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Constitución de la República todas lasdisposiciones relacionadas con laCultura

Jenny Valencia Espanhol

Constitución de la República todas lasdisposiciones relacionadas con laCultura

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Constitución de la República todas lasdisposiciones relacionadas con laCultura

  1. Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.

    • Ejemplo: Ecuador es una nación multiétnica y pluricultural. Posee una gran  diversidad étnica y regional Étnicamente está marcado por la presencia de mestizos, indígenas y afro ecuatorianos los cuales tienen diferentes costumbres y tradiciones que enriquecen la cultura del Ecuador
    • Art. 2.- La bandera, el escudo y el himno nacional, establecidos por la ley, son los símbolos de la patria. El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas oficiales de relación intercultural. Los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas en las zonas donde habitan y en los términos que fija la ley. El Estado respetará y estimulará su conservación y uso.
      •    La Ley Orgánica de Educación Intercultural , promueve procesos de interculturalidad y pluralidad en el sistema educativo y lo complementa con la enseñanza – aprendizaje de un idioma ancestral, a través de la inclusión de un currículo de estudio.   La asignatura de Lengua y Cultura Ancestral permite establecer un diálogo intercultural entre los pueblos indígenas y la sociedad ecuatoriana en general permitiendo el conocimiento de sus saberes, cultura, valores culturales e identidad histórica. En este contexto, el Ministerio de Educación cumpliendo con la normativa, pone al servicio de los docentes ecuatorianos, el CURRÍCULO para la enseñanza – aprendizaje de la lengua KICHWA, para el tercer año de bachillerato como una asignatura optativa.
      • Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado: 7. Proteger el patrimonio natural y cultural del país.
        •    La Junta de Rescate Patrimonial de Ibarra y la Fundación Pedro Moncayo entregaron al Municipio de Ibarra, el proyecto de Ordenanza que Regula la Preservación, Mantenimiento y Difusión del Patrimonio Cultural del Cantón. En esta ordenanza se generaran ideas, normas y planes de gestión que conducen a la rehabilitación integral de la ciudad. En la Ordenanza se enfoca un Plan de Gestión Patrimonial, el que se concibe como una serie de programas y proyectos ligados entre sí que deberán ser ejecutados en los próximos 15 años por parte de quien este en la administración municipal.    
        • Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado: 8. Garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción.
          •    En Ecuador son creados espacios como encuentros o Foros donde la ciudadanía puede proponer alternativas para erradicar la grave problemática social como es la violencia En Imbabura en el marco de la conmemoración del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el 27 de noviembre, en Ibarra, se llevó a cabo el foro “Violencia de Género, Intrafamiliar y Sexual”. Este evento fue organizado por la Defensoría Pública de Imbabura y contó con la participación del Consejo de la Judicatura y la Fiscalía; como miembros de la red provincial de protección de casos de violencia de género.   
          • Art. 4.- El territorio del Ecuador constituye una unidad geográfica e histórica de dimensiones naturales, sociales y culturales, legado de nuestros antepasados y pueblos ancestrales. Este territorio comprende el espacio continental y marítimo, las islas adyacentes, el mar territorial, el Archipiélago de Galápagos, el suelo, la plataforma submarina, el subsuelo y el espacio suprayacente continental, insular y marítimo. Sus límites son los determinados por los tratados vigentes.
            •    A las comunidades, nacionalidades indígenas, pueblos afro ecuatorianos, se les garantiza el mantener su identidad, tradiciones ancestrales, organización social, identidad cultural y étnica; el aplicar y practicar su propio derecho o derecho consuetudinario, siempre que no vulnere los derechos constitucionales, en especial de mujeres, niñas, niños, adolescentes. A no ser víctimas de racismo, xenofobia o cualquier otra forma de discriminación o intolerancia y al derecho de reparación y resarcimiento por el hecho de verse afectados por estos actos.   
            • Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.
