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“VERIFICACIÓN Y FORMATOS DEL REGLAMENTO TÉCNICO PARA REDES INTERNAS DE TELECOMUNICACIONES"
ALCANCE DEL RÉGIMEN DE INSPECCIÓN CONTROL Y VIGILANCIA DEL REGLAMENTO.
Se centra en garantizar que la infraestructura soporte que forma parte de la red interna de telecomunicaciones y la red de acceso al servicio de TDT, sometidos al régimen de propiedad horizontal a los cuales se aplique el RITEL sea diseñada, construida y habilitada para su uso, siguiendo los lineamientos y requisitos establecidos en el Reglamento.
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD.
-LEY 155 DE 1959 (Diciembre 24) “Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre prácticas comerciales restrictivas.”
- LEY 170 DE 1994 (diciembre 15) “Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo por el que se establece la "Organización Mundial de Comercio (OMC)"
- LEY 1480 DE 2011 (octubre 12) por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor y se dictan otras disposiciones.
- DECRETO 2360 DE 2001, por el cual se ejerce la facultad consagrada en el artículo 3 de la Ley 155 de 1959
- DECRETO 2828 DE 2006, por el cual se organiza el sistema administrativo nacional de competitividad y se dictan otras disposiciones.
-DECRETO 1074 DE 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
-DECRETO 1595 DE 2015, Por el cual se dictan normas relativas al Subsistema Nacional de la Calidad y se modifica el capítulo 7 y la sección 1 del capítulo 8 del título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1074 de 2015
- DECRETO 2269 DE 1993 (noviembre 16) por el cual se organiza el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología.
- DECRETO 1471 DE 2014 (agosto 05) por el cual se reorganiza el Subsistema Nacional de la Calidad y se modifica el Decreto 2269 de 1993.
- DECRETO 2828 DE 2006 (agosto 23) por el cual se organiza el Sistema Administrativo Nacional de Competitividad y se dictan otras disposiciones.
- DECRETO 4738 DE 2008 (Diciembre 15) “Por el cual se dictan normas sobre intervención en la economía para el ejercicio de las funciones de acreditación de organismos de evaluación de la conformidad que hagan parte del Subsistema Nacional de la Calidad y se modifica la estructura de la Superintendencia de Industria y Comercio.”
- DECRETO 1469 DE 2010 (Abril 30) Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas
- Decreto 4886 de 2011, por medio del cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Industria y Comercio
- DECISIÓN 376 de la CAN, Sistema Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología
- DECISIÓN 419 de la CAN, Modificación de la Decisión 376.
- DECISIÓN 562 de la CAN, Directrices para la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos en los Países Miembros de la Comunidad Andina y a nivel comunitario.
- La NORMA ISO/IEC 17020 aplica para cualquier tipo de organismo de inspección (unidad de verificación)
- LA NORMA ISO/IEC 17020 guía de referencia de las Entidades Acreditadoras para ejecutar los procesos de evaluación de organismos de inspección
-ISO/IEC 17065 2012-09-15 Evaluación de la conformidad — Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios
ORGANISMOS ACREDITADOS PARA LA CERTIFICACIÓN.
De conformidad con el Decreto 4738 de 2008, cualquier persona jurídica podrá acreditarse ante la ONAC – como organismo de inspección para la expedición de certificados de conformidad de la infraestructura soporte de la red de telecomunicaciones y de la red requerida para acceder al servicio de televisión radiodifundida.
Los productos utilizados para la construcción de la infraestructura soporte de la red interna de telecomunicaciones deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Capítulo 3 del Reglamento Técnico de instalaciones Eléctricas – RETIE
Los organismos de inspección encargados de expedir los dictámenes de las redes internas de telecomunicaciones deberán seguir las disposiciones establecidas en la Resolución 41713 de 2014 expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio y sus modificaciones en lo relacionado a las Obligaciones de los organismos evaluadores de la conformidad, y el registro de los certificados en la plataforma SICERCO en los plazos allí establecidos
COSTOS DE LOS CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD.
