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LEY 599 DE 2000.
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LEY 599 DE 2000.
DE LAS NORMAS RECTORAS DE LA LEY PENAL COLOMBIANA Y RESPONSABILIDAD CIVIL Y LA CONDUCTA PUNIBLE CONTRA LA:
- DE LA CONDUCTA PUNIBLE.
- Nadie podrá ser condenado por un hecho que no esté expresamente previsto como punible por la ley penal vigente al tiempo en que se cometió, ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentren establecidas en ella.
- Artículo 19. Delitos y contravenciones.
- ART 1
- El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente:
- Art 65.
- La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras. De igual manera, el Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuario, con el propósito de incrementar la productividad.
- ART 338
- De la Constitución Política
- Servidores públicos. Modalidades de la conducta punible. Dolo. Culpa.
- ART 20-23
- Art 24.
- resultado que pudo ser prevecible y se excede la intención del agente. ⦁ Artículo 105. Homicidio preterintencional. ⦁ Artículo 109. Homicidio culposo.
- Servidores públicos. Modalidades de la conducta punible. Dolo. Culpa.
- De la Constitución Política
- ART 338
- La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras. De igual manera, el Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuario, con el propósito de incrementar la productividad.
- Art 65.
- El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente:
- ART 1
- Artículo 19. Delitos y contravenciones.
- Nadie podrá ser condenado por un hecho que no esté expresamente previsto como punible por la ley penal vigente al tiempo en que se cometió, ni sometido a pena o medida de seguridad que no se encuentren establecidas en ella.
- MODALIDAD DE LA CONDUCTA.
- La conducta punible se considera realizada en el tiempo de la ejecución de la acción o en aquél en que debió tener lugar la acción omitida, aun cuando sea otro el del resultado.
- . Acción y omisión.
- ART 25
- La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión.
- ART 26- 31
- Tiempo de la conducta punible. Tentativa. Concurso de personas en la conducta punible. Autores. Partícipes. Concurso de conductas punibles.
- DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES (CN).
- La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades A Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del ciudadano:
- De la omisión de socorro (CP)
- ART 131.
- El que omitiere, sin justa causa, auxiliar a una persona cuya vida o salud se encontrare en grave peligro, incurrirá en prisión de dos (2) a cuatro (4) años.
- DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO ECONOMICO
- Artí 239.
- HURTO
- Del prevaricato
- Artículo 414. Prevaricato por omisión MODIFICADO POR: Artículo 33. Circunstancias de agravación punitiva. ININPUTABLE.
- Del prevaricato
- HURTO
- Artí 239.
- DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO ECONOMICO
- El que omitiere, sin justa causa, auxiliar a una persona cuya vida o salud se encontrare en grave peligro, incurrirá en prisión de dos (2) a cuatro (4) años.
- ART 131.
- De la omisión de socorro (CP)
- La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades A Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del ciudadano:
- DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES (CN).
- Tiempo de la conducta punible. Tentativa. Concurso de personas en la conducta punible. Autores. Partícipes. Concurso de conductas punibles.
- ART 26- 31
- . Acción y omisión.
- La conducta punible se considera realizada en el tiempo de la ejecución de la acción o en aquél en que debió tener lugar la acción omitida, aun cuando sea otro el del resultado.
- ESTADO DE NECESIDAD.
- LA AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD:Se obre por la necesidad de proteger un derecho propio o ajeno de un peligro actual o inminente, inevitable de otra manera, que el agente no haya causado intencionalmente o por imprudencia y que no tenga el deber jurídico de afrontar LEGITIMADEFENZA..
- De los delitos contra el sistema financiero.
- Artículo 316.
- Captación masiva y habitual de dineros.
- "Cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, cometidos en menores de edad, la acción penal prescribirá en veinte (20) años contados a partir del momento en que la víctima alcance la mayoría de edad".
- : Del derecho de usufructo
- ARTICULO 823.
- : Del derecho de usufructo
- "Cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, cometidos en menores de edad, la acción penal prescribirá en veinte (20) años contados a partir del momento en que la víctima alcance la mayoría de edad".
- Captación masiva y habitual de dineros.
- Artículo 316.
- De los delitos contra el sistema financiero.
- LA AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD:Se obre por la necesidad de proteger un derecho propio o ajeno de un peligro actual o inminente, inevitable de otra manera, que el agente no haya causado intencionalmente o por imprudencia y que no tenga el deber jurídico de afrontar LEGITIMADEFENZA..
- DE LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS DE LA CONDUCTA PUNIBLE
- Si el imputado o acusado incumpliere alguna de las obligaciones impuestas al concederle la detención domiciliaria, a petición de la Fiscalía o del Ministerio Público, el juez ordenará inmediatamente su reclusión en establecimiento carcelario.
- De las penas, sus clases y sus efectos.
- : De la conducta punible
- De los actos sexuales abusivos.
- ART 208.
- Acceso carnal abusivo con menor de catorce años.
- : De los mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad
- Acceso carnal abusivo con menor de catorce años.
- ART 208.
- De los actos sexuales abusivos.
- : De la conducta punible
- De las penas, sus clases y sus efectos.
- Si el imputado o acusado incumpliere alguna de las obligaciones impuestas al concederle la detención domiciliaria, a petición de la Fiscalía o del Ministerio Público, el juez ordenará inmediatamente su reclusión en establecimiento carcelario.
- AMBITO PUNITIVO DE MOVILIDAD.
- Artículo 244. Extorsión.
- El que constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para un tercero, incurrirá en prisión de ocho (8) a quince (15) años.
- De las defraudaciones Disposición de bien propio gravado con prenda.