              •    Actualmente, en Ecuador mujeres indígenas ocupan altos cargos dentro de las funciones del Estado. Tal es el caso de Diana Atamaint que es una política ecuatoriana y la primera integrante del pueblo shuar en ser legisladora.1​ Actualmente es presidenta del Consejo Nacional Electoral.   
              • Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.
                •    De la mata a la mesa es el nombre de las 133 ferias que organizó el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) en las 24 provincias del país a finales del 2019. El objetivo de este evento fue conectar a los productores con los consumidores sin la intervención de los intermediarios y así evitar la especulación de los precios. En estas ferias los consumidores pudieron accederé a una gran variedad de productos según la región y a buen precio.    
                • Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
                  •    La Ley Orgánica de Comunicación (2013) establece en su artículo 36 el derecho de los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias a producir y difundir su lengua, cultura y tradiciones por los diferentes medios de comunicación. En el cantón Otavalo existe una radio llamada Radio Ilumán la cual transmite la mayoría de su programación en el idioma Kichwa además de promover la música andina.   
                  • Art. 19.- La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programación de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la difusión de la producción nacional independiente.
                    •    A partir de esto, se mira, cómo a manera de obligación los medios e instituciones incluyen el tema cultural en sus agendas. La creación de espacios como el programa de televisión Educa. Este no solo tiene la intención de enseñar algo, sino de dar a conocer la diversidad cultural. Este programa, es un ejemplo claro de cómo existe una comprensión del tema. Por un lado se folcloriza y por otro se refleja la identidad de los pueblos.   
                    • Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas.
                      •    El Ministerio de Cultura cuenta con 15 Museos y Centros Culturales a nivel nacional, entre  los cuales consta El Complejo Cultural Fábrica Imbabura (fundada como Fábrica Textil Imbabura, el 6 de mayo 1924 en Atuntaqui, Ecuador) es una Entidad Operativa Desconcentrada del Ministerio de Cultura y Patrimonio del Ecuador ubicada en la parroquia de Andrade Marín, cantón Antonio Ante en la provincia de Imbabura. Funciona como museo que ejecuta la divulgación, exhibición y administración de su colección de maquinarias, fotografías y habitaciones de toda su historia.   
                      • Art. 22.- Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.
                        •    En Ecuador se ha creado la Ley de Propiedad intelectual para garantizar la protección que confiere el Estado a las creaciones y productos derivados de la inteligencia humana, con el fin de evitar la usurpación de estos bienes de naturaleza intangible, conocimientos colectivos e identidad de nuestros pueblos. Esta protección se hace efectiva a través del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI-, que, a nivel administrativo, es la institución competente para proteger y defender los derechos de propiedad intelectual.   
                        • Art. 23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales.
                          •    La Ley de Cultura reconoce el derecho de los ciudadanos al acceso, participación y difusión de expresiones culturales diversas en el espacio público. Expresiones como el teatro callejero han estado presentes desde siempre, tomándose plazas y parques sin mayor inconveniente y actualmente se está dando paso a otras expresiones artísticas como el graffiti.   
                          • Art. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar.
                            •    En Ecuador, el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe se encuentra garantizado a través de la Constitución y avalado por la Ley Orgánica de Educación Intercultural Bilingüe, en un proceso que le tomó al pueblo indígena algunas décadas. El Estado ecuatoriano cuenta en la actualidad con un Modelo de Educación Intercultural Bilingüe, conformado por una estructura propia, adjunta al Ministerio de Educación, encargada de generar las directrices educativas para 35 pueblos y nacionalidades indígenas que coexisten en el territorio nacional.   
                            • Art. 29.- EI Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la educación superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural.
