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REGLAMENTO DE LICENCIAS, REINCORPORACIONES DE LAS Y LOS ESTUDIANTES

Leydi Fernanda Rueda DELOE... Responsable de Formación Interna Espanhol

REGLAMENTO DE LICENCIAS, REINCORPORACIONES DE LAS Y LOS ESTUDIANTES

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REGLAMENTO DE LICENCIAS, REINCORPORACIONES DE LAS Y LOS ESTUDIANTES

  1. CAPITULO I

    • Regula:
      • Tiempo
      • Procedimientos emergentes para las licencias
      • Reincorporaciones a las ESFM - UA
    • Base Legal:
      • CPE
      • Ley 070 avelino Siñani - Elizardo Perez
      • Decreto Supremo Nº0156 Creación del sistema Plurinacional
    • Alcance y Ámbito:
      • Cumplimiento del presente compete a todas las ESFM - AU De Bolivia
  2. CAPITULO II

    • Licencia Académica
      • Licencia temporal Voluntaria
        • Permiso justificado de 1 a 10 días hábiles
          • En toda una Gestión Académica
          • A partir del 2ª año de Formación en adelante
        • Se otorga en los siguientos casos:
          • Por embarazo
          • Servicio Militar
          • Fallecimiento de algún familiar de segundo grado de consaguinidad
          • Motivos de salud con certificación
          • Para Representantes estudiantile
            • En caso de eventos relacionado con su cargo
            • Nivelación inmediata al avance curricular
            • No se exime de sus responsabilidades
          • BECAS ESTUDIANTILES
          • Para Estudiantes Deportista Destacado
            • En caso de Representación en eventos Deportivos
            • Realizar con anticipación la solicitud de licencia
          • Para Estudiantes artistas, Musical, Plástico escénico u otros
            • En representación de la ESFEM -UA en eventos Nacionales
            • Realizar con anterioridad el solicitud
          • NO SE EXIMEN DE SUS RESPONSABILIDADES
      • Licencia Temporal Obligatoria
        • Ausencia justificada otorgada de 1 a 10 días y UnaGestión Académica
          • En caso de embarazo en ESPECIALIDADES CON GRADO DE RIESGO
            • Educación Física
            • Educación Técnica Tecnológica
          • En caso de no existir el año inmediato inferior de la especialidad
          • Abandono injustificado
          • Por disposición de la comisión de convivencia y/o tribunal Disciplinario
      • Plazos
        • se cuenta con 48 Horas para presentar avales de la inasistencia de 1 a 3 dias hábiles
      • Sanciones
        • Se tomaran las mediadas establecidas en el presente en caso de falsificación de documentos
      • Abandono
        • La no asitencia de 6 a 10 dìas hábiles continuos u discontinuos
          • Para 2ª,3ª,4ª,5ª año tramita la licencia temporal obligatoria
          • Para 1ª Año se cancela la matricula
            • Excepción de servicio militar, embarazo y/u enfermedad
        • La no reincorporación del estudiante en el tiempo establecido en la licencia V.u O. de 10 dias
          • Tramita la Licencia temporal obligatoria de una gestión
        • La no reincorporación en el tiempo establecido en la Licencia Temporal V. u O. de una gestión.
          • Perdida de matricula
      • Requisitos para Tramitar
        • Para 1 día solicitud a la Doc. responsable de la UF
        • Para 3 dias solicitud a Coordinador de ESFM-U.A.
        • Para 4 a 10 dias Solicitud, Formulario, fotocopia de matricula, dirigido al Coordinador de la ESFEM-UA Con visto bueno de la direccion Académica
  3. CAPITULO III

    • Plazos
      • De 10 días presentación de la Autorización dada
      • De una Gestión presentación del Formulario de la Licencia y una solicitud
      • En caso de suspensión debe cumplirse y volver
        • En caso de suspensión indefinida NO HAY REINCORPORACIÓN.
      • Quien no se reincorpora a tiempo se considera abandono
    • REINCORPORACIÓN
      • Es el Retorno de los estudiantes después del cumplimiento de la licencia temporal V. u O.
  4. CAPITULO IV

    • DISPOSICIONES TRANSITORIAS
      • De los casos No contemplados se encarga la DGFM
      • Se abrogan y Derogan todas disposiciones contrarias al reglamento
      • Los Directivos deben difundir El Reglamento
  5. LEYDI FERNANDA RUEDA 3ªro EPCV-

    • 8 de febrero del 2021

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