Ley 1581 del 2012 Reglas Generales para el Tratamiento de Datos Personales

Descrição

Ley para la Proteccion de Datos Personales
Maria Yeni Barragan
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Maria Yeni Barragan
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Resumo de Recurso

Ley 1581 del 2012 Reglas Generales para el Tratamiento de Datos Personales
    1. La ley 1581 del 2012 es aplicable de manera general a cualquier sector o entidad que recoja y maneje datos personales.
      1. Datos personas registrados en cualquier base datos que los haga susceptible de tratamiento por entidades de naturaleza .
    2. Aplicacion de las disposiciones de la ley 1581 del 2012 se produce siempre que:
      1. Estemos en presencia de Datos Personales
        1. Registrados en una base de Datos que los haga susceptibles de Tratamiento
          1. Haya un responsable ,Publico o Privado
      2. Principios de Aplicacion de la ley
        1. Principio de Libertad: El tratamiento solo puede ejercerse con el consentimiento,previo,expreso e informado del Titular. Los atos personales no podran ser obtenidos o divulgados sin previa autirizacion,o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento
          1. Principo de Veracidad o Calidad: La informacion sujeta a tratamiento debe ser veraz,completa,exacta,actualizada,comprobable y comprensive .Se prohibe el tratamiento de datos parciales,incompletos,fraccionadoso que induscan a error.
            1. Principio de Transparencia:En el tratamiento debe garantizarse el derecho del titular a obtener del responsable del tratamientoo del encargado de el trata.....,en cualquier momento y sin restricciones,informacion acerca de la existencia de datos que le conciernan
              1. Principio de seguridad: La informacion sujeta al Tratamiento se debe manejar con las medidas tecnicas ,humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registro evitando su adulteracion perdida,consulta,uso o acceso no autorizado o fraudulento.
                1. Principio de Confidencialidad:Todas la personas que intervengan en el tratamiento de Datos Personales que no tengan la naturaleza de Publicos estan obligadas a garantizar la reserva de la informacion,inclusive despues de finalizada su relacion con alguna de las labores que comprende el tratamiento.
          1. -Conocer ,actualizar ,rectificar sus datos personales frente a los R o E.
            1. -Solicitar prueba de la autorizacion.
              1. -Ser informado por el R o E respecto del uso que le a dado a sus datos personales.
                1. -Presentar ante la Superintendencia de la Industria y Comercio QUEJAS.
                  1. -Revocar la autorizacion la supresion del dato acceder de forma gratuita a sus datos personales que sean objeto de tratamiento
            1. intimidad y a la informacion,lo cual supone la posibilidad de controlar el uso de la finalidad para la cual de destina la informacion relativa a los datos personales de cada ciudadano y la facultad de impedir su utilizacion cuando la informacion sirva para propositosno autorizadoGarantizar los Derechos Fundamentales a la s por su titular
                1. CONOCER
                  1. ACTUALIZAR
                    1. RECTIFICAR
                      1. ART.15 Constitucion Politica
              1. HABEAS DATA es el poder de decision Quien o Con que Finalidad proporsiona sus Datos personales,no estan aobligados a facilitarlos si no lo desea salvo que la ley lo disponga.
                1. Modo de Obtener la Autorizacion
                      1. Mediante Conductas inequivocas del titular que permitan concluir de forma razonable que otorgo la autorizacion.
                2. ART. 5 de la ley 1581 del 2012Establece que son Datos Sensibles
                  1. Aquellas que afecten la intimidad del titular cuyo uso indebido puede generar discriminacion, tales origen racial,etnico ,orientacion politica ,religiosas o filosoficas,sindicatos.
                    1. Cuando el tratamiento de los datos sea posible:
                      1. Informar al Titular que por tratarse de datos sensibles no esta obligado a autorizar su tratamiento.
                        1. informar al titular de la forma explicita y previa cuales son los datos que seran objeto de tratamiento son sensibles a la finalidad
                          1. Ninguna Actividad podra condicionarse a que los titular suministre Datos Personales Sencibles
                    2. Decreto 1377 ART.12
                      1. Tratamientos de Datos Personales de niños y niñas y adolescente esta prohibido exepto cuando se trate de datos de naturaleza publica con los siguientes requisitos:
                        1. -Que responda y respete el interes suoerior de los niños,niñas y adolescentes
                          1. -Que se asegure el respeto de sus Derechos Fundamentales
                            1. -El representante legal otorgara la autorizacion previo al ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado,opinion que sera valorada teniendo eencuenta su madurez,autonomia y capacidad para atender el asunto.
                    3. Decreto 1377 de 2012 Politicas para el Tratamiento de la Informacion
                      1. 1-Fortalecer el nivel de confianza entre los Responsables y el Titular co n relacion al tratamiento de la informacion
                        1. 2.Informar los titulares las finalidades y transferencias a que son sometidas sus Datos Personales.
                          1. 3.Informar al titular como ejerce los derechos que la ley 1581 de 2012

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