                              •    En Ecuador, se garantiza la interculturalidad de los procesos de enseñanza en todos los niveles mediante la legislación vigente: la Constitución de la República (Asamblea Nacional, 2008), el Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 Toda una Vida (SENPLADES, 2017), la Ley Orgánica de Educación Superior (Asamblea Nacional, 2010) y la Ley Orgánica de Educación Intercultural Superior (Asamblea Nacional, 2011). Esos mecanismos gubernamentales son los que regulan el derecho de las personas a ser instruidos en su propia lengua estando inmersos en su ámbito cultural dentro de un país catalogado como multiétnico. En la Universidad Técnica del Norte por motivo de celebrar un año más de fundación se realizan los Semilleros de Investigación en los cuales se exponen temas en los que se usan saberes ancestrales para el desarrollo de proyectos de diversas índoles.   
                              • Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía.
                                •    Al celebrarse las fiestas de Fundación de la Ciudad de Ibarra es ya una tradición que el GAD Municipal realice eventos artísticos y culturales dentro de este contexto, y uno de los eventos que tiene mayor acogida es el denominado evento de “Las Tarimas” en el cual culturas urbanas como reguetoneros y rockeros tienen un espacio propio para reunirse y disfrutar de la música que les agrada, esto se realiza en el emblemático Parque Ciudad Blanca.   
                                • Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
                                  •    Los hospitales San Luis, de Otavalo; Asdrúbal de la Torre, de Cotacachi, y el Subcentro de Salud de Lita, de Ibarra, ofrecen el servicio de medicina ancestral para el parto. En estas jurisdicciones se trabaja bajo esta modalidad, junto al denominado parto horizontal que es atendido por los obstetras, debido al alto porcentaje de población indígena: kichwa en Otavalo y Cotacachi , y Awá en Lita. En esas clínicas se han acondicionado tres salas para los partos. Una está equipada con equipo de cirugía, en caso de que se requieran operaciones como cesáreas. Otra, con mesa ginecológica para los partos horizontales, con la ayuda de un obstetra. Y una más para el parto vertical, en que las parteras apoyan a los médicos. En el muro de la última sala hay tres tubos en los que las mujeres que van a dar a luz se sostienen mientras alumbran en cuclillas.   
                                  • Art. 38.- El Estado establecerá políticas públicas y programas de atención a las personas adultas mayores, que tendrán en cuenta las diferencias específicas entre áreas urbanas y rurales, las inequidades de género, la etnia, la cultura y las diferencias propias de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; asimismo, fomentará el mayor grado posible de autonomía personal y participación en la definición y ejecución de estas políticas.
                                    •    En marzo del año en curso, adultos mayores, que asisten al servicio espacios alternativos del Distrito Quito Centro del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), participaron de una jornada festiva y lúdica por la promoción de sus derechos, en el marco de la celebración del carnaval con el objetivo de resaltar los derechos de los adultos mayores en los diferentes ámbitos sociales y culturales. Elias Cusin, adulto mayor de 77 años que asiste al Centro María Auxiliadora en la Comuna de Lumbisí, mencionó que gracias a este tipo de actividades se siente “más vivo y activo” al ser parte de costumbres que rescatan las tradiciones y sobre todo por sentirse valioso dentro de su comunidad.   
                                    • Art. 44.- El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas. Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad. Este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales.
                                      •    Una de las acciones que el MinEduc planificó a favor del fortalecimiento del Arte y la Cultura fue el “Primer Conversatorio Nacional de Arte y Cultura” realizado en la Universidad de las Artes (UARTES) de la ciudad de Guayaquil con el apoyo de UNESCO- Quito. Este evento constituyó un espacio para tratar temáticas relacionadas a las ofertas de formación artística, mediante mesas de trabajo con la presencia de representantes de Colegios de Arte, Bachilleratos Técnicos Artísticos, Gestores Culturales y docentes de las Unidades Educativas con buenas prácticas en Educación Cultural y Artística.   
                                      • Art. 45.- Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.
