Fluxograma
Sem título

Conteúdo do fluxograma
Proceso de creación de una Ley en Ecuador
¿cuándo se requiere una ley?
Trámite ordinario para la aprobación de leyes
Art. 54 LOFL
Para regular el ejercicio y garantías constitucionales
Para tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes
Para crear modificar o suprimir tributos
Para modificar la división político-administrativa del país
Para atribuir deberes, responsabilidades
1. Los asambleístas
2. Presidente de la República
3. las otras funciones del Estado en ámbitoa de su competencia
4. Órganos autónomos del Estado
5. Los ciudadanos y organizaciones sociales
1.Presentación del proyecto
2. Calificación del CAL
6. Segundo Debate
Veto o Sanción del Presidente de la República
Sanción o no objeción
Si el proyecto es sancionado o no ha sido objetado en 30 días, será promulgado y publicado en el registro oficial
Objeción Parcial
La Asamblea Nacional podrá allanarse a la objeción o ratificar el proyecto inicialmente aprobado en un plazo de 30 días
4. Primer Debate
5. Segundo informe de comisión
3. Primer informe de comisión
Cuando se otorga a los organismos públicos de control y regulación la facultad de expedir normas de carácter general
Con un apoyo de una bancada legislativa o de al menos el cinco por ciento de sus miembros
Función Ejecutiva
Procuraduría General del estado
Con el respaldo de por lo menos el 0.25 por ciento de los inscritos en el padrón electoral
Función Legislativa
Función Electoral
Función Judicial
Función de transparencia y control social
Fiscalía General del Estado
Defensoria del Pueblo
Defensoría Pública
Corte Constitucional
¿Quiénes pueden presentar un proyecto de ley?
Art. 55 LOFL
Art. 56 LOFL
Ante la Presidencia de la Asamblea Nacional
se difundirá el proyecto y se lo remitirá al CAL
Deberá verificar que
- Se refiera a una sola materia
-Contenga exposición de motivos y articulado
-Cumpla los requisitos sobre la iniciativa legislativa
Si el proyecto es calificado se remitirá a una comisión especializada
Art. 58 LOFL
Art. 61 LOFL
La comisión presentará su informe sobre el proyecto en no menos de 15 ni mas de 45 días
Se tratara el informe en una sola sesión
Los asambleístas presentarán sus observaciones por escrito en la sesión o hasta 3 días después
La comisión analizará las observaciones presentadas
En un plazo de máximo de 45 días emitirá su informe
Se tratará en una sola sesión.se puede incorporar cambios
Proyectos de ley urgente en materia económica
Solo el Presidente puede enviar proyectos de ley en materia enconómica
Tiene un plazo de 4 días para el segundo debate
Art. 59 LOFL
La Asamblea deberá aprobarlos, modificarlos o negarlos en 30 días
La comisión tiene de 5 a 10 días para presentar su informe para primer debate
De caso contrario el Presidente lo promulgara como decreto de ley
Art. 62 LOFL
Art. 59 LOFL
Art. 60 LOFL
Art. 61 LOFL
La aprobación podrá ser del texto integro, por títulos, capítulos o artículos. También se lo podrá archivar
7. Remisión del proyecto de ley al Presidente
Art. 63 LOFL
El Presidente de la Asamblea debe enviar el proyecto de ley al Presidente de la República, para que lo sancione u objete
Sancionado o de no haber objeciones en 30 días posteriores se promulgara en el registro oficial
Art. 64 LOFL
Objeción total
La asamblea podrá volver a considerarlo después de 1 año.
Podrá ratificarlo en un solo debate, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros
Diana Rey
Primero Derecho B
Si la objeción se fundamenta en la inconstitucionalidad total o parcial del proyecto, requerirá dictamen de la Corte Constitucional, en 30 días
Abreviaturas
LOFL
Ley Orgánica de la Función Legislativa

Informações
- Descrição
- Fluxograma sobre Sem título, criado por karlita king em 08-08-2020.
- Criado por
- karlita king
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