Fluxograma
Sem título
Conteúdo do fluxograma
CÓDIDO
DEONTOLOGICO
DEL PSICÓLOGO
Es un documento que contiene un conjuntos de normas y reglas para que el psicológo ejerza correctamente su profesión
Los artículos se encuentran divididos dentro de nueve apartados:
TITULO PRELIMINAR
PRINCIPIOS GENERALES
ARTÍCULO 2
ARTÍCULO 1
ARTÍCULO 3
ARTÍCULO 4
El código deontológico de la profesión del psicólogo esta destinado a servir como regla de conducta profesional, en el ejercicio de la Psicología en cualquiera de sus modalidades.
La actividad del Psicólogo se rige, por los pricipios de convivencia (ética) y de legalidad.
Se tendrá en cuenta las normas explícitas e implícitas, que rigen en el entorno sociales que actúa,
El/la Psicólogo/a rechazará toda clase de impedimentos o trabas a su independencia profesional y al legítimo ejercicio de su profesión
ARTÍCULO 5
ARTÍCULO 6
ARTÍCULO 7
ARTÍCULO 14
ARTÍCULO 15
ARTÍCULO 13
ARTÍCULO 12
ARTÍCULO 11
ARTÍCULO 8
ARTÍCULO 10
La psicología se encarga del bienestar, la salud de la vida individual o social. El psicólogo puede colaborar con otro
profesional
La profesión de Psicólogo/a se rige por principios comunes a toda deontología profesional:
respeto a la persona, protección de los derechos humanos, sentido de responsabilidad,
honestidad, sinceridad,
prudencia en la aplicación de instrumentos y
técnicas, competencia profesional, solidez de la
fundamentación objetiva y científica de sus
intervenciones profesionales.
Queda totalmente prohibido utilizar las nociones aprendidas en esta disciplina para coartar la libertad individual o aplicar malos tratos. Nunca y en ningún caso se justificará la mala aplicación de la psicología; a través de alguna situación que pretenda justificar el delito
Cualquier psicólogo debe informar a los organismos colegiales, sobre cualquier violación de los derechos humanos.
ARTÍCULO 9
Se respetará los criterios morales y religiosos de sus clientes, sin que ello impida su cuestionamiento cuando sea necesario en el curso de la intervención.
Prohíbe al psicólogo, durante la prestación de sus servicios, hacer uso de la discriminación.
El psicólogo no puede aprovecharse de la persona para beneficios propios o de terceros.
Especialmente en sus informes escritos, será sumamente cauto, prudente y crítico, frente a nociones que fácilmente degeneran en etiquetas devaluadoras y discriminatorias, del género de normal/anormal, adaptado/inadaptado, o inteligente/deficiente.
Evitar las malas derivaciones de pacientes o apropiación indebida de clientes.
El psicólogo no puede prestar ni su nombre, ni su firma.
Cuando se halle ante intereses personales o institucionales contrapuestos,se procurará realizar su actividad en términos de máxima imparcialidad.
La prestación de servicios en una institución no exime de la consideración, respeto y atención a las personas que pueden entrar en conflicto con la institución y habrá de hacerse valedor ante las autoridades institucionales.
Informações
- Descrição
- Fluxograma sobre Sem título, criado por Alejandra Dominguez Cervantes em 28-09-2020.
- Criado por
- Alejandra Dominguez Cervantes
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