                                        •    En Ecuador se acostumbra a entonar el Himno Nacional en las instituciones Educativas en todos los programas Cívicos y Culturales que se realizan en las instituciones educativas de todo el país. Al cantar el Himno Nacional, se resalta la historia, los valores cívicos, alentadores permanentes del espíritu de ecuatorianidad, el carácter del pueblo y el esfuerzo cotidiano que alimenta la libertad, la justicia y el derecho.   
                                        • Art. 48.- El Estado adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren: 1. La inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados coordinados, que fomenten su participación política, social, cultural, educativa y económica.
                                          •    El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) realizó actividades culturales y deportivas con las personas con discapacidad visual y sus familias, usuarios del Centro Diurno de Desarrollo Integral para Personas con Discapacidad “Atahualpa”, ubicado en el sur de la ciudad de Quito. Estas actividades se efectuaron al conmemorar la “Semana del Ciego”.   
                                          • Art. 51.- Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes derechos: 5. La atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y recreativas.
                                            •    El Ministerio de Cultura y Patrimonio, con el apoyo del  Ministerio de Justicia,  desarrolló una intervención en los Centros de Rehabilitación Social, esta vez fue el turno de la Casa de Confianza de Quito, ubicada en Chillogallo, donde se trabajó con las mujeres Privadas de la Libertad (PPL) que han sido madres recientemente. El Ministerio organizó dos talleres, uno sobre “expresión corporal y dancística”  y el otro sobre expresión escrita.   
                                            • Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos: 13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e histórico como parte indivisible del patrimonio del Ecuador. El Estado proveerá los recursos para el efecto.
                                              •    Las comunidades indígenas del cantón Otavalo preservan su cultura a través de sus tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como parte del patrimonio cultural inmaterial, sus artes como la danza y la música tradicional, sus rituales y actos festivos como por ejemplo la celebración del Inti Raimy, su gastronomía como la preparación del Yamor  y sus  conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo y técnicas artesanales tradicionales como el bordado de su vestimenta.   
                                              • Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos: 15. Construir y mantener organizaciones que los representen, en el marco del respeto al pluralismo y a la diversidad cultural, política y organizativa. El Estado reconocerá y promoverá todas sus formas de expresión y organización.
                                                •    La CONAIE es una organización Nacional que aglutina en su seno a las Nacionalidades, Pueblos, comunidades, Centros y Asociaciones indígenas del Ecuador. Entre sus principales objetivos están luchar por la defensa de tierras, territorios indígenas y los recursos naturales; Fortalecer a la educación intercultural bilingüe; y Fortalecer su identidad y sus formas de organización  social.   
                                                • Art. 58.- Para fortalecer su identidad, cultura, tradiciones y derechos, se reconocen al pueblo afroecuatoriano los derechos colectivos establecidos en la Constitución, la ley y los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos.
                                                  •    Para expresar su cultura, historia y saberes ancestrales, el pueblo afroecuatoriano perteneciente al Valle del Chota ha creado  la bomba del Chota, un instrumento y género musical de la Sierra ecuatoriana, donde su población afrodescendiente busca que se la declare patrimonio cultural inmaterial.   
                                                  • Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios.
                                                    •    Los GAD han desarrollado infraestructura para la práctica del deporte y la cultura física como polideportivos, canchas, áreas de recreación, parques  en barrios y ciudadelas.     
                                                    • Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: 28. El derecho a la identidad personal y colectiva, que incluye tener nombre y apellido, debidamente registrados y libremente escogidos; y conservar, desarrollar y fortalecer las características materiales e inmateriales de la identidad, tales como la nacionalidad, la procedencia familiar, las manifestaciones espirituales, culturales, religiosas, lingüísticas, políticas y sociales.
                                                      •    Las  Fuerzas Armadas protegen, respetan y garantizan los derechos humanos de todas las personas independientemente de su sexo, etnia, edad, condición socioeconómica, condición migratoria u otra distinción. El respeto irrestricto a los derechos humanos es de responsabilidad del Estado, sus poderes e instituciones, por lo tanto el Ministerio de Defensa y sus Fuerzas Armadas protegen los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas.   
