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PRESUPUESTOS GENERALES CAIB (T. II LEY 14/2014)
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PRESUPUESTOS GENERALES CAIB (T. II LEY 14/2014)
1. CONCEPTO (art. 35)
- Los presupuestos generales de la comunidad autónoma constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer los entes que integran el sector público administrativo de la comunidad autónoma, y de las previsiones de los gastos y de las variaciones de activos y pasivos de los entes que integran su sector público empresarial y fundacional, así como de los derechos o los ingresos del conjunto de los entes integrantes del sector público autonómico que se prevean liquidar durante el ejercicio.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
3. ELABORACIÓN
- Procedimiento (art. 44)
- Los órganos y entidades del s.p. admvo. elaboran los anteproyectos de gastos y las estimaciones de ingresos
- Las entidades del s.p. empresarial y del s.p. fundacional elaboran los anteproyectos de explotación y de capital
- Consejería competente en materia de Hacienda y Presupuestos elabora el anteproyecto del estado de ingresos
- La consejería competente elabora el anteproyecto de ley de presupuestos generales y lo somete a acuerdo del Consejo de Gobierno
- Documentación complementaria (art. 45)
- Estado consolidado de los anteproyectos de gastos y de estimación de ingresos del s.p. admvo.
- Estimación importe beneficios fiscales que afecten a los tributos estatales cedidos y a los impuestos propios
- Memoria explicativa del contenido y de las principales modificaciones respecto del presupuesto vigente
- Memoria explicativa del contenido de los presupuestos del s.p. empresarial y fundacional, así como de los objetivos que pretendan conseguir durante el ejercicio
- Informe económico-financiero
- Avance del estado de ejecución del presupuesto en curso
- Clasificación por programas
- Información que permita relacionar el saldo de los ingresos y de los gastos con la capacidad o la necesidad de financiación, de modo que se acredite el cumplimiento de estabilidad presupuestaria
- Remisión al PIB (art. 46)
- Antes del 1 de noviembre
- Prórroga (art. 47)
- Si el presupuesto no se aprueba antes del 1 de enero, se prorrogará automáticamente el del ejercicio anterior, con las peculiaridades que establezca el consejero competente en materia de Hacienda y Presupuestos y las previstas en el art. 47 Ley 14/2014
- Procedimiento (art. 44)
4. ESTRUCTURA (art. 36)
- Estado de gastos del s.p. administrativo
- Estado de ingresos del s.p. administrativo
- Presupuestos de explotación y de capital del s.p. empresarial y fundacional
5. EJECUCIÓN
- Gestión de gastos (art 70)
- Fases ADOP
- AUTORIZACIÓN (A)
- DISPOSICIÓN o reconocimiento (D)
- RECONOCIMIENTO o liquidación de la obligación (O)
- ORDENACIÓN DEL PAGO (P)
- Fases ADOP
- Gestión de ingresos (art. 78)
- RECONOCIMIENTO del derecho
- Cierre y liquidación (art. 80)
- Resultado presupuestario del ejercicio
- Diferencia entre el importe de los derechos y obligaciones reconocidos en el mismo ejercicio
- Remanente de tesorería
- Suma de los fondos líquidos de tesorería y el conjunto de derechos reconocidos pendientes de cobro, menos el conjunto de obligaciones reconocidas pendientes de pago, todo ello a 31 diciembre
- Resultado presupuestario del ejercicio
- Gestión de gastos (art 70)
6. CONTENIDO (art. 35)
- PRESUPUESTO DE LA CAIB
- Administración
- PIB
- Órganos estatutarios
- Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción
- Organismos autónomos dependientes sin presupuesto propio
- Los presupuestos de:
- IBSALUD
- ATIB
- Resto de entidades del s.p. administrativo, salvo UIB
- Presupuestos entidades del s.p. empresarial
- Presupuestos entidades del s.p. fundacional
- PRESUPUESTO DE LA CAIB
Informações
- Descrição
- A1 7 Financiero y tributario Mapa Mental sobre PRESUPUESTOS GENERALES CAIB (T. II LEY 14/2014), criado por Cati Ana Enseñat Pons em 06-03-2018.
- Criado por
- Cati Ana Enseñat Pons · mar 2018
- Atualizado
- 19 mar 2018
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