- : De los criterios y reglas para la determinación de la punibilidad.
- Parámetros para la determinación de los mínimos y máximos aplicables.
- ART 60
- : De los criterios y reglas para la determinación de la punibilidad.
- De las defraudaciones Disposición de bien propio gravado con prenda.
- El que constriña a otro a hacer, tolerar u omitir alguna cosa, con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para un tercero, incurrirá en prisión de ocho (8) a quince (15) años.
- Artículo 244. Extorsión.
- AMBITO PUNITIVO DE NULIDAD.
- dades pueden ser originadas por la violación a derechos fundamentales.
- DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA.
- Existe un vacío en el código de procedimiento penal a la hora de alegar una causal de nulidad por violación a derechos fundamentales puesto que el código establece en su artículo 339, que la única etapa para hacerlo es ante el juez de conocimiento en la audiencia de acusación, como consecuencia de lo anterior, un juez de control de garantías que como su misma palabra lo dice de “garantías” protector de derechos fundamentales y mínimas garantías no podría tener conocimiento de esta nulidad para decretarla, ni en ninguna otra etapa anterior o posterior a la establecida por el Código de Procedimiento Penal. Así las cosas la misma ley estaría en contra de la Constitución Política, de los principios rectores del mismo código de procedimiento en lo que tiene que ver con el respeto al debido proceso y derechos fundamentales.
- De la usurpación.
- ART 268- 291
- Circunstancia de atenuación punitiva. Reparación. Uso de documento falso. Modificado por
- ART 268- 291
- De la usurpación.
- Existe un vacío en el código de procedimiento penal a la hora de alegar una causal de nulidad por violación a derechos fundamentales puesto que el código establece en su artículo 339, que la única etapa para hacerlo es ante el juez de conocimiento en la audiencia de acusación, como consecuencia de lo anterior, un juez de control de garantías que como su misma palabra lo dice de “garantías” protector de derechos fundamentales y mínimas garantías no podría tener conocimiento de esta nulidad para decretarla, ni en ninguna otra etapa anterior o posterior a la establecida por el Código de Procedimiento Penal. Así las cosas la misma ley estaría en contra de la Constitución Política, de los principios rectores del mismo código de procedimiento en lo que tiene que ver con el respeto al debido proceso y derechos fundamentales.
- DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA.
- dades pueden ser originadas por la violación a derechos fundamentales.
- SUSTENCION DE LA EJECUCCION DE LA PENA.
- La suspensión condicional de la ejecución de la pena, es un beneficio penitenciario consistente en la cesación de la ejecución de la pena de prisión, condicionada al cumplimiento de un término de prueba[1] cuya duración puede ser de dos a cinco años, en el que se imponen al condenado determinadas reglas de conducta.
- De la responsabilidad civil derivada de la conducta punible
- Reparación del daño. Titulares de la acción civil. Obligados a indemnizar. Indemnización por daños. Prescripción. Extinción de la acción civil. Comiso.
- ART 94- 100
- De la extinción de la acción y de la sanción penal.
- ART 82-93
- 1. Clases de multa.
- 2. Unidad multa será de: I. Primer grado. II. Segundo grado. III. Tercer grado.
- 3. Determinación. 4. Acumulación. 5. Pago. 6. Amortización a plazos. 7. Amortización mediante trabajo. Extinción de la sanción penal y Son causas de extinción de la sanción penal: Término de prescripción de la sanción penal. . Interrupción del término de prescripción de la sanción privativa de la libertad. Interrupción del término de prescripción de la multa. La rehabilitación. Extensión de las anteriores disposiciones.
- ART 82-93
- De las medidas de seguridad
- ART 69- 81
- Internación para inimputable por trastorno mental permanente. Internación para inimputable por trastorno mental transitorio con base patológica. La internación en casa de estudio o de trabajo. . La reintegración al medio cultural propio. . Libertad vigilada. . Trastorno mental transitorio sin base patológica. Medida de seguridad en casos especiales. Control judicial de las medidas. Revocación de la suspensión condicional. Suspensión o cesación de las medidas de seguridad. Cómputo de la internación preventiva. Restricción de otros derechos a los inimputables.
- ART 69- 81
- los mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad.
- ART 63-68
- Obligaciones. Revocación de la suspensión de la ejecución condicional de la pena y de la libertad condicional. Extinción y liberación. Reclusión domiciliaria u hospitalaria por enfermedad muy grave.
- ART 63-68
- los criterios y reglas para la determinación de la punibilidad
- De la responsabilidad civil derivada de la conducta punible
- La suspensión condicional de la ejecución de la pena, es un beneficio penitenciario consistente en la cesación de la ejecución de la pena de prisión, condicionada al cumplimiento de un término de prueba[1] cuya duración puede ser de dos a cinco años, en el que se imponen al condenado determinadas reglas de conducta.
- ART 104 -109
- Circunstancias de agravación. Homicidio preterintencional. Homicidio por piedad. Inducción o ayuda al suicidio. Muerte de hijo fruto de acceso carnal violento, abusivo, o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas. Homicidio culposo.
- DEL HOMICIDIO.
- Dignidad humana. Integración. Principios de las sanciones penales. Funciones de la pena. Funciones de la medida de seguridad. Legalidad. Igualdad. Prohibición de doble incriminación. Conducta punible. Tipicidad. Antijuridicidad. Culpabilidad. Normas rectoras y fuerza normativa.
- Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley.
- DE LA CONDUCTA PUNIBLE.
Informações
- Descrição
- Mapa Mental sobre LEY 599 DE 2000., criado por Yiney Juliana em 30-11-2017.
- Criado por
- Yiney Juliana
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