                                                      • Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley: 13. Conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos.
                                                        •    En el Museo Atahualpa se puede conocer la cutura, costumbres y tradiciones del Pueblo Inca Caranqui, con piezas arqueológicas en exhibición que permitirán obtener conocimientos de ésta antigua civilización. Aquí se expone una variedad de vestigios arqueológicos del pueblo Caranqui, descubiertos en la provincia de Imbabura. El objetivo del museo es promocionar la cultura Inca Caranqui. Su recorrido permite conocer las costumbres y el estilo de vida de esa cultura.   
                                                        • Art. 95.- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos, y en el control popular de las instituciones del Estado y la sociedad, y de sus representantes, en un proceso permanente de construcción del poder ciudadano. La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad.
                                                          •    En Ecuador, se ha creado el Consejo de Participación Ciudadana  para promover el ejercicio de los derechos de participación, control social de lo público y rendición de cuentas y para  establecer mecanismos y políticas anticorrupción y realizar investigaciones sobre casos que afecten la participación ciudadana, el interés público o generen corrupción.   
                                                          • Art. 156.- Los consejos nacionales para la igualdad son órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Los consejos ejercerán atribuciones en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas relacionadas con las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, y de discapacidades y movilidad humana, de acuerdo con la ley. Para el cumplimiento de sus fines se coordinarán con las entidades rectoras y ejecutoras y con los organismos especializados en la protección de derechos en todos los niveles de gobierno.
                                                            •    En Ecuador fueron creados los consejos nacionales para la igualdad para promover, impulsar, proteger y garantizar el respeto al derecho de igualdad y no discriminación de las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, en el marco de sus atribuciones y en el ámbito de sus competencias, a fin de fortalecer la unidad nacional en la diversidad y la construcción del Estado Plurinacional e Intercultural.   
                                                            • Art. 191.- La Defensoría Pública es un órgano autónomo de la Función Judicial cuyo fin es garantizar el pleno e igual acceso a la justicia de las personas que, por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos.
                                                              •    En Ecuador el trabajo que realizan los Defensores Públicos es muy importante ya que ellos son los encargados de patrocinar a las personas de escasos recursos económicos, principalmente prestan amparo y protección a los obreros y a personas indígenas en los asuntos civiles, penales, laborales, mercantiles, de tránsito, de inquilinato, litigios de cualquier índole o de policía, contratos, transacciones, documentos y gestiones de índole administrativo, en forma obligatoria y gratuita.   
                                                              • Art. 203.- El sistema se regirá por las siguientes directrices: 3. En los centros de rehabilitación social y en los de detención provisional se promoverán y ejecutarán planes educativos, de capacitación laboral, de producción agrícola, artesanal, industrial o cualquier otra forma ocupacional, de salud mental y física, y de cultura y recreación.
                                                                •    El Ministerio de Cultura y Patrimonio, con el apoyo del  Ministerio de Justicia,  desarrolló una intervención en los Centros de Rehabilitación Social, esta vez fue el turno de la Casa de Confianza de Quito, ubicada en Chillogallo, donde se trabajó con las mujeres Privadas de la Libertad (PPL) que han sido madres recientemente. El Ministerio organizó dos talleres, uno sobre “expresión corporal y dancística”  y el otro sobre expresión escrita.   
                                                                • Art. 264.- Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: 7. Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley.
                                                                  •    En Ibarra La Casa de la Ibarreñidad constituye el primer edificio declarado patrimonio y actual Centro de Cultura de la Municipalidad de Ibarra. Esta edificación fue restaurada en 2008 y en ella funciona actualmente la Dirección de Gestión Turística y Cultural de la Municipalidad de Ibarra. En este edificio hay un salón principal y sala de comisiones. Además alberga muebles, obras de arte y recuerdos familiares.   
                                                                  • Art. 281.- La soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiado de forma permanente.
