunal de conciliación solo son recomendaciones y por tanto no tiene carácter vinculante
    e) Si las partes aceptan las recomendaciones el tribunal suscribirá un convenio colectivo el cual termina con el tramite del proceso
  117. 117TRAMITE DE LA CONCILIACION1. Integración del tribunal de
    conciliación 12 horas
    2. la otra parte designe una
    delegación análoga 24 horas
    3. No se indica termino
    para que el tribunal se
    declare competente ?
    4. 1ra. Audiencia 36 horas
    5. 2da. Audiencia 48 horas
  118. 118PLIEGO DE RECOMENDACIONESSon recomendaciones que no tienen carácter vinculante para las partes y por ello no están obligados a adoptarlas, pero llegan a tener importancia si el asunto llega al conocimiento de un tribunal de arbitraje debido a que dichas recomendaciones les servirán de base para resolver
  119. 119PROCECIMEINTO PARA LA CONCILIACION:• SI HAY ARREGLO art 386 CT: se dara por terminada la controversia y las partes quedaran obligadas a firmar y cumplir el convenio
    • SI NO HAY ARREGLO: art 387 Y 397 CT: El tribunal de conciliación puede repetir por una sola vez dentro de las 48 horas siguientes si no obtuviere éxito dará por concluida su intervención y se procede al arbitraje.
  120. 120ARBITRAJEEs una forma de solución de conflictos cuyo objeto es resolver sin necesidad de acudir a la jurisdicción ordinaria, las partes nombran a un tercero (ARBITRO) para que en base a la equidad resuelva el conflicto.
  121. 121ARBITRAJE POTESTATIVOART 397 CT: 1) cuando las partes así lo acuerden, antes o inmediatamente después del trámite de conciliación. 2) cuando las partes así lo convengan una vez se hayan ido a la huelga o al paro, calificado de legales.
  122. 122ARBITRAJE OBLIGRATORIO1) una vez calificados como legal la huelga o el paro, transcurrirá el termino correspondiente sin que se haya realizado. 2) para los trabajadores de la empresa de transporte. 3) en el caso de que la huelga y el paro sean declarados legales y no inicie la holganza
  123. 123TRAMITE Arbitraje potestativolas partes deben someter ante el respectivo juez de trabajo y previsión social y por escrito los motivos de su divergencia, designado 3 delegados pro cada parte con poderes suficientes para representarlos
  124. 124TRAMITE ARBITRAJE OBLIGATORIOel juez convocara a las partes y levantara un acta designando 3 delegados por cada parte con poderes suficientes para representarlos.
  125. 125INTEGRACION DEL TRIBUNAL(art 399 CT) El juez, dentro de las 24 horas siguientes procederá a integrar el tribunal. Será motivo de excusa para los vocales del tribunal el haber conocido del mismo asunto en conciliación, pero puede ser esta allanada o los delegados de ambas partes (art 400)
  126. 126TRIBUNAL DE ARBITRAJE SE DECLARA COMPETENTE(art 401 CT) Resueltos los impedimentos que se hubieren presentado, el Tribunal de arbitraje se declarará COMPETENTE
  127. 127Diligencias del tribunal de arbitraje• Oirá a los delegados de los pates
    • Interrogara personalmente a los patronos y a los trabajadores en conflicto sobre los puntos que juzgue necesario aclarar.
    • Se demandará la evacuación rápida de las diligencias que estime convenientes
    • Recabara dictamen técnico económico del ministerio de trabajo y previsión social, sobre las diversas materias sometidas a su resolución o sobre alguna o alguna de ellas
  128. 128SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJEEl tribunal dictara sentencia dentro de los 15 dias posteriores al que se declaro competente
  129. 129La sentencia arbitrales obligatoria para las partes por el plazo que ella determine el cual no será inferior a un año.
  130. 130ACLARACION Y AMPLIACIONprocede cuando se busquen impugnar la falta de claridad de la sentencia o la omisión de resolver sobre alguno de los puntos que fueron de conocimiento del tribunal de arbitraje.
  131. 131APELACION ARBITRAJE: (art 404):1. Interposición: Se interpone dentro de los 3 dias siguientes de notificado el fallo a las partes
    2. Elevación de los autos
    3. Auto para mejor proveer: antes de 10 dias de emitir sentencia.
    4. Sentencia: dentro de 7 dias posteriores de recibidos los autos.
  132. 132SISTEMA DE VALORACION DE LA PRUEBA art 412 CT:los tribunales de conciliación y arbitraje apreciaran el resultado y el valor de la prueba según su leal saber y entender, sin sujetarse a las reglas del derecho comun
  133. 133Huelga o paroPara la declaratoria de ilegalidad
    del movimiento ACORDADO Y
    MANTENIDO DE HECHO, se
    tramitara en INCIDENTE.
  134. 134La prueba en la huelga y paroPero el periodo de prueba será
    de 5 DIAS
  135. 135NOTIFICACIONES en la huelga y paroLas notificaciones deberán ser
    realizadas en los centros de
    trabajo.
  136. 136Huelga y paro Si no hay arreglo o no se suscribió compromiso de ir al arbitrajelos
    trabajadores gozan del plazo de 20 DIAS,
    para declarar la huelga calificada de legal
  137. 137PLAZOEl plazo corre desde la notificación de la
    Sala confirmando el pronunciamiento del
    juez.
  138. 138PARO• El plazo para los patronos es de 3 días

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FlashCards sobre Sem título, criado por YOSELIN CARINA GUINAC ORDOÑEZ em 30-11-2024.
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