Es un contrato en que
una de las partes
VENDEDOR , se oblige a
trasmitir la propiedad
de una cosa, y la otra
COMPRADOR a pagarla
en dinero.
CARACTERISTICAS
BILATERAL
ONEROSO
CONMUTATIVO
PRINCIPAL
NOMINADO
CAPACIDAD
ART 906 C.CO indica que no pueden comprar
Ni el padre e hijo de familia entre si
Los albaceas o ejecutores
testamentarios respecto bienes a
su cargo
ARRAS
Es decir dando dinero para su
celebración o de su ejecución.
OBLIGACIONES
COMPRADOR
La principal obligación del
comprador es pagar el precio
en el plazo y forma
estipulados, en su defecto al
momento de recibir la cosa.
VENDEDOR
Entregar la cosa vendida en el plazo,
lugar, estado, calidad, cantidad,
condiciones; de conformidad con lo
estipulado en el contrato.
PERMUTACION
Es la permuta o cambio; las partes (permutantes), se
obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo
cierto por otro. Art 1955 C.CO
ADEMAS
Por disposición expresa de la ley no
pueden permutarse las cosas que no
pueden venderse.
SUMINISTRO
Es un contrato por el cual una parte (proveedor) se obliga, a cambio
de una contraprestación (precio) a cumplir en favor de otra
(consumidor), en forma independiente, prestaciones periódicas o
continuadas de cosas o servicios. Art 968 C.CO
CARACTERISTICAS
BILATERAL
CONSENSUAL
CONMUTATIVO
PRINCIPAL
ADHESION
ONEROSO
EJECUCION SUCESIVA
NOMINADO
PRECIO
PUEDE SER CONVENCIONAL
DURACIÓN
PUEDEN DEJARLO A CONVENIR
EJEMPLO
SERVICIOS
PUBLICOS
INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento del contrato genera
indemnización por perjuicios, pero estos
deben ser probados y tasados o
cuantificados.
TRANSPORTE
Es el contrato en que
una de las partes se le
denomina
(transportador), se oblige
para con otra
denominado (pasajero o
usuario); a conducer de
un lugar a otro por
determiando medio
(tierra, agua, aire) y en el
plazo fijado personas o
cosas y entregar estas
al destinatario.
CARACTERISTICAS
BILATERAL
CONSENSUAL
ONEROSO
CONMUTATIVO
LIBRE DISCUSIÓN
PRINCIPAL
EJECUCION
INSTANTANEA
NOMINADO
OBLIGACIONES
TRANSPORTADOR
Conducir a las personas o a las cosas sanas y
salvas del lugar pactado, en el tiempo y medio
convenidos. Art 989 C.CO
REMITENTE O PASAJERO
El pasajero esta obligado a pagar el pasaje,
observar condiciones de seguridad impuestos
por los reglamentos de la empresa.
SEGURO
El seguro es un contrato por el cual una
persona juridica8 asegurador) toma sobre si
un determinado tiempo, todos o algunos de
los riesgos de deterioro o perdida, que a otra
persona ( asegurado) puedan sobrevenir en
una persona o bienes, resarciéndole el daño
sufrido, mediante o a cambio de una
retribución convenida