                                                                    •    La soberanía alimentaria entre sus objetivos no sólo pretende acercar la producción y el mercado de los alimentos a lo local, sino también que los pueblos puedan disponer de su agua, su tierra y sus recursos genéticos, y que la producción se haga de un modo sostenible con el medio ambiente.   
                                                                    • Art. 343.- El sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes y cultura. El sistema tendrá como centro al sujeto que aprende, y funcionará de manera flexible y dinámica, incluyente, eficaz y eficiente. El sistema nacional de educación integrará una visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país, y el respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.
                                                                      •    En Ecuador, se garantiza la interculturalidad de los procesos de enseñanza en todos los niveles mediante la legislación vigente: la Constitución de la República (Asamblea Nacional, 2008), el Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 Toda una Vida (SENPLADES, 2017), la Ley Orgánica de Educación Superior (Asamblea Nacional, 2010) y la Ley Orgánica de Educación Intercultural Superior (Asamblea Nacional, 2011). Esos mecanismos gubernamentales son los que regulan el derecho de las personas a ser instruidos en su propia lengua estando inmersos en su ámbito cultural dentro de un país catalogado como multiétnico. En la Universidad Técnica del Norte por motivo de celebrar un año más de fundación se realizan los Semilleros de Investigación en los cuales se exponen temas en los que se usan saberes ancestrales para el desarrollo de proyectos de diversas índoles.   
                                                                      • Art. 347.- Será responsabilidad del Estado: 9. Garantizar el sistema de educación intercultural bilingüe, en el cual se utilizará como lengua principal de educación la de la nacionalidad respectiva y el castellano como idioma de relación intercultural, bajo la rectoría de las políticas públicas del Estado y con total respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.
                                                                        •    El Sistema de Educación Intercultural Bilingüe de las nacionalidades y pueblos indígenas del Ecuador comprende desde la estimulación temprana hasta el nivel superior. Con el SEIB se busca que se respeten los ritmos de aprendizaje de las personas, los aspectos psicosociales, la capacidad creativa y los conocimientos ancestrales, y se pretende incorporar los saberes y conocimientos de otras culturas que aporten al desarrollo armónico de la persona y del medioambiente (Sumak Kawsay).   
                                                                        • Art. 355.- El Estado reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos del régimen de desarrollo y los principios establecidos en la Constitución. Se reconoce a las universidades y escuelas politécnicas el derecho a la autonomía, ejercida y comprendida de manera solidaria y responsable. Dicha autonomía garantiza el ejercicio de la libertad académica y el derecho a la búsqueda de la verdad, sin restricciones; el gobierno y gestión de sí mismas, en consonancia con los principios de alternancia, transparencia y los derechos políticos; y la producción de ciencia, tecnología, cultura y arte.
                                                                          •    La Universidad Técnica del Norte ha implementado permanentemente el funcionamiento de clubes de Arte, Danza, Música, Deporte, Canto enfocados al fortalecimiento de la cultura y esto lo podemos evidenciar en las presentaciones de estos grupos de estudiantes a nivel local, nacional e internacionalmente también como el Grupo de Danzas Andinas de la UTN que ha hecho presentaciones en otros países latinoamericanos.   
                                                                          • Art. 358.- El sistema nacional de salud tendrá por finalidad el desarrollo, protección y recuperación de las capacidades y potencialidades para una vida saludable e integral, tanto individual como colectiva, y reconocerá la diversidad social y cultural. El sistema se guiará por los principios generales del sistema nacional de inclusión y equidad social, y por los de bioética, suficiencia e interculturalidad, con enfoque de género y generacional.
                                                                            • El uso de medicina alternativa y el parto con ayuda de parteras en las comunidades indígenas es una práctica milenaria y actualmente en algunas comunidades del Ecuador se siguen utilizando estas prácticas tradicionales y se mezclan con los conocimientos de médicos especialistas como obstetras en casas de salud del país.
                                                                            • Art. 377.- El sistema nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales.