Las tarifas establecidas por los organismos de inspección serán pagadas por el constructor del inmueble, de acuerdo con los plazos y tarifas establecidos en el acuerdo comercial al que lleguen las partes.
Por su parte, los fabricantes, importadores y comercializadores de los productos que son empleados en la infraestructura soporte de la red interna de telecomunicaciones y en la red para el acceso al servicio de Televisión Digital Terrestre, son responsables de distribuir y vender sus productos cubriendo los gastos y/o costos que cobren los organismos de certificación de productos por la revisión del producto correspondiente.
Los certificados de evaluación de la conformidad de la red interna de telecomunicaciones
deberán ser revalidados cada diez (10) años por parte de la copropiedad.
COMPONENTES DEL DICTAMEN DEL ORGANISMO DE INSPECCIÓN.
El dictamen del organismo de inspección debe tener básicamente los siguientes componentes:
1. La identificación plena del inmueble, de la red soporte y de la red de televisión digital terrestre y de las personas que intervinieron en la fase de diseño, supervisión y construcción de la red.
2. Los aspectos por evaluar con sus resultados y observaciones, según lo descrito en el Formatos 1 al 4 del APÉNDICE 1 del RITEL.
3. La conclusión o resultado final de la evaluación de conformidad.
4. Identificación plena del organismo de inspección y del inspector o inspectores que actuaron en la inspección y el dictamen, así como los documentos que determinan el alcance de la inspección.
SANCIONES.
Las sanciones previstas por violación al reglamento son las siguientes:
a) Para los constructores que hayan construido una red soporte y/o red de televisión radiodifundida sin ajustarse a lo establecido en el RITEL, la sanción será la expedición de un certificado de no conformidad de dicha red respecto del reglamento. Superintendencia de Industria y Comercio, en especial las previstas en la Ley 1480 de 2011 en defensa de los derechos del consumidor y en el Decreto 4886 de 2011 para garantizar el cumplimiento de los reglamentos técnicos.
b) Para los proveedores de servicios de telecomunicaciones que suministren un servicio de telecomunicaciones a inmuebles, a los cuales se aplica el RITEL, que no cuenten con un certificado de conformidad que señale que la red soporte cumple con el reglamento, sin avisar previamente a la autoridad administrativa competente para vigilar, controlar y sancionar al constructor por el incumplimiento evidenciado, la sanción será impuesta por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, según lo previsto en la normatividad vigente, en especial bajo las sanciones previstas en el Título IX de la Ley 1341 de 2009.
c) Para los operadores del servicio de televisión, en cualquiera de sus modalidades, que suministren un servicio de telecomunicaciones a inmuebles, a los cuales se aplica el RITEL , que no cuenten con un certificado de conformidad que señale que la red soporte cumple con el reglamento, sin avisar previamente a la autoridad administrativa competente para vigilar, controlar y sancionar al constructor por el incumplimiento evidenciado, serán aplicables las sanciones previstas o derivadas de la Ley 182 de 1995 y la Ley 1507 de 2012, impuestas por la Autoridad Nacional de Televisión.
d) Para los ingenieros electrónicos, de telecomunicaciones, electricistas y/o eléctricos que hayan diseñado, supervisado o construido una red soporte que no reciba el certificado de conformidad, la sanción será la que proceda, según lo establecido en el Código de Ética Profesional, consagrado en la Ley 842 de 2003 o norma que la modifique o sustituya.
e) Para los tecnólogos en electrónica y/o telecomunicaciones y/o electricidad, que hayan participado en el diseño y/o construcción de una red soporte que no reciba el certificado de conformidad, la sanción será la que proceda, según lo establecido en el Código de Ética Profesional, consagrado en la Ley 842 de 2003 o norma que la modifique o sustituya.
f) Para los organismos de certificación o inspección que expidan certificaciones contrariando lo dispuesto en el RITEL, las sanciones serán las previstas en la Ley 1480 de 2011 y en el Decreto 4886 de 2011, así como las contenidas en las normas expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio.
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- Fluxograma sobre Sem título, criado por juan carlos camacho em 14-07-2021.
- Criado por
- juan carlos camacho
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