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PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDA DE LA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE
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PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDA DE LA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE
¿Quién puede acceder?
- Personas naturales no comerciantes, empleados independientes o pensionados
Para que sirve
- Negociar deudas
- Convalidar acuerdos privados
- Liquidar su patrimonio
¿A dónde acudir?
- competencia
- - centro de conciliación - notaria y registro - jurisdicción civil
- Requisitos
- Debe encontrarse en cesación de pagos de 2 o Más acreedores por más de noventa días y la propuesta de pago indicada indicando sus bienes
- Debe contener lo siguiente
- Informe de las deudas que lo llevaron a la situación de cesación de pago
- Propuesta para la negociación de deudas
- Relación completa y actualizada de los acreedores
- Relación de los procesos judiciales
- Certificado de ingresos del deudor
- Monto al cual ascienden los recursos disponibles para el pago de obligaciones
- Información de sociedad conyugal o patrimonial vigente
- Discriminación de la obligación alimentaria a su cargo
- Solicitud de trámite de negación de deudas
- Dentro de los tres días siguientes a la presentación de la solicitud, se designara al conciliador
- El conciliador manifestara su voluntad dentro de los veinte días siguientes
- Dentro de los tres días siguientes el conciliador verificara si la solicitud cumple con los requisitos
- Si la solicitud no cumple los requisitos el deudor tendrá tres días para subsanar
- El deudor subsano
- No
- Rechazo de solicitud
- Si
- No
- El deudor subsano
- Verificado los requisitos acordes y subsanados el conciliador dará inicio demandado de 20 días
- El procedimiento de negociación de deuda es de sesenta días, contados a partir de la aceptación
- A solicitud del deudor o acreedores para ser prorrogado treinta días más
- A solicitud del deudor o acreedores para ser prorrogado treinta días más
- Audiencia de negociación de deuda
- Se presentaron objeciones durante la audiencia
- No
- Si
- Las objeciones fueron conciliadas en audiencia
- Si
- Consideración de la propuesta del deudor
- Continuación de la audiencia
- Se celebró acuerdo de pago durante la audiencia
- No
- Fracaso de la negociación y apertura de proceso de liquidación patrimonial
- Si
- Acuerdo de pago
- Contiene; forma, plazo, intereses acciones, termino máximo, levantamiento medida cautelar
- Reforma del acuerdo
- El acuerdo podrá ser objeto de reformas posteriores a solicitud del deudor o acreedores. Se formula donde se realizó el tramite
- Aceptada la solicitud el conciliador comunicara a los acreedores y se citara a audiencia de reforma, dentro de los 10 días siguientes
- El acuerdo podrá ser objeto de reformas posteriores a solicitud del deudor o acreedores. Se formula donde se realizó el tramite
- Solicitud de verificación del acuerdo de pago
- Termino de 5 días, verificación de pago
- ¿Los acuerdos se oponen a lo firmado por el deudor respecto al cumplimiento del acurdo de pago?
- No
- Verificación del cumplimiento del acuerdo de pago
- Si
- Incumplimiento al acuerdo
- 10 días
- Audiencia de reforma del acuerdo
- Después de la solicitud, el conciliador citara a audiencia a fin de revisar y estudiar por una sola vez la reforma del acuerdo de pago
- Si durante la audiencia se presenta diferencias en torno a las ocurrencias los eventos del incumplimiento del acuerdo
- Si
- Termino para alegar el procedimiento por escrito
- Deudor Y/o acreedores
- ¿Se presentaron oportunamente los escritos?
- Auto del juez que resuelve de plano sobre las diferencias no conciliadas, en torno a las ocurrencias de los eventos del incumplimiento del acuerdo
- ¿El juez hallo probado el incumpliendo?
- Si
- Auto que declara el incumplimiento
- Finaliza
- Finaliza
- Auto que declara el incumplimiento
- No
- Juez ordena que se devuelvan las diligencias al conciliador para que se continúe con la ejecución del acuerdo
- Si
- ¿El juez hallo probado el incumpliendo?
- Auto del juez que resuelve de plano sobre las diferencias no conciliadas, en torno a las ocurrencias de los eventos del incumplimiento del acuerdo
- ¿Se presentaron oportunamente los escritos?
- Deudor Y/o acreedores
- Termino para alegar el procedimiento por escrito
- No
- Continuación de la audiencia de negociación de deudas
- Continuación de la audiencia de negociación de deudas
- Si
- Audiencia de reforma del acuerdo
- Si el deudor no cumple, cualquiera de los acreedores o del mismo informara al conciliador
- 10 días
- Incumplimiento al acuerdo
- No
- ¿Los acuerdos se oponen a lo firmado por el deudor respecto al cumplimiento del acurdo de pago?
- Termino de 5 días, verificación de pago
- Acuerdo de pago
- No
- Se celebró acuerdo de pago durante la audiencia
- Continuación de la audiencia
- Consideración de la propuesta del deudor
- No
- Suspensión de la audiencia
- 10 días
- Termino para que el deudor o los restantes de acreedores se pronuncien y aporten pruebas
- 10 días
- Suspensión de la audiencia
- Si
- Las objeciones fueron conciliadas en audiencia
- No
- Se presentaron objeciones durante la audiencia
- Audiencia de negociación de deuda
- A solicitud del deudor o acreedores para ser prorrogado treinta días más
- A solicitud del deudor o acreedores para ser prorrogado treinta días más
- El procedimiento de negociación de deuda es de sesenta días, contados a partir de la aceptación
- Si la solicitud no cumple los requisitos el deudor tendrá tres días para subsanar
- Dentro de los tres días siguientes el conciliador verificara si la solicitud cumple con los requisitos
- El conciliador manifestara su voluntad dentro de los veinte días siguientes
- Dentro de los tres días siguientes a la presentación de la solicitud, se designara al conciliador
- competencia
Informações
- Descrição
- Mapa Mental sobre PROCESO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDA DE LA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE, criado por Pablo Andres Erazo Alban em 24-03-2020.
- Criado por
- Pablo Andres Erazo Alban
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