                                                                              •    En Ecuador la Casa de la Cultura Ecuatoriana cumple con un rol fundamental dentro de la promoción y desarrollo de nuestra cultura. Con el fin de promover y estimular el desarrollo cultural y libertad de pensamiento en Ecuador, se creó “La Casa de la Cultura Ecuatoriana” en 1944. En sus décadas de vida, la institución no ha perdido su norte, para lo que cuenta con cinco áreas especializadas: Biblioteca, Cinemateca, Fomento Artístico y Cultural, Museos y Publicaciones. La CCE está presente en todo el país a través de los 24 núcleos provinciales, articulados en la Sede Nacional, ubicada en Quito.   
                                                                              • Art. 379.- Son parte del patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e identidad de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, entre otros: 1. Las lenguas, formas de expresión, tradición oral y diversas manifestaciones y creaciones culturales, incluyendo las de carácter ritual, festivo y productivo.
                                                                                •    En Otavalo se celebra el Inti Raymi, fiesta del Sol, se realiza en homenaje y agradecimiento a la Madre Tierra por las cosechas recibidas, por el solsticio de verano. De todas las fiestas kichwas, el Inti raymi constituye uno de los monumentos culturales vigentes que ha logrado reciclar sistemas como la invasión, la colonia, y la república, sistemas dictatoriales y democráticos que en su momento intentaron extirpar la vigencia de esta tradición.   
                                                                                • Art. 379.- Son parte del patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e identidad de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, entre otros: 2. Las edificaciones, espacios y conjuntos urbanos, monumentos, sitios naturales, caminos, jardines y paisajes que constituyan referentes de identidad para los pueblos o que tengan valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico.
                                                                                  •    El Centro Histórico de Quito  es considerado el conjunto histórico mejor conservado​ y uno de los más importantes de Hispanoamérica. Tiene alrededor de 130 edificaciones monumentales donde se aloja una gran diversidad de arte pictórico y escultórico, principalmente de carácter religioso inspirado en un multifacética gama de escuelas y estilos y cinco mil inmuebles registrados en el inventario municipal de bienes patrimoniales.   
                                                                                  • Art. 379.- Son parte del patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e identidad de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, entre otros: 3. Los documentos, objetos, colecciones, archivos, bibliotecas y museos que tengan valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico.
                                                                                    •    En Ecuador el 8 de junio de 2020 ha sido expedido el  ACUERDO MINISTERIAL No. DM-2020-064 para regular los procedimientos para el manejo y administración de los bienes culturales y patrimoniales de las reservas administradas técnicamente por Entidades Operativas Desconcentradas del Ministerio de Cultura y Patrimonio, repositorios culturales que custodiarán, desarrollarán, conservarán, investigarán y difundirán sus contenidos en los Museos del Ministerio de Cultura y Patrimonio.   
                                                                                    • Art. 379.- Son parte del patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e identidad de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, entre otros: 5. Los bienes culturales patrimoniales del Estado serán inalienables, inembargables e imprescriptibles. El Estado tendrá derecho de prelación en la adquisición de los bienes del patrimonio cultural y garantizará su protección. Cualquier daño será sancionado de acuerdo con la ley.
                                                                                      •    La región insular ingresó en el listado en 1978, el mismo año que Quito. Se las considera como un excepcional "museo vivo y vitrina de la evolución", en particular por su extraordinaria vida animal, que inspiró la teoría de la evolución por selección natural de Charles Darwin tras su visita en 1835.   
                                                                                      • Art. 380.- Serán responsabilidades del Estado: 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador.
                                                                                        •    El Centro Histórico de Santa Ana de los Ríos de Cuenca, es un lugar turístico de la ciudad de Cuenca, provincia del Azuay, declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO desde 1999. El Centro Histórico de Cuenca tiene casas e iglesias construidas en el siglo XIX como principales características turísticas. Además hay museos, mercados, parques, plazas y la zona del Barranco. Las edificaciones de esta zona están protegidas por ordenanzas y sobre todo por la Constitución.   
                                                                                        • Art. 380.- Serán responsabilidades del Estado: 4. Establecer políticas e implementar formas de enseñanza para el desarrollo de la vocación artística y creativa de las personas de todas las edades, con prioridad para niñas, niños y adolescentes.
                                                                                          •    En Ecuador se ha reformado el currículo para la enseñanza de la asignatura de Educación Cultural y Artística que estaba vigente desde 19997. El presente currículo tiene un nuevo enfoque que se centra en la formación integral del ser humano, garantiza el aprendizaje desde temprana edad y está construido en torno a tres dimensiones: personal y afectiva-emocional (el yo: la identidad); social y relacional (el encuentro con otros: la alteridad); y simbólica y cognitiva (el entorno: espacio, tiempo y objetos), las cuales estructuran procesos para el aprendizaje del arte plástico, la música y la expresión corporal.   
                                                                                          • Art. 393.- El Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de estas políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno.
                                                                                            •    En Ecuador se realiza la cruzada como  Cero Tolerancia contra el abuso sexual infantil en escuelas y colegios, los esfuerzos realizados para paliar esta situación se centran en reforzar el trabajo interinstitucional y mejorar las condiciones educativas en el país. Con este programa se pretende evitar este tipo de hechos delictivos y las estrategias desarrolladas se centran en establecer mecanismos de contención, agilizar el cruce de información necesaria para acelerar los procesos de denuncias, clarificar los protocolos de restitución sobre afectaciones a derechos de los niños y adolescentes, además de fortalecer los aspectos preventivos.   
                                                                                            • Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.
                                                                                              •    La UNESCO garantiza que el papel de la cultura se tenga en cuenta en la mayoría de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), incluidos aquellos que se centran en la educación de calidad, las ciudades sostenibles, el medio ambiente, el crecimiento económico, las pautas de consumo y producción sostenibles, las sociedades inclusivas y pacíficas, la igualdad entre géneros y la seguridad alimentaria.   
                                                                                              • Art. 416.- Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores, y en consecuencia: 10. Promueve la conformación de un orden global multipolar con la participación activa de bloques económicos y políticos regionales, y el fortalecimiento de las relaciones horizontales para la construcción de un mundo justo, democrático, solidario, diverso e intercultural.
                                                                                                •    El 1 de Diciembre de 2017 EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES DE LA COMUNIDAD ANDINA creó el Comité Andino de Asuntos Culturales y modificó el Anexo de la Decisión 797 con la expedición de la Decisión 823 con la finalidad de asumir las labores de sus predecesores, así como lo relativo a la protección y recuperación de los bienes patrimoniales de los Países Miembros.   
                                                                                                • Art. 423.- La integración, en especial con los países de Latinoamérica y el Caribe será un objetivo estratégico del Estado. En todas las instancias y procesos de integración, el Estado ecuatoriano se comprometerá a: 4. Proteger y promover la diversidad cultural, el ejercicio de la interculturalidad, la conservación del patrimonio cultural y la memoria común de América Latina y del Caribe, así como la creación de redes de comunicación y de un mercado común para las industrias culturales.
                                                                                                  •    La Organización de las Naciones Unidas, el año 2016, con la aprobación del “Plan de Acción del Decenio de las y los Afrodescendientes en las Américas (2016-2025)”, reconoce las valiosas contribuciones que desde todos los niveles los Estados Miembros han presentado con el fin de hacer efectivos los derechos humanos de las personas afrodescendientes y que además compromete a los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos a adoptar gradualmente y fortalecer las políticas públicas, medidas administrativas, legislativas, judiciales y presupuestarias para asegurar a las poblaciones afrodescendientes en las Américas el goce de sus derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos y su participación plena y en igualdad de condiciones en todos los ámbitos de la sociedad.   

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Jenny Valencia
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